Por el Decreto 238/2025 que se publicó este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional oficializó la creación de un fondo especial de asistencia de hasta 200 mil millones de pesos, destinado a "otorgar subsidios para los residentes de las viviendas afectadas por las inundaciones" que afectaron a la ciudad bonaerense de Bahía Blanca el 7 de marzo.
El DNU lleva la firma del presidente Javier Milei; del jefe de Ministros, Guillermo Francos; del ministro de Economía, Luis Caputo; y de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
En el documento, se anuncia la creación de un "régimen especial de subsidios" para los damnificados por el feroz temporal, denominado "Suplemento Único Para La Reconstrucción (S.U.R)". En el mismo texto, se aclara que "consistirá en una prestación monetaria no contributiva, fija en pesos, por única vez, y cuyo destino será compensar pérdidas materiales".
Cuáles son los requisitos para recibir el subsidio
En este sentido, el decreto especifica cuáles son los requisitos que se tendrán en cuenta para percibir el subsidio:
1. Ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado, residente en el país, o extranjero con residencia legal en Argentina no inferior a dos años anteriores a la solicitud.
2. Tener más de 18 años a la fecha del dictado del decreto.
3. Acreditar domicilio real en Bahía Blanca al 7 de marzo de 2025, mediante los medios que establezca la normativa que al efecto dicte la Autoridad de Aplicación.
4. Acreditar habitación, uso, locación o titularidad de la vivienda ubicada Bahía Blanca al 7 de marzo de 2025.
5. Acreditar, con carácter de "Declaración jurada", los daños y/o pérdidas materiales producto del fenómeno meteorológico del 7 de marzo de 2025, conforme el procedimiento que determine la normativa que al efecto dicte la Autoridad de Aplicación. En caso de falsedad de dicha declaración, se iniciarán las acciones civiles y penales correspondientes.
6. Otros que la Autoridad de Aplicación estime pertinentes.
En tanto, el Decreto señala que se creará un registro público de beneficiarios del "S.U.R" para "salvaguardar la transparencia en la asignación de los fondos públicos".
Y sostiene: "El Ministerio de Seguridad de la Nación o la Unidad Organizativa que este determine, será la Autoridad de Aplicación del Régimen que se crea por el artículo 2° del presente decreto, la cual establecerá los valores del/de los subsidios, procedimientos de asignación, requisitos específicos de las solicitudes, su verificación, mecanismos de difusión y transparencia, entre otros que estime pertinentes".
El PDF completo del decreto
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