La justicia reconoció por primera vez la identidad lesbiana y el vínculo afectivo entre mujeres en el caso de la masacre ocurrida el 6 de mayo en el barrio porteño de Barracas, donde un vecino atacó a cuatro mujeres con una bomba, asesinó a tres de ellas y únicamente sobrevivió Sofía Castro Riglos. Este reconocimiento fue en diciembre, después de que la Sala 7 de la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional ordenara al juez Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 14, Edmundo Rabbione, que permitiera la participación de Castro Riglos como querellante de otra de las víctimas, Andrea Amarante, quien fuese su pareja.
Antes del fallo, Rabbione consideraba a Castro Riglos como querellante por los daños que ella misma había sufrido en el ataque, pero no admitía que representara los intereses de Amarante, pese a que la sobreviviente alegó reiteradamente su vínculo afectivo con la víctima. La decisión del juzgador -en contra del artículo 82 del Código Procesal Penal, que establece que en los procesos judiciales pueden ser querellantes lxs cónyuges o convivientes de las víctimas de muertes o desapariciones- fue una de las razones para que, a finales de noviembre, Castro Riglos pidiera su recusación. En el escrito presentado, ella también señaló que Rabbione no estaba siendo imparcial en la investigación, pues, entre otros puntos, no había custodiado la escena del crimen ni sus pertenencias después del ataque, y estas se perdieron.
La Sala 7 de la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional decidió que Rabbione siguiera a cargo de la investigación, pero le ordenó reconocer a Castro Riglos como querellante de Amarante. El juez lo hizo el pasado 17 de diciembre. Soy intentó contactar a Rabbione, pero al cierre de esta nota no hubo respuesta.
En 2010, Argentina sancionó el matrimonio igualitario y, desde 2012, una reforma al Código Penal contempla como agravantes los crímenes motivados por el odio de género, la orientación sexual, la identidad y expresión de género de las víctimas. Con esta legislación y en procesos penales como la masacre de Barracas, la justicia puede resolver apegada a derecho, pero no ocurre, dice Luli Sánchez, quien acompaña legalmente a Castro Riglos junto al colectivo YoNoFui.
“En general, no les quieren reconocer como parejas, por más lo pongás en una ley, por más que el Código lo diga, no lo quieren reconocer. Y esto tiene que ver con la discriminación estructural, el valor que se le concede socialmente a los vínculos entre personas del mismo sexo”, destaca Sánchez. Por ello, la abogada considera que este fallo marca un precedente en el reconocimiento a la igualdad de acceso a los derechos humanos de las parejas del mismo sexo.
En paralelo a esta resolución, el 23 de diciembre, la Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional falló a favor de la Federación Argentina LGBT+ (FALGBT+), a quien el juez Rabbione tampoco le permitía ser parte del proceso como querellante. La Federación, que aglomera a más de 150 organizaciones a nivel nacional, manifestó en junio pasado su interés de integrarse al proceso, para constatar que el imputado Fernando Barrientos asesinó a las víctimas e intentó asesinar a Castro Riglos por su condición de mujeres y lesbianas, lo que se conoce como lesbicidio.
“Fue un lesbicidio, un crimen de odio. Reconocer esto desde la justicia y como sociedad nos permite trabajar para que no suceda nunca más, especialmente en contextos políticos en los que los gobiernos desmantelan toda política pública para trabajar contra la violencia hacia las mujeres y las diversidades, como si no existieran”, opina María Rachid, la presidenta de la FALGBT+.
Ocho meses de la masacre
Este lunes se cumplieron ocho meses desde que, en la madrugada del 6 de mayo de 2024, Barrientos, quien era vecino, entró a la pieza en la que vivían las cuatro víctimas, arrojó una bomba y roció gas para prenderles fuego, provocando la muerte de Amarante, Pamela Fabiana Cobbas y Mercedes Roxana Figueroa. Las investigaciones periodísticas dan cuenta que antes de la masacre, Barrientos ya había agredido verbalmente a las víctimas por su orientación sexual; a Cobbas y Figueroa las había amenazado de muerte.
Para conmemorar la fecha y como suelen hacer los días seis de cada mes tras este crimen, diferentes colectivos convocaron a una concentración en la Plaza Colombia, a metros del hotel donde ocurrió la masacre. Allí una decena de personas, en su mayoría mujeres, se reunieron para tejer una bandera lésbica y realizar una intervención musical.
“Pienso que cuando ocurren masacres de esta índole, mantener la memoria viva es fundamental y recordar que esto sigue sucediendo, que hay noticias que son relevantes y se conocen, pero hay otras que no. Y que la violencia hacia la comunidad LGBT sigue estando presente y se sigue manteniendo vigente, provocada por los discursos de odio que sigue el gobierno actual”, señaló Jesi Hernández, una de las asistentes.
A partir de la campaña presidencial de octubre de 2023, las organizaciones sociales han registrado un alarmante aumento de los discursos motivados por el odio a la orientación sexual e identidad de género de las personas LGBTIQA+. Estos discursos se enmarcan en un retrocesos en derechos humanos en Argentina, bajo el gobierno de La Libertad Avanza, que despidió a la mayoría de las personas contratadas bajo la Ley del Cupo Laboral Travesti Trans, aprobada en 2021; censuró contenido relacionado con la diversidad sexual en las instituciones públicas y eliminó también el Ministerio de la Mujer, Géneros y Diversidad.
Sin viviendas dignas
Castro Riglos y Amarante, de acuerdo con la investigación judicial, se conocieron en un parador en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en 2022, cuando ambas estaban en situación de calle. Una vez establecieron su relación de pareja, pasaron las noche en diferentes paradores y vivieron en hoteles donde constantemente se les discriminó por su orientación sexual, al punto de a veces los dueños o encargados de los lugares no les permitían compartir la misma habitación.
Según el colectivo YoNoFui, hay informes del Centro de Justicia de la Mujer de la Ciudad y de Neuquén, de donde Castro Riglos es originaria, que dan cuenta de esta violencia, pero que en su momento fueron archivados por las fiscalías.
Luego la pareja conoció a otra pareja lesbiana, Cobbas y Figueroa, con quienes comenzaron a compartir, a inicios de 2024, la pieza donde fueron atacadas por Barrientos. En la pieza solo había una cama, y Castro Riglos y Amarante dormían en el suelo.
Tras el ataque, Castro Riglos volvió a quedar en situación de calle y en mayor vulnerabilidad, y pidió al gobierno de la Ciudad apoyo para acceder a una vivienda, pero le fue negado, de acuerdo con el colectivo YoNoFui. Así que la víctima presentó un amparo ante el fuero Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad. El 10 de diciembre pasado, el juez Francisco Javier Ferrer, a cargo del tribunal N º 23 de ese fuero, le otorgó a Castro Riglos una medida cautelar que ordena al gobierno porteño a incluirla en un programa habitacional, para acceder a una vivienda digna y en donde sea libre de violencia por motivos de su orientación sexual.
En su fallo, Ferrer razonó sobre las violencias que enfrentan las personas LGBTIQA+, particularmente en el acceso a la vivienda y en cómo su condición las deja en desigualdad respecto a las personas heterosexuales. “Las personas LGBT enfrentan discriminación y violencia en lo albergues y hogares comunitarios de cuidado para habitantes de la calle. Las altas tasas de falta de vivienda entre las personas LGBT se debe, en gran parte, a que los sistemas de albergue, por lo general, no son lugares seguros para las personas LGBT”, fue una de las conclusiones del juez.