La Justicia de Familia de Rosario le otorgó a cada integrante de una pareja que contrajo matrimonio en segundas nupcias, la adopción de los hijos del otro cónyuge, quienes a su vez eligieron ser legalmente hermanos. Se trata de dos resoluciones de adopción por integración de una familia conformada en 1989. Ambos habían enviudado. Él tenía dos hijos, y ella, uno. Como tal, compartieron "toda una vida juntos", por lo que recurrieron a la Justicia con el deseo de "plasmar legalmente algo que ya es real", expresaron. Una de las abogadas patrocinantes, Liliana Zencich, destacó el vínculo afectivo de los hijos que crecieron juntos y manifestaron su deseo de ser declarados hermanos entre sí. Además, valoró que la Justicia dicte este tipo de fallos en torno a sobre la realidad de muchas familias.
Cuando presentó el pedido de adopción, la familia destacó que llevan juntos 35 años, "compartiendo las distintas etapas de la vida, desde la adolescencia hasta la adultez" de los hijos, quienes tenían entre 6 y 14 años cuando se conformó el matrimonio. Además, al día de hoy la pareja adoptante tiene nueve nietos.
"Al momento de casarse, ambos eran viudos y tenían hijos chicos (de su relación anterior). Así comenzaron una vida como familia ensamblada". La idea de recurrir a la Justicia ahora, con los hijos adultos, tuvo que ver con formalizar un vínculo filial, "darle formalismo a esta situación de hecho, querían que todos tengan los mismos derechos hereditarios", relató la abogada que estuvo a cargo del patrocinio del caso junto con su colega Micaela Adriani.
En la resolución, la jueza de Familia Alicia Galetto sostuvo sobre uno de los casos: “Nos encontramos ante personas mayores de edad, que solicitan el reconocimiento de la vinculación afectiva que los une, la cual califican de madre e hijos; las personas cuya adopción se pretende son hijos del cónyuge de quien pretende adoptarlos”. Algo similar se dio con el padre adoptivo, en relación al hijo de su pareja.
Para ello, iniciaron dos trámites de adopción simple por integración. "La particularidad es que se dieron de manera conjunta. Se acumularon los expedientes, y además en audiencia los hijos manifestaron su deseo de ser hermanos entre sí. Les explicamos lo que conlleva legalmente, los derechos y obligaciones, y hubo un consentimiento expreso de todas las partes" para ese vínculo colateral, "aún sin tener el mismo apellido", destacó la letrada sobre uno de los ejes más emotivos del caso, que tuvo como objetivo "imprimir legalidad al vínculo filial constituido en estos años".
Zencich valoró la resolución. "Hay momentos en donde la ley claramente hace una captación de una situación concreta y cómo puede aggionarse a estas realidades. Hoy por hoy una familia ensamblada es muy habitual. Y esto habla de que la Justicia ve y se pone en la piel de las personas comunes", destacó. Además, consideró que se trata de un precedente novedoso para casos similares.