Verónica Abad, quien hasta este jueves cumplía las funciones de vicepresidenta de Ecuador, calificó como una "herejía jurídica" el decreto con el que el presidente, Daniel Noboa, le asigna su cargo de manera temporal a Sariha Moya, la secretaria de Planificación. En septiembre pasado, ante una escalada del conflicto en Medio Oriente, Abad fue trasladada a Turquía por seguridad, llegando cinco días después de lo previsto, lo que sirvió para la suspensión dispuesta por el ministerio de Trabajo y elevó la tensión existente desde el inicio del mandato de Noboa.

"El decreto ejecutivo número 492 es una herejía jurídica, absolutamente inconstitucional, arbitrario e inválido", indicó en su cuenta de la red social X Abad, quien mantiene un enfrentamiento con el presidente desde la campaña electoral que los llevó al poder a finales de 2023, tras vencer a la candidata de Revolución Ciudadana, Luisa González.

En ese decreto, el mandatario ecuatoriano señala que Abad tenía tiempo de presentarse en la Embajada de Ecuador en Turquía hasta el 27 de diciembre, tras designarla como consejera temporal con funciones económicas en ese país. No hacerlo, dice el documento, configura su "ausencia temporal en el cargo", por lo que dispuso que Moya sea la nueva vicepresidenta hasta el 22 de enero o hasta que Abad se presente en Ankara.

El reclamo de Abad

En la misma publicación de X, Abad señaló que presentó ante la Corte Constitucional una acción de incumplimiento de un dictamen en el que el tribunal establece que las únicas causales de ausencia son las previstas en la Constitución. En ese documento ella pidió a la Corte que, como medida cautelar, disponga la suspensión de los efectos del decreto emitido por Noboa.

Abad recordó que el tribunal ratificó en un dictamen reciente que las causales que configuran la ausencia temporal del presidente de la República, y que también aplican para quien ejerza el cargo en la vicepresidencia, son enfermedad, otras causas de fuerza mayor o licencia otorgada por la Asamblea Nacional. Y que la causal de fuerza mayor debe entenderse "en los términos obvios de la existencia de eventos o circunstancias imprevisibles e irresistibles que imposibiliten el ejercicio de su cargo y el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales y legales".

Abad dijo a la Corte Suprema que en el decreto en el que se nombra su reemplazo se ponen como causales de ausencia temporal que no se presentó en Ankara en la fecha estipulada, según el gobierno, y que tomó vacaciones sin autorización alguna y sin una licencia concedida por la Asamblea. Por esa razón afirmó que el presidente Noboa está incumpliendo con el dictamen al declararla en ausencia temporal por ejercer su derecho a gozar de vacaciones

"Es decir, por una causal de ausencia temporal no prevista por la Constitución, arrogándose funciones que le corresponden ejercer privativamente a la Asamblea Nacional", señaló Abad. Además la funcionaria pidió a la Corte que, de determinar el incumplimiento, se ordene a Noboa que se abstenga de realizar cualquier acto de persecución y hostigamiento contra ella y le pida disculpas públicas en un mensaje a la nación.

Licencia por campaña electoral 

La decisión del mandatario ecuatoriano de relevar a Verónica Abad de su cargo impediría que ella asuma la presidencia a partir del 5 de enero, cuando Noboa deba tomarse una licencia para poder participar en la campaña electoral de cara a los comicios pautados para el próximo 9 de febrero

Sin embargo el ministro de Gobierno, José de la Gasca, dijo el jueves que el mandatario no tiene la obligación de tomar esa licencia, puesto que la ley electoral señala que es obligatorio para los casos de reelección, pero que este no lo es, debido a que Noboa está terminando el período que correspondía al expresidente Guillermo Lasso (2021-2023), que dejó el poder tras decretar la "muerte cruzada", una figura constitucional que disuelve el Parlamento y adelanta las elecciones generales.

"Así lo ha interpretado la Corte Constitucional. Eso es claro y esto está fuera de discusión", afirmó de la Gasca y agregó que si el presidente decide tomar ese permiso, quien asumiría el cargo sería la vicepresidenta encargada, Sariha Moya. "Esa será una decisión que deberá tomar el presidente en el día y la hora determinada. Todavía no llegamos a ese espacio", enfatizó.

Discusión en el CNE

En el interior del Consejo Nacional Electoral (CNE) también existen opiniones divididas sobre este tema, por lo que el pleno decidió no acoger el pedido de la vocal del organismo, Elena Nájera, quien solicitó que el Consejo ratifique la normativa en respuesta a la discusión política surgida en el país. Para el consejero Enrique Pita, la solicitud de su colega Nájera no era procedente porque las normativas constitucional y electoral son muy claras y el CNE no podría dar una interpretación de la ley, porque no es su función.

Nájera, por su parte, insistió en su pedido debido a que en el propio seno del CNE hay posiciones encontradas, y dijo que incluso alguna autoridad advirtió de la posibilidad de que la norma pueda ser interpretada, por lo que, a su criterio, era necesario el pronunciamiento del máximo organismo electoral del país. Por su parte el consejero José Cabrera insistió en que la ley es muy clara y que no se requiere de una interpretación del CNE, aunque aseguró que el organismo está obligado a presentar denuncias ante el TCE si se diera alguna infracción en el proceso, sea quien sea el candidato imputado.