Los magistrados que integran las dos salas de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal Federal están debilitando, con conciencia o sin ella, con velocidad pero sin pausa, el sistema de principios constitucionales en su parte mas esencial y oxigenante.
En estas líneas no quiero utilizar ni uno solo de los tecnicismos usuales (que ya nada importan), pero con la indulgencia que debiera provenir de la sinceridad de mis colegas de formación universitaria (sea que ahora se desempeñen como jueces, fiscales, defensores, profesores universitarios u opinadores de sitios de internet), me animo a decir que, por ejemplo, estamos yendo a un modelo en el cual el imputado mantiene parcialmente su derecho a ser defendido por un abogado activo siempre que este no se salga de los parámetros que de él espera la llamada “familia judicial”. Un sistema en el que si el acusado de un delito contra la administración pública pertenece a la oposición, tiene muchas más chances de ir preso aún sin sentencia –ya que no hay razones para limitarse en ninguna excepcionalidad del encarcelamiento preventivo– y un diseño procesal en el que algunos planteos (recusaciones, recursos) seguirán el tramite que la ley prevé, sólo si el juez o tribunal que atiende el asunto entiende que ese trámite es en verdad necesario, y si no nada, pero nada de nada, obsta a que se prescinda de esos molestos caminos legislativos y se rechace de plano cualquier intento de hacer escuchar una objeción por el abogado en 5 segundos.
Si en mil años un extraterrestre encontrara esta nota en una botella en algún espejo de agua, esto le servirá para explicar en forma inmediata que nuestra civilización en el siglo XXI se volvió completamente loca al permitir semejantes desatinos. Pero, ante la eventualidad de que esto suceda, habría que ampliar la información: desde hace un año y por los próximos tres la indispensable imparcialidad del juez ha sido “homenajeada” (esto, señor extraterrestre, es irónico) otorgándole a uno de los camaristas la dirección de Captación de Comunicaciones, organismo que se ocupa de la parte más sensible y enérgica de las investigaciones penales. En alguno de mis trabajos académicos de mi época optimista yo hablaba de la necesidad de respetar el principio del “no autocontrol” en el ejercicio de las investigaciones: quien investigaba, decía, no puede autocontrolarse. Ninguna maravilla salía de mi pluma: sólo la idea base del modelo acusatorio. A nadie de gusta que el centrodelantero del equipo contrario sea el propio árbitro del partido.
El director de la dirección de Captación de Comunicaciones es quien además ha sostenido la jurisprudencia mas dura a la hora de encarcelar funcionarios siempre que sean del gobierno anterior.
El llamado principio de independencia judicial que siempre había sido interpretado como el señorío del juez sobre sus criterios y sus caso frente a cualquier injerencia incluso de sus superiores administrativos, ahora no impide que si el juez dijo antes “blanco”, la Cámara le ordene decir “negro”. Lo trágico de este desastre es que si la víctima del cambio de criterio del juez debe apelar esa decisión se va a encontrar con los mismos camaristas que le ordenaron al juez fallar del modo que lo hizo (¿Chances de que al imputado se le respete el principio de la doble instancia? Ninguna).
Señor extraterrestre: no sé cuando usted se topará con este mensaje, ni en que estado encontró a nuestra civilización, pero sepa que en algún lugar de este planeta, en algún momento, los seres humanos estuvimos sometidos a un poder penal tan descomunal como descontrolado y la dignidad humana que supimos reestablecer luego de la Segunda Guerra Mundial toco mínimos históricos.
* Doctor en Derecho (UBA). Profesor titular de Derecho Penal (UBA). Profesor visitante de la Universidad Autónoma de Madrid. Profesor honorario de la Universidad de San Martín de Porres (Lima, Perú).