La representación argentina del Comité Panamericano de Juezas y Jueces por los Derechos Sociales y la Doctrina Franciscana (Copaju) le pidió al Senado que deseche el proyecto de "ley antimafia", que tiene media sanción y entra en la agenda de las sesiones extraordinarias. Es una de las ideas-show impulsadas por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, presentada como un eficaz instrumento contra el crimen organizado que establecerá "zonas de investigación especial" a pedido de su cartera, fiscales o gobernadores, con aprobación de un juzgado. Serán lugares donde reine un estado de excepción que, según advierten esa y otras entidades "altera las reglas constitucionales que autorizan el estado de sitio". Policías y fiscales podrán hacer detenciones y allanamientos sin orden judicial. Sin embargo, agregan especialistas, la reforma deja afuera a los "actores mafiosos que tienen real dominio de los mercados criminales", lo que debería ser su núcleo. Excluye del radar el financiamiento de organizaciones delictivas. Hasta un integrante de la Corte de Santa Fe, Daniel Erbetta, señaló al Congreso que "se omiten delitos económicos y financieros", esenciales para entender cómo operan "los grupos ligados al narcotráfico como ocurre en Rosario".
Las palabras del supremo santafesino ganan relieve si se tiene en cuenta que Bullrich anunció esta ley como respuesta a un pico de violencia en Rosario vinculada a organizaciones criminales que incursionan en el narcotráfico y otros delitos. El texto antimafia modifica la figura de asociación ilícita y la agrava. Prevé aplicarla para una lista de delitos cuando estén "verosímilmente" (sic) "vinculados con una organización criminal". Incluye narcotráfico, lavado, homicidios, lesiones, pornografía infantil, secuestros, extorsión, trata, tráfico de órganos, robo simple y agravado hasta corrupción de menores, grooming y delitos en la función pública (cohecho, enriquecimiento ilícito, malversación de fondos, negociaciones incompatibles). El término "verosímilmente" ofrece una peligrosa libre interpretación.
Erbetta, profesor titular de Derecho Penal en la Universidad Nacional de Rosario, prevé que ese catálogo de delitos dará pie a arbitrariedades. Recordó que los delitos de corrupción ya se usaron para enjuiciar "en casos lawfare", en alusión a causas armadas con fines políticos. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) agregó otro ángulo: los criterios para definir cuándo está actuando una "organización criminal" son "vagos" y "orientan la intervención hacia los barrios pobres". "La idea de 'organización criminal' --dijo-- quedaría circunscripta a aquellas que actúan en villas o asentamientos. Esta idea sesgada y estigmatizante deja por fuera los aspectos más críticos del funcionamiento de las organizaciones criminales: su financiamiento y su sostenibilidad a partir de la connivencia con policías, políticos y funcionarios judiciales".
Estado de sitio
Copaju es una organización que defiende la justicia social, que sigue los preceptos del Papa Francisco y nuclea a jueces y juezas de América. El "Capítulo argentino" presentó un escrito ante los presidentes de bloque del Senado que alerta que la llamada "Ley Antimafia" "bajo el argumento de combatir el crimen organizado, violenta gravemente garantías consagradas por la Constitución Nacional, las reglas del debido proceso y lo dispuesto en tratados internacionales sobre derechos humanos”. Dicen que se alteran las reglas constitucionales del estado de sitio, ¿Por qué? Porque la ley en cuestión reemplazaría al concepto como lo define la carta magna. Suspenderá las garantías constitucionales en las "zonas sujetas a investigación especial" en "la provincia o territorio donde exista perturbación del orden" a pedido de fiscales o el Ministerio de Seguridad, sin la autorización del Congreso que prevé la Constitución.
La ley antimafia con media sanción les da a las fuerzas de seguridad y fiscales la facultad de detener personas por "averiguación" por 48 horas sin orden judicial. Es una excursión de pesca --funcional a capturar por portación de rostro, señalan varias presentaciones ante el Congreso--, que reemplaza la exigencia legal de "sospecha de comisión de un delito" en la llamada zona especial (que pueden ser varias ciudades o un área geográfica). La detención se puede prorrogar hasta 30 días. Del mismo modo se permite extender ese estado de excepción a más lugares por la sospecha de delitos conexos. Lo puede hacer un gobernador o fuerzas de seguridad. También vale trasladar los allanamientos iniciados a domicilios que no hubieran habilitado los jueces. Y lo mismo con la interceptación de llamadas, mensajerías de redes sociales, plataformas virtuales y otras vías: pueden ampliarse sobre comunicaciones que que continúen una cadena de interceptaciones que no hayan sido ordenadas por el juzgado.
Según Alejandro Alagia, profesor titular en la facultad de Derecho de la UBA, el problema es más grande que la suspensión de garantías. "No se trata simplemente de un proyecto de ley contrario a la Constitución, como muchas de las leyes que se sancionaron en la última década", dijo. "La ley antimafia es otra cosa muy distinta que no pertenece a la democracia porque le sustrae a las mayorías la decisión sobre la vigencia de los derechos en situaciones excepcionales. Con otro lenguaje y bajo la apariencia de una reforma del delito de asociación ilícita asistimos a la media sanción de una ley que reforma el estado de sitio constitucional", sostuvo Alagia --también fiscal en causas por crímenes del terrorismo de Estado-- en una nota que envió al Senado. En el texto agrega los reproches a la figura de asociación ilícita, que no castiga un delito sino la preparación, y de la que los tribunales federales abusan adaptándola a su gusto.
El riesgo de pertenecer
¿Qué son para Ley Antimafia las organizaciones criminales?: "Grupos de tres o más personas que durante un cierto tiempo, en áreas geográficas determinadas y bajo ciertas modalidades operativas actúan concertadamente con el propósito de cometer delitos especialmente graves". Es una descripción que los especialistas cuestionan por su "vaguedad", lo afectaría el principio de legalidad. El CELS señala que "hace difícil la interpretación de los operadores judiciales" y se presta a una "aplicación discrecional".
Según la guía que ofrece la ley, se puede asociar un delito a una banda cuando ocurre en una zona con los objetivos de "beneficiar a una organización, desplazar o aniquilar a otra, amedrentar a la población, provocar temor a las autoridades estatales y/o fuerzas de seguridad", o también asegurarse un territorio para seguir delinquiendo. Algunos de esos conceptos, critica el CELS, "ni siquiera pertenecen al derecho penal".
COPAJU muestra cómo esa formulación "sustituye" "el recaudo de ‘conmoción interior’ requerido por la Constitución" "por un mero ‘amedrentamiento de la población’, mientras que el peligro para el ejercicio de la Constitución y sus autoridades se reemplaza por la ‘pérdida de las autoridades del control del territorio". Estos jueces y juezas también interpretan que la ley en ciernes "se suma a otras normas destinadas a reprimir todo atisbo de resistencia frente a los intentos de suprimir derechos sociales y a perseguir a activistas y organizaciones sociales de derechos humanos”.
En noviembre de 2024, en un plenario de comisiones de Seguridad Interior y Narcotráfico y de Justicia y asuntos penales, presididas por Carolina Losada (UCR) y Juan Carlos Pagotto (LLA) sólo se aceptaron expositores en apoyo al proyecto de Bullrich. A Mariano Przybylski, de la Red Federal de Derechos Humanos, y Manuel Tufro, del CELS, que fueron a explicar sus posiciones, no los dejaron hablar.
Przybylski pone el acento, en diálogo con Página/12, sobre un rasgo de la ley que ministra de Seguridad muestra como una genialidad: "Se les va a otorgar la misma pena gravísima (8 a 20 años) más la pena de delito individual, a todos los que hayan cometido alguno de los delitos enunciados, en el marco de la organización criminal. Es decir, que se va a condenar con la misma pena a una mula (una mujer que pasa la frontera con droga porque no tiene otro horizonte para sobrevivir) o a un 'soldadito' de un barrio, que al capo mafia o a un sicario". La elevación de penas como argumento "para combatir el crimen organizado como el rosarino", agrega el abogado, choca con la realidad de "que los jefes narcos y muchos de sus lugartenientes están presos con penas altísimas y siguen manejando el delito desde las cárceles".
El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) prepara un nuevo documento para entregar al Senado. En Diputados relató algo que ya sucede: reciben denuncias de personas detenidas por el solo hecho de compartir una habitación o inmueble donde se producen los delitos. "Además al prever que cualquiera de los miembros de una organización criminal reciba la pena correspondiente al delito con pena más grave cometido por la organización no sólo se vulnera el principio de proporcionalidad, sino también el de lesividad (...) y el reproche jurídico pasa a ser la pertenencia a una organización y no una acción típica", fundamentó el organismo. Recordó que la Corte Interamericana ya determinó la responsabilidad del Estado argentino por tener leyes que habilitaban detenciones sin orden judicial y "su utilización en base a prejuicios y estereotipos sobre ciertos grupos históricamente discriminados".
Mafias y financiamiento, bien gracias
"El proyecto de ley antimafia no ataca el corazón del crimen organizado en Argentina que está definitivamente en expansión. No se incorporan medidas desatinadas a detener los flujos financieros ilícitos ni a frenar el financiamiento de carteles organizados del crimen. Además, no hay que perder de vista el contexto; este proyecto se inserta en un debilitamiento notorio de los organismos regulatorios en materia financiera y en la reconversión de un pacto mafioso en el país. Esta ley mantiene intactos estos acuerdos ilegales”, previene con definiciones categóricas Pedro Biscay, director del Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (Cipce).
Esta ONG junto con el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) pidieron en el rechazo de la Ley Antimafia en Diputados y lo harán en el Senado. "Asimilar el crimen organizado al comportamiento violento de bandas y pandillas que disputan el control territorial que causan violencia y conmoción (...) excluye el rol de los principales actores mafiosos que tienen el real dominio de mercados criminales y la capacidad de contaminar la economía formal y sus negocios legítimos con fondos procedentes de actividades delictivas vinculadas a los crímenes más graves", dijeron.
También incluyeron propuestas: crear una Policía Federal de Investigaciones, limitar el mandato del jefe de los fiscales y poner mecanismos de rendición de cuentas, crear de un Centro Nacional de Fusión de Datos sobre Criminalidad Organizada, aplicar la figura del "colaborador eficaz" a estafas y defraudaciones y los delitos económico financieros, usar la figura del testigo protegido en entornos empresariales, más nuevas técnicas de investigación. Sugirieron en materia penal "formas de imputación para estructuras asociativas flexibles como son las redes criminales", que se basen en la "noción del pacto criminal más que la de roles y posiciones jerárquicas pre-establecidas". Un régimen de decomiso por fuera del proceso penal. Y un certificado de no compromiso con el crimen organizado como requisito para ser proveedor del estado.