El Tribunal de Impugnación de la ciudad de Salta hizo lugar de forma parcial al recurso de casación de la defensa de un hombre que había sido condenado en 2023 a 12 años de prisión por delitos de violencia sexual en perjuicio de su expareja y de su hija de 3 años de edad. Lo absolvieron por el abuso a la niña y la condena quedó reducida a 6 años de prisión, por ahora seguirá detenido en el penal de Villa Las Rosas. 

Las organizaciones de la Asamblea LesboTransFeminista de Salta piden justicia por Dulce, nombre ficticio que dieron a la niña para poder contar su caso y proteger su identidad. Hoy jueves realizarán una protesta en la Ciudad Judicial, denunciando la violencia institucional y la revictimización que atraviesan mujeres, niñas y sus familias cuando realizan denuncias y deben transitar por distintas oficinas. También reclamarán justicia por las víctimas de femicidios y las mujeres desaparecidas.

En 2023, la Sala I del Tribunal de Juicio de la ciudad de Salta, integrada por Leandro Feans, Javier Araníbar y María Victoria Montoya Quiroga, condenó a 12 años de prisión al acusado de abusar a Dulce y a su mamá. El Tribunal consideró que se habían probado los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo en perjuicio de la niña, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal continuado, cometido en perjuicio de la expareja. Además, el Tribunal ordenó la inmediata detención del hombre y lo privó de su responsablidad parental respecto de la niña víctima.

La defensa presentó un recurso de casación que logró que la sentencia fuera revisada y modificada recientemente por los jueces Guillermo Akemeier, Federico Armiñana y Marcos Ezequiel Molinati. Aunque consideraron que el acusado abusó y violentó a su expareja, dijeron que faltaban pruebas respecto a la hija. 

El Ministerio Público Fiscal había pedido el rechazo del recurso de casación. La fiscalía indicó que comparte la reconstrucción lograda a través de la prueba introducida al debate, y que confluyó en la condena. Además, descartó que se hayan vulnerado las garantías constitucionales del acusado.

Mientras que, en el mismo sentido, el Ministerio Público Pupilar plasmó su postura a favor de la ratificación de la condena a 12 años de prisión y de que se negara el recurso de impugnación de la defensa. Este organismo que tiene entre sus funciones velar por el interés superior y los derechos de los chicos y las chicas, consideró que la nena fue abusada por el progenitor. 

El Ministerio Público Pupilar señaló "que la niña de 3 (tres) años de edad le reveló la intromisión a su sexualidad a su madre, a modo de molestia en la zona genital al tiempo que le narró qué actos llevaba adelante su papá". 

La querella ejercida por la abogada Andrea Aparicio, del programa nacional PatrocinAr, también manifestó que "desvelamiento que la niña hizo con su madre se trata del modo usual en el que ocurre, una persona de 3 (tres) años de edad no ha desarrollado capacidad suficiente para expresar lo vivido e incluso no comprende las acciones del agresor". La querellante resaltó el silencio de la pequeña en cada ocasión en la que la psicóloga entrevistadora le solicitó que hablara de su padre, que lo nombrara, además cuando le preguntaron si quería verlo respondió que no. Como contracara, sí mencionó a su familia materna.  

El diagnóstico y el protocolo de abuso sexual se activó en el Hospital Público Materno Infantil, cuando tras una molestia continua que evidenciaba la nena, la madre la llevó para que la revisaran y allí le exigieron que hiciera la denuncia. 

La mamá asoció el relato de su hija sobre el abuso del progenitor, con ciertas prácticas que él le pedía a ella en la intimidad. Eso hizo que le creyera a la niña. Además, recordó que este hombre consumía pornografía y tenía fotos de niñas, pero el celular del acusado no fue peritado. 

En el caso de la mamá, las pericias indicaron que en su relato no había mendacidad ni fabulación y se manifestaban los traumas psíquicos y las secuelas de la violencia de género y sexual que había sufrido, situaciones que había vivido con pasividad y que pudo resignificar después.

Sin embargo, para Akemeier, el relato de la niña a la madre, a la hermana mayor y a una psicóloga, incluso los videos grabados por la mamá en los que la nena dice lo que le hacía el padre y reproduce conductas sexualizadas, no fueron suficientes. 

"Los padres pueden hacer una mala interpretación de lo que dicen los niños debido a un elevado nivel de ansiedad o al temor que les haya ocurrido algo grave. En estos casos pueden malinterpretar una conducta inocente y sugestionar al niño de que ha ocurrido algo malo. Puede darse en madres sobreprotectoras o con ansiedad excesiva. Puede ocurrir en padres y/o madres que sobrevaloran un comentario inocuo o un aspecto parcial de una conducta y la sitúan fuera del contexto en que tuvo lugar", señaló el juez.

Dominación y manipulación 

La psicóloga del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, Viviana Beatriz Guijarro, realizó las pericias sobre el acusado y señaló su marcado "egocentrismo y narcisismo, sin registro empático en sus vínculos humanos". "Tiende a actuar en el plano concreto los anhelos que se presentan a nivel de fantasía. La figura femenina surge en desmedro y anulación y tiende a adoptar una posición de dominación y manipulación. Sobre la sexualidad, puede apelar al despliegue de situaciones de seducción tendientes a la propia satisfacción caracterizada por la excentricidad, pudiendo apelar a vivencias de tinte transgresor y experimental. La sexualidad del otro se presenta en el mismo plano relacionado con su narcisismo y egocentrismo, sin registro subjetivo de las necesidades y vivencias de la otra persona. Indicadores de peligrosidad en la tendencia a infringir normas sociales", diagnosticó la profesional.

Asimismo, advirtió "indicadores de existencia de mendacidad y ocultamiento, pudiendo apelar a la simulación". Además, encontró "frialdad afectiva, tiende a ser impersonal en los vínculos, los que elige partiendo de la vulnerabilidad para compensar su autoestima, de inicio se muestra predispuesto a satisfacer aquellas carencias para luego apartarse sin signos de angustia. Rasgos de impaciencia, agresividad, irritabilidad y tendencias manipuladoras. Sin presencia de capacidad de autocrítica ni de responsabilidad, proyecta la falta en 'el otro'".

Sin embargo, el juez consideró que en la causa "no hay elementos que respalden objetivamente la verificación de esa conducta. Estamos ante el vacío de evidencia física, psíquica o emocional alguna que demuestre o permita inferir que el abuso a la integridad sexual de la niña aconteció, a excepción de la declaración testimonial de (la madre)  y de (la hermana mayor)", sostuvo. 

El juez menciona el testimonio de una psicóloga que asistió por dos meses a la nena de forma particular e informó que el día 16/3/21, en sesión, la madre le dijo a la niña si quería decir algo que lo dijera, "hubo silencio e intercambio de miradas y la niña respondió que sí, que su papá le levantaba el vestido y le decía que se tocara, acompañó sus palabras con gestos. Cambió su conducta, se angustió, se le entrecortaba la voz, disminuyó el tono, la licenciada la percibió incómoda y con dificultad para seguir hablando". 

"Aún al reducir casi al grado de desoír la descripción que la familia del aquí recurrente efectuó acerca de tiempos y lugares en los que el padre y la hija estuvieron juntos, mal podría concluirse en que se dio la oportunidad de bañar a la niña, llevarla al cuarto, tocarla, (...), y entrenar en bóxers, todo en un lapso temporal escaso. Seducir e introducir a una nena en un juego de características sexuales para el adulto, sin que ella lo registre como invasión, requiere paciencia, extensión de tiempo, decisión, demanda actos sutiles que el autor irá hilando hasta alcanzar su objetivo. Los estudios sobre la salud mental (del acusado) no evidencian inclinaciones hacia este tipo de perversiones, a la par, (ya se destacó) el psiquismo de (la niña) carece de huellas de agresión", sostuvo Akemeier. 

Finalmente, el juez propuso reducir la pena a 7 años de prisión, pero Armiñana propuso 6 años y 3 meses, postura a la que adhirió Molinati. Este último es un magistrado cuestionado por organizaciones feministas e incluso organismos como el Observatorio de Violencia Contra las Mujeres porque dos mujeres que fueron sus parejas lo denunciaaron, una de ellas, por amenazas de muerte, acoso y violencia verbal en 2011; y la otra, por lesiones y amenazas, en 2017. El año pasado, estas organizaciones pidieron que se investigue a Molinati, después de que su esposa fuera encontrada sin vida en un departamento céntrico; el juez adujo que la mujer se había suicidado.