El juez Aldo Primucci dictó hoy el "sobreseimiento total y definitivo" de Mercedes Yolanda Vargas, quien desde 2021 estaba acusada por el delito de "abandono de persona seguido de muerte agravado por el vínculo" porque el Estado la responsabilizaba por la muerte de sus pequeños hijos en el incendio de la precaria vivienda en la que residían en la localidad de Colonia Santa Rosa. 

El 8 de 9 de febrero de 2021, alrededor de las 13, Yolanda Vargas dejó a su hijo Thiago, de 4 años, y a su hija Melani, de 6 años, en la casilla de madera que ocupaban en el barrio Las Palmeras para ir a comprar alimentos. Cuando estaba haciendo las compras le avisaron que la vivienda se incendiaba, regresó inmediatamente pero ya el fuego había consumido la casita y los niños habían fallecido. 

Yolanda Vargas maternaba sola. El Ministerio Público Fiscal de Salta y luego el Poder Judicial responsabilizaron a la madre por el corto circuito que provocó el incendio y la muerte de la niña y el niño. Desde entonces su defensa y organizaciones de mujeres y políticas venían reclamando que se la sobreseyera y que el Estado asumiera su responsabilidad, además de que nunca se supo que se indagara sobre la responsabilidad que pudiera caberle al padre de los niños. 

"A criterio del suscripto la realización del juicio y la probabilidad de imponer una condena a Mercedes Yolanda Vargas la madre – víctima, resultaría injusto, toda vez que, cualquier culpabilidad o penalidad que se le pretenda endilgar a la acusada, resulta una nimiedad, en relación a la pena perpetua impuesta por la naturaleza, la que se puede caracterizar, como el daño o sufrimiento que recae sobre el autor de un delito, producto de la comisión" y que "debe ser descontado de la pena legal que ha de aplicársele", sostuvo el magistrado.

También recordó que las consecuencias del hecho "sufridas por la acusada son de inusitada gravedad y de ello hay certeza, lo que torna innecesaria o desproporcionada la aplicación de una pena, como así la realización de un debate inocuo, donde no hay controversia de partes, ya que la acusada es la víctima directa, lo que desdibuja incluso los pilares de acusación y defensa, que se disputan en el debate". 

"Tampoco median razones ni de seguridad, ni de interés público. La ultra pretensión estatal de persecución deviene irracional e inhumana, toda vez que no sería útil ni necesaria la aplicación de una pena a quien ya ha sufrido tan grave daño por el hecho", ratificó el magistrado en su resolución.