El Tribunal Oral Federal 1 de Salta, integrado por Marta Liliana Snopek, Federico Díaz y Mario Juárez Almaraz, dio a conocer las razones de su condena a prisión perpetua a los hermanos Roberto David y Santiago Ismael Bejarano en calidad de coautores del homicidio del asesor político Darío Esteban Monges, hecho cometido entre la noche del 1° de septiembre y la madrugada del 2 de septiembre de 2022.
El Tribunal aseguró que los hermanos se valieron de la relación de confianza que tenían con la vícitma, y también "de su situación de indefensión, y de forma sorpresiva y a traición efectuaron 5 disparos en la cabeza de la víctima utilizando para ello un arma calibre 25, hecho que tuvo lugar en el interior del vehículo Ford Ecosport color blanca dominio OWE-431 perteneciente a la víctima", que fue hallada el 3 de septiembre en el barrio El Círculo 1, "con la víctima en el interior".
El Tribunal también consideró acreditado que los hermanos Bejarano, "además de trabajar en un taller mecánico de motos, desarrollaban junto a Darío Estaban Monges actividad ilícita vinculada a la venta de estupefaciente bajo la modalidad de narcomenudeo".
Y desechó los cuestionamientos de la defensa pública a la investigación y la hipótesis de que el crimen pudo haber sido cometido por "múltiples posibles asesinos motivado en actividades y vinculaciones de alto riesgo que habría mantenido Darío Monges". Son "conjeturas e hipótesis" que no fueron sostenidas con "pruebas suficientes", afirmó. Por el contrario, "quedó acreditado durante el debate, que a Darío Monges lo mató su círculo de confianza, es decir David y Santiago Bejarano".
En diciembre último este Tribunal condenó a prisión perpetua a los hermanos Bejarano por el "homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por mediar alevosía", y "tenencia de estupefacientes con fines de comercialización". Los fundamentos se dieron el viernes último. Por el hecho también estaba acusado su padre, Roberto Catalino Bejarano, pero fue absuelto por el beneficio de la duda.
Las pruebas
En los fundamentos, el Tribunal afirmó que la camioneta con el cuerpo de Monges fue estacionada en el lugar donde fue hallada la noche del mismo 1° de septiembre. Afirmó que esto fue corroborado por el análisis de las cámaras de seguridad públicas y privadas cuyas imágenes se usaron para reconstruir el recorrido de la Ecosport. También fue confirmado por las ubicaciones de impactos en antenas de comunicaciones telefónicas y usos de datos GPRS, por el análisis del historial de ubicaciones de la aplicación de Gmail de la víctima, y por el "reconocimiento expreso" de David Bejarano.
Señaló que Monges fue visto con vida por última vez el 1° de septiembre a las 20.45 en el Café del Tiempo y tuvo una conversación telefónica a las 20.42. Del Café del Tiempo fue al taller de los Bejarano y luego fue al barrio El Círculo 1, donde fue hallado sin vida.
Sobre las cámaras de seguridad, el Tribunal señaló que tomando en consideración las últimas 2 ubicaciones indubitadas de la víctima, a la salida del Café del Tiempo a las 20.45 y el lugar donde fue hallado el vehículo con el cuerpo, "La cantidad de cámaras obtenidas" y las "características particulares del vehículo" les permitieron "hacer un análisis de seguimiento del vehículo de forma correlativa y cronológica, por minutos y segundos".
Tomando estos datos más los que tenía el chip del teléfono de Monges la investigación estableció que la víctima frecuentaba cuatro lugares, entre ellos, el taller de los Bejarano, en la Avenida Constitución y la calle Vicente López, que queda a una cuadra de la calle Díaz Vélez y Pueyrredón, donde una cámara captó el último paso de la Ecosport.
La mecánica del crimen
El Tribunal explicó que Darío Monges recibió los disparos cuando se encontraba en el asiento delantero del acompañante "con el cinturón de seguridad colocado, siendo trasladado posteriormente al asiento del conductor". Que los cinco disparos fueron "con dirección izquierda a derecha, y provinieron de una misma arma calibre 25 de características similares al arma que portaba Monges en su vehículo". Y señaló que "se acreditó la presencia de una segunda arma con la cual se efectuó un 6to disparo que impactó en el extremo superior derecho del parabrisas del vehículo".
En la camioneta no se encontró ningún arma, tampoco estaba la llave de encendido y tampoco el celular de Monges.
Asimismo, el TOF consideró acreditada "la presencia de David Bejarano y Santiago Bejarano en el interior del vehículo Ford Ecosport, y en particular, que David Bejarano tuvo acceso a los comandos de manejo del vehículo: palanca de cambio y volante".
Entre las pruebas que le permitieron llegar a esta convicción, reseñó los informes y pericias de Criminalística del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) "y la información concomitante con dichas pruebas aportada por el testigo de identidad reservada".
Este testigo afirmó que Marcos González, amigo íntimo de David Bejarano, le contó que Monges fue a buscar a los hermanos al taller de motos; que los tres se subieron a la camioneta y estaban tomando cerveza. David estaba adelante, Santiago iba en el asiento de atrás, y que “Santiago le disparó a Monges”. Y que luego Catalino “los había ido a buscar”.
El Tribunal señaló que este testimonio es "concomitante" con la prueba odorológica que ubica el olor de David en la parte de adelante, y de Santiago en el asiento trasero. En el caso de David, también se encontró un perfil genético compatible con el suyo en la palanca de cambio y el volante de la camioneta.
También tuvo en cuenta las "contradicciones en las distintas declaraciones de David Bejarano y Santiago Bejarano".
Sobre los planteos de la defensa
El Tribunal dedicó parte de sus fundamentos a dar una respuesta a los planteos "más significativos" de la defensa que encabezó la defensora pública oficial Clarisa Galán.
La defensa cuestionó la actuación de la Policía de la provincia, dijo que no se respetaron protocolos, no hubo registros de toda la actividad y se cerraron líneas de investigación y que existió un sesgo de confirmación en la investigación dirigido a los Bejarano. También cuestionó la pericia odorológica y la declaración del testigo de identidad reservada y el análisis sobre el recorrido de la camioneta de Monges.
"Cuando se analiza en forma conglobada la argumentación de la defensa, su hipótesis carece de competitividad con relación a la hipótesis de las partes acusadoras, con excepción del caso de Roberto Catalino Bejarano", sostuvo el Tribunal.
Sobre los cuestionamientos a la investigación, afirmó que "los oficiales Fernández y Bautista, dieron explicaciones, que, a juicio de este Tribunal, resultaron convincentes y razonables acerca de la tarea investigativa desarrollada".
"Se equivoca la defensa cuando indica que la aparición en escena de los Bejarano fue direccionada o se trató de una búsqueda al azar, arbitraria". "Antes de llegar al taller de motos, se practicaron muchas diligencias y se tuvieron en cuenta diferentes hipótesis investigativas", aseguró. Y destacó que la sospecha sobre los hermanos surgió cuando David dijo que Monges pasó por el taller el 1° de septiembre. Añadió que Santiago dijo que no veía al asesor desde hacía dos o tres meses, cuando su hermano también reconoció que estuvo el 31 de agosto y que ese día había llevado a Santiago a buscar un cuadro de moto. "Estos puntos no fueron siquiera tocados por la defensa", cuestionó.
"Esto deja en evidencia que no es correcto cuando la defensa afirma en su alegato que se dejaron de lado líneas de investigación muy importantes, cuestionando la labor policial", sostuvo antes de recordar que "los investigadores trabajaron en la hipótesis de Diego Aquino y “Coco” Chávez entre otras personas y explicaron cómo esas hipótesis fueron descartándose llevando motivadamente su investigación hacia los hermanos Bejarano".
La línea de los vínculos políticos
El Tribunal también se refirió a los videos en los que Darío Monges aparece junto al jefe de sicarios Cristian "Gringo" Palavecino. Recordó que en el debate se dijo que Monges "se sentía protegido por el poder político, justamente por su vínculo con Benjamín Cruz, en ese entonces Secretario del Ministerio de Seguridad de Salta".
Reseñó que el ex boxeador Diego Aquino, que tiene un historial vinculado al narcotráfico, dijo que en Orán "todos se conocían". "El famoso 'Gringo' Palavecino, el 'Cabezón' Díaz, Monges, se conocían, se veían, se reunían, esto no es refutable, lo vimos en el juicio. Se advierte un círculo y no precisamente virtuoso, entre todos los nombrados", sostuvo el Tribunal.
En este punto citó las revelaciones sobre las gestiones a cambio de dinero que Monges realizaba para beneficiar a detenidos. Que Cruz lo ayudó a entrevistarse con el sicario Díaz. "Se accedió a una serie de conversaciones entre Benjamín Cruz y Monges, que denotaron que Darío respondía a Cruz, por fuera de la órbita oficial de las funciones del Secretario de Seguridad", aseguró el TOF. Y aclaró: "El accionar de las otras personas que se mencionó y trajo la fiscalía como prueba, corren por cuenta de esta última seguir investigando, no ocupa a este Tribunal en esta oportunidad".
Y concluyó: "a Darío Monges lo mató su círculo de confianza y fueron los hermanos David y Santiago Bejarano, y ninguna de las otras hipótesis que fueron investigadas y expuestas en este juicio arrojan un resultado diferente a juicio de este Tribunal".
En cuanto a las críticas a las pericias odorológica y de ADN, el Tribunal afirmó que "el hallazgo de los rastros de olor de los acusados en el vehículo, es un elemento de cargo que adquiere una significancia superlativa en conjunción con el resto del caudal probatorio rendido en el juicio".
En cuanto a la absolución de Catalino Bejarano, consideró que la acusación "no aportó pruebas de cargo suficientes" para acreditar que "haya tomado participación como coautor en el homicidio de Darío Estaban Monges". Sostuvo en este sentido que "el único elemento incriminatorio" fue la pericia odorológica, pero esta sola prueba no es suficiente para dar certeza sobre su participación en el crimen.