El abogado constitucionalista Roberto Sukerman, ex candidato a intendente de Rosario y ex ministro de Gobierno provincial, consideró que la reforma de la Constitución provincial que se producirá este año será “una reforma profunda” del texto magno porque “son muchos los temas a discutir”, de manera que “no es circunstancial o puntual”. En diálogo con Rosario/12, celebró “los acuerdos” que permitieron avanzar en el proceso, ya que “la dirigencia política no solamente tiene que actuar para mejorar la vida cotidiana y lo urgente, sino que también tiene la obligación de pensar en el mediano y en el largo plazo”. Sin embargo, cuestionó “cómo se incluyó la autonomía municipal” en la ley que declaró la necesidad de la reforma, cuya redacción califica de “mezquina” porque “encorseta” el debate acerca de las facultades de las intendencias.
Sukerman sostuvo que “una reforma constitucional no tiene que quedar en manos de una élite ni de especialistas, sino que justamente tiene que darse un debate público, un debate de cara a la sociedad, con la sociedad, a través de sus organizaciones”.
Por eso, reivindicó los consensos alcanzados entre las diferentes fuerzas políticas con representación legislativa, que produjeron “acuerdos para debatir, no acuerdos cerrados que clausuran un debate, sino justamente aquellos que abren debate”.
Lo que sí
La ley que declaró la necesidad de la reforma, votada a principios de diciembre pasado por diputados y senadores, habilitó la discusión durante la convención constituyente –cuya celebración aún no tiene fecha- sobre más de 40 artículos de la Constitución santafesina, que data de 1962. Es decir que se trata de una adulta mayor de 62 años, en medio de un mundo de cambios acelerados.
“Hay más de 40 temas, por lo tanto, uno dice que es una reforma profunda, no es circunstancial, no es puntual, sino que va a tener discusiones sobre los tres poderes del Estado, sobre derechos, garantías, control, participación democrática, va a tener muchas temáticas”, sostuvo el profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Nacional de Rosario.
En esa línea, valoró que en la ley “se enuncian los temas, pero no se los condicionan. No se los acota en la redacción”. Por ejemplo, en cuanto a la relección del Ejecutivo, la ley dice “establecer los alcances de la reelección para los cargos de Gobernador y Vicegobernador”. Es decir que la convención puede debatir ese tema y definir que no haya reelección, o que sea por plazo indefinido, o por dos mandatos consecutivos, pero a partir del próximo.
“En general, los temas incluidos van a permitir aggiornar nuestra Constitución provincial a la reforma nacional de 1994”, dijo Sukerman, quien busca ser candidato a convencional en las elecciones del 13 de abril próximo. “Tanto en derechos y en garantías, en el mecanismo de democracia participativa, en controles, uno ve los temas y que lo que busca es justamente poner en sintonía la Constitución de la provincia con la reforma del 94, que ya cumplió 30 años”, agregó.
El abogado constitucionalista valora, incluso, que la ley local “agrega algunos temas que ni siquiera estuvieron en la reforma del 94, y que está bien que se incorporen ahora: derecho a la ciudad, derechos digitales, derecho al agua, o el mismo tema de la seguridad pública como un derecho fundamental y una responsabilidad primaria del Estado”.
Lo que no
“Lo que critico, puntualmente, es cómo se incluyó la autonomía municipal”, afirmó Sukerman sobre el aspecto que encuentra negativo en el proceso de reforma. De acuerdo a su mirada, la redacción que le dio a ese punto la Legislatura en la ley de la necesidad de la reforma, la deja “encorsetada”.
Se refiere al artículo que dice: “Consagrar la autonomía municipal en el orden político, administrativo, económico, financiero e institucional, determinando los criterios para el dictado de cartas orgánicas, según los alcances que establezca la ley especial”.
“Lo que uno critica es que sea tan expreso esto de ‘conformidad a la ley’. Yo leo esto y puedo claramente interpretar que están encorsetando la autonomía municipal, y la autonomía municipal no debería estar encorsetada, porque está consagrada en el artículo 123 de la Constitución Nacional”.
Para Sukerman, lo que quedó es que “vamos a poner un contenido genérico en la Constitución” sobre autonomía municipal “y después vamos a profundizarlo en una ley. Está dando una idea de que la Constitución no contenga grandes definiciones sobre eso y que después quede la reglamentación vinculada a los municipios en una ley”, que tiene posibilidades más simples de modificarse.
Autonomía condicionada
El ex titular de Ansés en Rosario agregó: “Yo lo que quiero es que esa autonomía no esté definida en la ley especial, que esté definida en la Constitución”. También cuestionó, en el mismo sentido, que la ley de necesidad establezca que las elecciones de intendentes sean en forma conjunta con la de gobernador.
“En Córdoba los municipios se eligen en un momento distinto que la provincia. El criterio es justamente ese, la autonomía. Ya me están diciendo que no puedo, y yo quiero elegir como ciudad si puedo o no puedo hacer elecciones en el mismo momento”, ejemplificó, para agregar que “me da esa autonomía política, pero resulta que me dicen que no puedo hacer mi elección separada y no puedo tener un sistema electoral distinto a la provincia”.
También cuestionó el abogado constitucionalista que el dictado de las cartas orgánicas de los municipios autónomos –equivalente a la “constitución” de la ciudad- se realice con los concejales que estén en ejercicio en ese momento, y no llame a elección de convencionales locales, como se hizo en Córdoba.
“Están achicando el margen de discusión, porque se reduce al Concejo. No se llama a una elección particularmente para eso y que pueda involucrar incluso, a otras figuras, otros dirigentes políticos, otros dirigentes sociales”, concluyó.