El tribunal que condenó en diciembre pasado al abogado Ricardo Degoumois, en Reconquista, por abuso sexual, dio a conocer los fundamentos y apuntó a que el acusado tuvo una conducta de "abuso de poder", enmarcada "en un contexto de violencia de género y coerción psicológica". La víctima tenía 14 años cuando ocurrieron los hechos. El fallo, además, analiza aspectos como la "violencia ambiental" y cuestiona planteos defensistas con estereotipos y "negacionismo" de la violencia basada en género. Se trata de los argumentos que llevaron a la sentencia a 3 años de prisión condicional e inhabilitación perpetua para ejercer como abogado, además de la imposición de reglas de conducta. Fiscalía, apeló el monto de la pena, ya que había solicitado 4 años y 3 meses de prisión.
El abogado llegó a juicio acusado de abuso simple reiterado (dos hechos) a una adolescente -familiar de un cliente suyo- en su estudio jurídico, en 2022. La víctima pudo hablar de lo ocurrido con autoridades de su escuela, en noviembre de ese año. Los hechos fueron cometidos en momentos que "había sido convocada para declarar en cámara Gesell, con la intención de que hablara en favor de su familiar" acusado, y fue citada al estudio del defensor para "prepararla" para esa instancia. Si bien la adolescente iba al estudio con su madre, el acusado le pedía que los dejara a solas.
El tribunal unipersonal del debate estuvo a cargo del juez Martín Gauna Chapero, que días atrás dio a conocer los fundamentos de la sentencia. Mientras que los fiscales Alejandra Del Río Ayala, Valentín Hereñú y Georgina Díaz representaron a la Fiscalía.
La resolución plantea que el acusado ejerció "un claro abuso de poder", generando para la víctima "un clima de intimidación", en el marco de "una situación familiar compleja", ya que el abogado defendía a su familiar en un caso de abuso, denunciado por alguien también cercano, por lo que la víctima estaba "en una situación emocionalmente vulnerable".
El fallo habla del relato de la víctima y de los elementos que le dan "sustento" al mismo. También, valora como "crucial" el proceso de revelamiento de los hechos a su entorno escolar. Y plantea que existía un contexto de temor "dado el poder del acusado y la relación con su familiar", acusado en la causa donde éste era su defensor.
"No habló en un momento cualquiera, sino cuando se acercaba el día que debía nuevamente acudir al estudio del abogado, lo cual marca la inminencia de su revelación", dice la resolución.
Además, menciona el "entorno físico y violencia ambiental con entidad para impactar en la psiquis de la víctima, especialmente en un contexto en el que el imputado es un abogado (figura de autoridad) y el espacio está diseñado para imponer respeto, seguridad y control. En el ambiente donde la víctima se sintió acorralada o sin salida, lo que refuerza la sensación de impotencia y vulnerabilidad".
Para el tribunal, "el estudio jurídico se convierte en un lugar de poder", que "genera en la víctima un efecto de sumisión lo que aumenta la dificultad para resistir el abuso o denunciarlo en su momento". Y considera que "la violencia ambiental se potencia en el caso con las características del estudio", donde había "símbolos de poder".
Normas penales y éticas
Para el magistrado, en el caso no sólo se violaron normas penales, "sino también las normas éticas que rigen la profesión legal". El fallo sostiene que la víctima describió una situación "traumática", tal como lo relató cuando pidió que "se haga algo" para que no se repita.
Al mismo tiempo, agrega que la víctima se encontraba "presionada por las circunstancias", elemento que "añade una capa de revictimización y manipulación psicológica, ya que no solo tuvo que enfrentar el abuso sexual, sino que también ser sometida a la presión emocional de tener que alterar la verdad en otro juicio". Lo que la ubicaba en una situación de "doble vulnerabilidad".
En otro tramo, el fallo contextualiza que el caso se da "en una ciudad como Reconquista, donde el imputado tiene un posición de poder (como reconocido abogado y asesor legal del municipio con relaciones establecidas en la comunidad)".
La resolución también cuestiona que durante el debate, "el enfoque de la defensa se ha estructurado en una fragmentada valoración de la prueba, incurriendo en afirmaciones dogmáticas y razonamientos basados en estereotipos de género y en prejuicios que buscan descalificar a la víctima, en lugar de aportar elementos de prueba sólidos que cuestionen la autoría del acusado".
No hubo denuncia falsa
En ese sentido, el fallo plantea que "el relato que trata de instalar referido a que estaríamos en presencia de una denuncia falsa (...) y que la mujer solo quiere perjudicar al hombre, forma parte del actual negacionismo de la violencia basada en género y -más precisamente- de la violencia sexual". (...) Debo remarcar, que promover la existencia de denuncias falsas lleva a una nueva revictimización de las víctimas, instalándose lo sucedido en un plano ideológico, cuando la discusión debe ser técnica -profesional- basándose en mecanismos éticos con eje en la evidencia existente".
Al mismo tiempo, señala que el acusado "intentó presentar una teoría conspirativa, pero sin demostrar cómo se llevó a cabo". Y agrega: "Los operadores judiciales contamos con todas las herramientas que el Estado nos provee para poder detectar situaciones en las cuales las denuncias podrían ser falsas, pero éste no ha sido el caso".
En su resolución, el magistrado impone reglas de conducta entre las que establece cuestiones como la prohibición de acercarse a la víctima y su entorno, abstenerse de mantener contacto con menores de edad sin la presencia de un adulto responsable; participación en un programa de tratamiento psicológico o psiquiátrico especializado en agresores sexuales; partipación en un programa de educación y sensibilización sobre violencia de género y abuso sexual infantil. Además, ordenó la extracción de muestras genéticas del imputado para su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculado a delitos contra la integridad sexual; y notificar al Colegio de Abogados correspondiente sobre la sentencia y la inhabilitación impuesta.
En tanto, durante el debate, la madre de la víctima declaró presiones del acusado y sus defensores para que cambiara su declaración, por lo que fiscalía pidió la detención de los letrados, que luego fueron imputados y liberados. Días después, el debate se reanudó "sin ningún tipo de observación por parte del acusado o sus defensores".