El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, anunció este martes una serie de medidas fiscales que incluyen la exención del impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) para cierto grupo de jubilados, pensionados y personas con discapacidad de la Ciudad de Buenos Aires. La propuesta busca ampliar el alcance de este beneficio, permitiendo que más personas dejen de pagar este tributo. La actualización de los criterios comenzará a aplicarse este año.

Hasta ahora, cerca de 78.600 jubilados y pensionados estaban exentos, total o parcialmente, del pago del ABL sobre un padrón de 600.000 personas en la Ciudad. Con la nueva normativa, se espera que unas 37.000 personas más accedan al beneficio, ya que los requisitos se actualizaron para adaptarse a los valores actuales de mercado y de ingresos.

Cuáles son los requisitos para solicitar la exención del ABL

La principal modificación anunciada por el Gobierno porteño para la exención del ABL fue en el criterio de la Valuación Fiscal Homogénea (VFH) de los inmuebles. Anteriormente, solo podían acceder a la exención quienes vivieran en propiedades con un valor fiscal máximo de $75.000. Con la actualización, este tope subió a $40 millones

Por otro lado, el nuevo esquema contempla una exención del 100% del ABL para quienes perciban un ingreso igual o menor a cuatro jubilaciones mínimas, es decir, alrededor de $1.063.000.

Los jubilados y pensionados interesados en acceder a este beneficio deberán presentar la documentación requerida ante la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP). Será necesario acreditar los ingresos y la valuación fiscal del inmueble mediante las boletas correspondientes. La inscripción al programa se podrá realizar de manera presencial o a través de los canales digitales del Gobierno de la Ciudad.

Nuevas medidas de alivio fiscal anunciadas en la Ciudad

El Gobierno porteño también anunció otros beneficios fiscales. Entre ellos, la devolución exprés de Saldos a Favor (SAF) de Ingresos Brutos para comerciantes y monotributistas. También se establecieron tasas más bajas en Ingresos Brutos para servicios no profesionales, como plomeros, electricistas, administradores de consorcios y peluqueros.

Otra de las medidas fue la reducción a 0% de la alícuota de sellos en contratos de alquiler comercial, alquiler turístico y leasing de vehículos. Esta exención también se aplicará a la compraventa de viviendas familiares cuyo valor sea inferior a $205 millones y a las operaciones de adhesión y cesión de cuotas de fideicomisos de desarrollos inmobiliarios.

Seguir leyendo: