El juez federal Claudio Bonadío ordenó ayer suspender las elecciones presidenciales que debían realizarse mañana en River, y el comicio se efectuaría el 17 de diciembre, según informaron fuentes judiciales. La decisión del magistrado fue tomada en el marco de la causa en la que se investigan posibles irregularidades en el padrón electoral, y la presunta falsificación de documentos, para que distintas personas pudieran votar con la identidad de socios vitalicios fallecidos. Las primeras medidas de prueba se habían hecho el jueves último, por lo que el juez consideró que la eventual realización de las elecciones este fin de semana, no ocurriría en las condiciones óptimas.
La justicia federal había allanado el estadio Monumental y se había llevado el padrón impreso y una copia digital, a pesar de que el fiscal federal que interviene en el caso, Jorge Di Lello, no había sugerido esa medida compulsiva sino una con el mismo objetivo pero con carácter colaborativo.
La Comisión Electoral de River había aprobado el padrón el miércoles pasado por unanimidad, luego de recibir una devolución por parte del Registro Nacional de las Persona (Renaper) en la que fueron señaladas como fallecidas unas 1.300 personas, hecho que quedó indicado en el registro oficial que se iba a utilizar en el acto eleccionario suspendido.
El padrón con el que se iba a votar incluía en los casos comprobados la aclaración “el socio se encuentra fallecido según el registro de Renaper”, informaron desde River, al tiempo que aclararon que ese organismo es el que mayor información puede aportar, de cara a la confección del registro de votantes.
Si bien la denuncia que dio origen a la investigación por “posible falsificación de documento” que lleva a cabo Bonadío daba cuenta de unos cinco mil casos cuestionados, el Renaper solo identificó 1.200, por lo que la Comisión Electoral decidió mantener al resto de los socios cuestionados en el padrón, según informaron desde la institución. Para el caso de que un socio cuestionado asistiera a la votación, el club había determinado que debería constatar su identidad frente a la Comisión Electoral con su carnet de socio vitalicio, su DNI y también sellar con su huella digital una planilla para poder comprobar, ante una posible impugnación, que es la misma persona que figuraba en el padrón.