Por motivo de Semana Santa, varios servicios funcionarán de forma limitada este jueves 17 y viernes 18 de abril. Al tratarse de un "día no laborable" seguido de un feriado nacional, los transportes públicos, bancos y hospitales, entre otros, verán afectados sus esquemas habituales.
Los hospitales públicos funcionarán con el esquema habitual de feriados: se mantendrán activas las guardias, las áreas críticas, el SAME y las Unidades Febriles de Urgencia. En la Ciudad de Buenos Aires, habrá cobertura permanente de los servicios de emergencia:
- Policía de la Ciudad, Bomberos, Defensa Civil, Guardia de Auxilio y las líneas 911 y 103 operarán con guardias activas durante todo el día.
- El Registro Civil estará cerrado, salvo la guardia de defunciones (de 8 a 12 horas).
En tanto, desde este jueves no habrá clases en ninguna escuela de gestión estatal ni privada. En CABA tampoco abrirán:
- Las sedes comunales.
- La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y la Dirección General de Rentas
- El Registro de licencias para conducir
- Las siete plantas de Verificación Técnica Vehicular (VTV)
- La Dirección General de Infracciones
- La pista de aprendizaje para manejo, en cambio, estará habilitada con turno previo
Por otra parte, el servicio de trenes y de colectivos en todo el territorio nacional funcionará este viernes bajo el esquema de feriado, con horarios más espaciados. En la Ciudad de Buenos Aires, en cuanto a los subtes y el premetro, funcionarán con el cronograma de domingos y feriados: de 8 a 21 o 22 horas, según la línea. Los usuarios pueden consultar el horario del último tren en la web oficial. En tanto, el sistema Ecobici estará operativo con sus distintos pases disponibles: recreativos, intensivos y turísticos.
Respecto al estacionamiento, en CABA se podrá estacionar en avenidas y calles donde está prohibido hacerlo de lunes a viernes de 7 a 21. No regirá el sistema de estacionamiento medido.
En la Ciudad porteña, las reservas ecológicas (Costanera Sur, Costanera Norte y Lago Lugano), el Jardín Botánico y el Ecoparque estarán abiertos, salvo que llueva. También abrirán los museos porteños, de 11 a 20; la Torre Monumental, de 10 a 18; el Teatro Colón, el Centro Cultural Recoleta y el Centro Cultural 25 de Mayo. Sin embargo, estarán cerrados el Planetario, la Usina del Arte y el Centro Cultural San Martín.
En tanto, algunos comercios podrán encontrarse cerrados durante el viernes, pero no así el jueves, ya que al ser un "día no laborable", los empleadores pueden optar por abrir con normalidad ese día.
Cómo se trabaja en días no laborables y feriados
De acuerdo con lo establecido por el artículo 1° de la Ley 27.399 sobre Feriados Nacionales y Días No Laborables, el Jueves Santo (que este 2025 cae un 17 de abril) es un "día no laborable", y, al respecto, el artículo 167 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece: “En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros, y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación". En tanto, se sostiene que en los días no laborables, "los trabajadores que presten servicio" por decisión del empleador "percibirán el salario simple".
Por lo tanto, el Jueves Santo es un día no laborable, y al empleador del sector privado le asiste el derecho para decidir si el trabajador debe prestar tareas o no y, en ambos casos, se abona un salario simple (como día normal). Vale destacar que éste es obligatorio para la administración pública y las dependencias no atienden al público.
En cuento al Viernes Santo, que este 2025 cae un 18 de abril, conforme a la Ley es un feriado nacional, lo que implica que si se trabaja se abona el doble de la remuneración diaria (rige el descanso dominical). Respecto de los feriados nacionales, el artículo 166 de la LCT indica: “En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”.
Finalmente, en relación a la Pascua Judía (Pesaj), el artículo 2 de la Ley 27.399 establece que son días no laborables para los habitantes que profesen la Religión Judía. Este 2025, la celebración abarca desde el sábado 12 de abril al atardecer hasta el lunes 14 al atardecer, y desde el sábado 19 al atardecer hasta el domingo 20 al atardecer.