La Unidad Fiscal de La Plata dedicada a causas de lesa humanidad recurrió a la Cámara de Casación el sobreseimiento de Jorge Borgo, un exsupervisor de Migraciones acusado de haber ayudado a escapar del país a un expolicía investigado por robarse a un bebé durante la última dictadura cívico militar. El Tribunal Oral Federal número 2 platense demoró una década en fijar fecha de juicio para Burgo y en diciembre pasado avaló el sobreseimiento por prescripción que propuso su defensa. Para los fiscales Gonzalo Miranda, Juan Nogueira y Ana Oberlin el caso es imprescriptible al estar vinculado estrechamente con una violación a los derechos humanos.

En julio de 2012, un policía Federal que estaba buscado por la Justicia argentina logró subirse a un avión en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza y aterrizar en Miami. Un mes antes, el juez federal Daniel Rafecas había ordenado la prohibición de la salida del país de este expolicía, acusado de haberse apropiado de un bebé, víctima tanto él como su mamá del terrorismo de Estado. El efectivo logró eludir la búsqueda internacional gracias a una certificación actuarial falsa autorizada por Borgo, que entonces era supervisor de la Dirección Nacional de Mediaciones.

El efectivo federal había inscripto a su hijo –por cuestiones procesales no se difundirán nombres vinculados al caso de apropiación en esta nota– como hijo biológico suyo y de su esposa, presuntamente nacido en los comienzos de 1979. Con elementos que indicaban que se trataba de una presunta apropiación, comenzó a crecer un expediente judicial en el Juzgado Federal número 3 de la Ciudad de Buenos Aires. Una vez profugado, la Justicia argentina no logró indagar al expolicía acusado de la apropiación: el hombre se suicidó en enero de 2013.

Borgo fue indagado y procesado en septiembre de 2012, por la Justicia federal de La Plata. En 2014 su caso fue elevado a juicio por haber desplegado actos tendientes a favorecer y perpetrar la impunidad de una persona que al momento de los hechos estaba siendo buscada por la Justicia argentina para ser indagada en su presunta responsabilidad en crímenes de lesa humanidad. Además, tenía prohibida la salida del país.

En 2015, la defensa del acusado solicitó la realización de un juicio abreviado, que el Tribunal Oral Federal número 1 de La Plata rechazó. El expediente recayó en el Tribunal Oral Federal número 2, que jamás fijó fecha de debate.

Desde entonces, pasaron casi 10 años. En noviembre de 2024, la defensa oficial de Borgo solicitó el sobreseimiento de su defendido, por considerar prescrita la acción penal. El argumento de la abogada Ana María Gil se centró en que habría transcurrido el máximo de la pena previsto para la conducta imputada a su asistido, que es según sus cálculos de seis años. En diciembre, y pese a la negativa de la Fiscalía, el TOF 2 platense le dio la razón en base no solo al tiempo transcurrido, sino a que el expediente que investigaba la apropiación de la persona que fue inscripta como hijo biológico del policía federal que se profugó a Estados Unidos y su esposa fue archivado.

“La decisión adoptada por el Tribunal no resulta ajustada a derecho y produce un gravamen irreparable”, postuló la Unidad Fiscal en el recurso de Casación que presentó a mediados de este mes con la esperanza de que la alzada lo tome. Para les fiscales, el delito del que se lo acusa a Borgo y por el que debe responder en juicio oral y público aún, "resulta imprescriptible, pues se encuentra íntimamente vinculado con otra causa, cuya acción no se extingue".

Tiempo después del suicidio del policía sospechado, la presunta víctima de apropiación se sometió a un análisis genético para comparar su adn con las muestras que permanecen archivadas en el Banco Nacional de Datos Genéticos. No matcheó con ninguna, pero su material genético quedó resguardado en la institución a la espera de que se sumen o se completen perfiles de familias que buscan. Es decir, el resultado no positivo no descarta que haya nacido en cautiverio y separado de su familia biológica. “Cabe recordar que el objeto de la causa principal es la posible apropiación que habría sufrido –A.D– respecto de quien -hasta ahora- no se ha podido acreditar en forma fehaciente su verdadera identidad”, postularon los fiscales Miranda y Oberlin, que comparten Unidad fiscal con Nogueira, en su recurso de Casación.

Por último, insistieron en que, acorde a la jurisprudencia en Argentina, "el encubrimiento de delitos contra la humanidad o sus causas conexas, siguen su suerte en materia de prescripción de la acción. Es decir, resultan -también- imprescriptibles".