La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. Esta actualización semestral se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec.

Desde el 1° de enero beben informarse las siguientes operaciones sólo si superan los siguientes importes: 

* 600.000: para el total de consumos con tarjetas de débito del país e ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
* 1.000.000: para el total de acreditaciones bancarias registradas en el mes; el total de depósitos a plazo constituidos en el mes; las extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio; el saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes, y el saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

* 2.000.000: aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto. 

La medida no afecta a los consumidores ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.