En las cárceles cumplen condenas y prisión preventiva decenas de personas que en realidad son inocentes. Son víctimas de causas armadas, con participación de las fuerzas policiales y del Poder Judicial. Este diagnóstico, incómodo en un sistema que impone la idea de que lo que produce impunidad es la supuesta puerta giratoria, suele derivar en una pregunta desconfiada: ¿Y cómo se sabe que efectivamente son inocentes? Un nuevo documento del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) describe las mecanismos y patrones que se repiten en casos detectados en la provincia de Buenos Aires y que permiten entrever cuándo una acusación es trucha o forzada. El protagonismo de la policía en la investigación judicial y las mínimas exigencias de prueba por parte de los jueces y los fiscales, son dos rasgos que habilitan que haya acusaciones falsas, sin sustento o con evidencias inventadas, que afectan en especial a jóvenes de barrios pobres. Algunos, cuenta el informe, han sido inclusive condenados a prisión perpetua sin tener ninguna relación con el hecho juzgado.
25 años por un romance
En la provincia de Buenos Aires existe un registro de causas armadas, junto con uno de torturas y tratos inhumanos en las cárceles impulsado por la Defensoría ante la Cámara de Casación Penal. “Se empezó a confeccionar en el año 2000”, recuerda el defensor Mario Coriolano. “Fue a partir de un caso en Mercedes: descubrimos que todas las actas de procedimientos de la comisaría tenían al mismo testigo, que era el peluquero de esa seccional. El registro nos permitió determinar qué metodología se repite, en qué zonas y comisarías y, como defensores, pelear por revertir condenas en juicios orales. Lo que notamos es que el Poder Judicial no tiene capacitación, estrategia, o voluntad para desarmar las causas armadas”, explica a PáginaI12. Entre mayo y noviembre de este año, fueron denunciados 15 casos, de policía bonaerense y servicio penitenciario. En los últimos 15 años hay 310 casos relevados. En el informe más reciente se repiten las detenciones violentas, a los golpes o tiros. “Los patrones sistémicos” son “el uso de fotografías de manera ilegal (para reconocimientos truchos), declaraciones de policías que habrían efectuado tareas de inteligencia apoyados en testigos anónimos, reiteración de denuncias vinculado a los mismos efectivos policiales que, a su vez, se entremezcla con situaciones de corrupción y narcotráfico”.
Coriolano recuerda que en Morón “se detectó que quienes le armaron la causa a Jorge González Nievas habían sido condenados por extorsión en otras causas”. González Nievas, taxista, fue condenado a 25 años de prisión por un homicidio en ocasión de robo, una salidarea bancaria, con la sola prueba de un reconocimiento fotográfico declarado nulo por un juez y vuelto a validar por un tribunal. Su pecado fue tener tener como amante a la pareja de un oficial de policía, sumado a que había mantenido una fuerte discusión callejera con quien resultó secretario de un juzgado. Ahí empezó su pesadilla. Ahora la causa está en la Corte Suprema, y en la Casación se presentó un testigo que lo desincrimina. Intervinene Innocence Proyect y el CELS como “amicus curiae” en un intento por sacarlo de la cárcel.
La Corte Suprema dio una buena señal este año al absolver a Fernando Carrera, quien estuvo preso siete años tras recibir una condena inicial a 30 años luego reducida a 15. El 25 de enero de 2005 dos personas armadas que iban en un auto blanco asaltaron a un hombre y le robaron 750 pesos. La víctima del robo avisó a la policía. En una persecusión insólita confundieron el auto de Carrera con el de los asaltantes y comenzaron a seguirlo; cuando frenó en un semáforo vio que le apuntaba desde un auto de civil y pensó que iban a robarle e intento evitarlo. Los agentes de la Federal dispararon a su auto. Había perdido el conocimiento y atropelló a cinco personas, tres de las cuales fallecieron. Los policías le siguieron disparando. En el momento que todos los heridos eran llevados al hospital, plantaron un arma en el auto. La Corte revisó el caso, conocido como La Masacre de Pompeya, y lo dio vuelta como una media con una sentencia que cuestionó, precisamente, que la Cámara de Casación hizo un análisis parcial de la versión del acusado y advirtió que los jueces siempre deben inclinarse por la alternativa más favorable al imputado.
El caso Carrera y la auspiciosa decisión de la Corte, son el punto de partida del informe del CELS sobre causas armadas. “Hay dos tipos esenciales de causas armadas. Por un lado, aquellas, como las que descubrió Daniel Rafecas (cuando trabajaba en la Procuración) en 2000-2001, en las que hasta el delito era inventado por la Policía Federal. Eran causas para hacer estadística y mostrar proactividad. Plantaban pruebas, como armas o drogas, para acusar a inocentes. Al cruzar datos, ciertas comisarías se repetían como las más involucradas”, explica Paula Litvachky, directora del área de Justicia y Seguridad del CELS. “Otra modalidad -continúa la abogada- es la que se ve en la provincia de Buenos Aires, donde la policía adjudica hechos reales a un perejil. Se suelen detectar en la etapa de juicio oral, donde incluso hay condenas basadas en denuncias anónimas o reconocimientos fotográficos confusos, los jueces validan investigaciones policiales y sostienen un estándar probatorio muy bajo”.
Es común que las propias fuerzas de seguridad inventen causas y planten pruebas para tapar su propia responsabilidad, según señala también el documento del CELS. “Hay personas inocentes que permanecen detenidas durante años mientras los verdaderos responsables del delito (muchas veces, los propios policías) no son investigados. La policía tiene amplios márgenes de discrecionalidad para armar la primera versión de los hechos y utiliza esa libertad de acción para introducir testigos, sugerir hipótesis, realizar reconocimientos fotográficos o en rueda y otras ‘técnicas de investigación’ que no suelen ser controladas por fiscales y jueces. Con estos métodos pueden construir y dar forma a la versión definitiva en el expediente judicial”, describe el texto.
Perpetua inventada
“A mí me arruinaron la vida. A mi hijo le quitaron el padre, a mí toda mi familia. Estoy preso desde los 19 años, tengo 23. Nunca había tenido una causa, de nada. Le dije al juez: ‘¿Usted cree que si yo hubiera hecho algo me hubiera quedado en mi casa cada vez que me hacían un allanamiento?´ Cada vez que aparecían me plantaban un arma. Soy inocente”, dijo Brian Quintana a PáginaI12. El joven está preso en la unidad 47 de San Martín. Para soportar el encierro y el paso del tiempo está terminando al secundario, trabaja y juega al rugby. Fue condenado a la pena máxima junto con Alfredo Giménez y Eder Juan Carlos Storne, por el robo de dos autos, uno en Morón y otro en Caseros, y por el homicidio de Alejandro Javier Shildhaver, también en Caseros.
La “investigación” preliminar corrió por cuenta de la policía bonaerense: la oficial Fabiana Santillán de la DDI de San Martín se basó en la supuesta declaración de una vecina del barrio cuyo nombre no proporcionó. Luego se sumó una llamada anónima recibida en la comisaría de Caseros. El policía Hugo Germán Giménez hizo supuestas tareas de inteligencia y dijo que reconstruyó todo con testigos anónimos. Dijo que Brian, Juan y Alfredo habían entrado al barrio Carlos Gardel en un Fiat blanco que luego incendiaron. La rueda de reconocimiento dio resultados contradictorios pero fueron señaladas otras personas, no ellos. En un allanamiento posterior, en la casa del vecino de dos de los imputados, hubo policías que estuvieron diez minutos solos en una habitación donde apareció la supuesta arma homicida y unos rosarios, en teoría robado a una de las vícitmas. En esa habitación duermen el vecino, su pareja y su hijo. Pero el acta decía que allí duermen el vecino y uno de los imputados. El padre y el suegro de Shildhaver, a quienes les robaron unos rosarios, dijeron que los que aparecieron en esa vivienda no eran los de ellos.
La defensa de los jóvenes pidió que se investiguen las llamadas anónimas y tres nombres a los que apuntaron los imputados como posibles autores. Los jueces del Tribunal 1 de San Martín (Oscar Correa, María Sol Cabanas y Alejandro Juan Antonio Moramarco Terrarossa) no hicieron lugar a nada y los condenaron a perpetua. El 22 de noviembre último se hizo una audiencia en la Sala IV del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires y se presentaron como terceros interesados el CELS, Asociación Pensamiento Penal (APP) y la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) para que se revoque la sentencia. Ese día Quintana pidió hablar y dijo que sabía que en un tribunal de Menores de San Martín tramitaba una causa por los mismos hechos por los que lo condenaron y que se investigaba a tres chicos. De hecho, se habían encontrado las huellas de uno de ellos en uno de los autos robados.
Brian y Alfredo, son hermanos y eran el sostén de su familia. Brian como trabajador en Aysa y Alfredo como pintor. Con Juan Carlos, el otro condenado, ni se conocían antes de caer presos. Brian cuenta que lo conoció en uno de los lugares donde estuvieron detenidos, se pusieron a charlar y no podían creer que estaban ahí por lo mismo.
Por qué/para qué/cómo
Existe un contexto institucional que habilita a la policía a armar causas. El Poder Judicial y el Ministerio Público le otorgan amplio margen de acción e intervención para montar la primera versión de los hechos. El informe del CELS explica que es común que el objetivo de las causas armadas sea “dar una respuesta rápida en casos perturbadores en los que la opinión pública y las autoridades presionan por un esclarecimiento inmediato (…) la policía recurre a jóvenes que ya tiene identificados y que en ocasiones tuvieron conflictos con el sistema penal, y los presenta como los responsables a partir de pruebas dudosas”. A veces son “perejiles”, otras son pibes de los barrios que a su vez conocen los delitos cometidos por las fuerzas de seguridad. La policía utiliza su capacidad de armar causas para muchas cosas, que van de la extorsión hasta conseguir ventajas económicas, cometer otros delitos o resolver conflictos personales.
Oscar Cali Machado vivía en Villa Merlo. A pocos metros de su casa, el 12 de noviembre de 2014 apareció un auto que había sido robado a una mujer cuando entraba a su casa en San Martín. Los policías que persiguieron a los asaltantes dijeron que jamás los perdieron de vista. Los testigos afirmaron que los seguían a gran distancia y les perdieron el rastro. El CELS señala que en la causa no hay ni un testimonio que vincule a Cali con el hecho. Dos testigos del robo, que eran familiares de la mujer, lo vieron esposado en la comisaría y preguntaron si tenía algo que ver. Exhibir los detenidos a las víctimas es una práctica frecuente para luego incidir y manipular los reconocimientos. Machado lleva dos años preso. El juez de garantías fue Alberto Brizuela. La semana pasada el fiscal Carlos Pedro Insaurralde desistió de acusarlo. El Tribunal Oral 3 de San Martín es el que define.
Hace 13 años que J. se encuentra detenido por un homicidio en ocasión de robo, que los abogados del CELS aseguran que no cometió. Fue implicado por agentes de la comisaría 2 de San Martín integrantes de un grupo de agentes que se hacían llamar Los Magníficos, conocidos por los vecinos por sus métodos violentos y su sociedad con las redes de delitos. J. jugaba al fútbol en las inferiores de Argentinos Juniors y no tenía antecedentes penales. A la esposa de la víctima se le exhibieron fotos de personas detenidas en ese lugar. No reconoció a nadie. Días más tarde un grupo de oficiales fueron a su casa, mostraron las mismas fotos, y toda la familia señaló a J. La foto de J. había sido obtenida de manera ilegal: una semana después del hecho el hermano del jugador de fútbol fue detenido por manejar un auto en contramano; el auto era de J.; cuando lo fue a buscar a la comisaría le sacaron una foto mientras caminaba por el pasillo. Luego, la “investigación” se basó en informantes “se negaron a brindar su identidad”. J. tiene una condena a prisión perpetua.
Claudio Castro está acusado de haber matado a Alberto Reynoso, un capitán de la bonaerense que hacía tareas de seguridad en Gerli. El modo en que fue responsabilizado ilustra con qué sofisticación se puede truchar una imputación. Se tuvo en cuenta: el relato de un militar retirado que trabajaba con la víctima, que dijo que le había dicho que había tenido problemas con jóvenes que vivían en asentamiento de enfrente y que tuviera cuidado con ellos; declaraciones recogidas por la policía en el barrio que decían que los imputados serían delincuentes. Nadie que haya presenciado los hechos declaró en la causa. Hubo testigos a quienes les mostraron un video, no reconocieron a nadie y luego hicieron un dictado de rostro “con instrucciones de los propios policías”. Uno de ellos dijo que no sabía leer ni escribir, pero que nunca se le leyeron las actas que firmó. Todos los allanamientos dieron negativo. Lo único que hay contra Claudio y otros dos imputados es que son vecinos del barrio. La fiscal María Alejandra Olmos Coronel, de la UFI1 de Avellaneda decidió acusar igual y van a juicio oral. El juez de garantías fue Luis Silvio Carzoglio.
Socios
En este arte de crear causas o inventar culpables la policía no está sola. Hay fiscales y jueces que le conceden poder de acción, que avalan su actividad investigativa y luego dictan sentencias en función de eso. El diagnóstico del CELS es alarmante:
- “Las investigaciones son delegadas por los funcionarios judiciales a los agentes de la policía, quienes las llevan adelante sin control ni supervisión durante largos tramos. Avanzado el proceso, los funcionarios judiciales convalidan todo lo actuado y aceptan de manera acrítica las dudosas pruebas producidas por la policía”.
- “Los defensores públicos, por otra parte, no tienen los recursos y, en muchos casos, tampoco el apoyo institucional para controlar el proceso (...) y, muchas veces, no consiguen identificar a tiempo una causa armada. En otros casos, los defensores recomiendan a sus defendidos aceptar la acusación para obtener penas más bajas”.
- “Suele ocurrir que en instancias superiores de apelación se confirman condenas a pesar de que son débiles las pruebas. La principal y más grave consecuencia de estas causas es que se priva de la libertad a personas inocentes. Que los procesos avancen se puede explicar por la connivencia con esas irregularidades policiales o por una suerte de inercia burocrática o encubrimiento corporativo entre policías, fiscales y jueces que se resisten a revisar y modificar lo actuado”.
Así, hay una responsabilidad múltiple en estas tramas que parte del armado polical: una es la conducción política de las fuerzas de seguridad, donde los controles no existen ni son apartados o investigados los agentes que cometen estas aberraciones; pero también es responsable el sistema de justicia, que no desarma estas causas armada y permite que se conviertan “en un factor de impunidad -dice el CELS- que impide que familiares y víctimas accedan a la verdad” mientras castiga a personas inocentes.