En la última sesión extraordinaria del año, la Legislatura aprobó el traslado del Tiro Federal Argentino (TFA) y la construcción del “Parque de la Innovación” en el predio de Núñez que ocupó históricamente el club. La decisión fue sancionada con 46 votos a favor y 12 en contra, e implica que el tradicional TFA será trasladado a un predio de 16 hectáreas de terrenos ganados al Río de la Plata. El cuerpo legislativo, además, dio luz verde a un proyecto del Ejecutivo local para crear el “Distrito Área Costera” y el “Distrito Joven-Costanera Norte”, también frente al río y como espacio para “esparcimiento, polo gastronómico y turístico”, y a un incremento de ausentes posibles en el sistema de faltas justificadas para alumnos que hayan sido padres.

El traslado del club de Núñez se traducirá, además de en su emplazamiento en un nuevo espacio geográfico, en un cambio del nombre, que en adelante será Centro Deportivo de Tiro de la Ciudad. Las nuevas instalaciones serán construidas por el Gobierno porteño, que cederá a la entidad el usufructo por 75 años a la Asociación Civil Tiro Federal Argentino y, a la vez, mantendrá por igual cantidad de años el uso de la sede social histórica, las instalaciones y el parque ubicados en el predio de avenida del Libertador y Udaondo. El nuevo predio se encuentra en terrenos ganados al río, entre el Parque de los Niños y los clubes náuticos, sobre la desembocadura del arroyo Medrano.

Una ley anterior había desafectado del dominio público los terrenos que utiliza el TFA desde hace 150 años, y que fueron divididos en tres polígonos: el primero de 3 hectáreas, donde funciona la sede histórica de la asociación –con parque, pileta y canchas de tenis–; y otras dos parcelas de 13 hectáreas que se venderán para proyectos edilicios. De acuerdo con el proyecto impulsado por el Ejecutivo porteño, y defendido en la sesión por el legislador Andy Freire, lo obtenido de la venta se destinará a financiar el Parque de la Innovación, el Centro Metropolitano Audiovisual (CMA) y la urbanización de las villas 30 y 31.

En tanto, el proyecto para crear el “Distrito Área Costera” y el “Distrito Joven-Costanera Norte” fue aprobado por 40 votos a favor y 19 en contra de establecer un área de la franja de la costa del río, a la altura del Aeroparque, para conformar “una unidad de esparcimiento, polo gastronómico y turístico de escala metropolitana, con espacios verdes de uso público, de valor histórico-tradicional y ambiental”. De acuerdo con la iniciativa, “en la actualidad, los espacios públicos del borde ribereño carecen de calidad y sentido de unidad”, por lo que la iniciativa establece “el desarrollo de un plan que contemple el Área Costera del Río de la Plata en toda su extensión, aprovechando los espacios verdes que existen y mejorando su accesibilidad peatonal y las vías de transporte público”.

En la sesión, el cuerpo aprobó por unanimidad una iniciativa que reforma la normativa vigente sobre asistencia escolar para alumnos del distrito que hayan sido padres: tanto para quienes concurran a escuelas públicas como para quienes concurran a establecimientos privados, la cantidad de faltas justificadas se incrementó de 5 a 30 días, que pueden distribuirse antes o después del nacimiento del niño. La nueva ley modifica el “Régimen especial de inasistencias para alumnas embarazadas y alumnos en condición de paternidad que cursen en instituciones públicas o privadas” porteñas”, establecido por la ley 709, de 2001. Aquella norma sostenía un sistema diferencial para varones y mujeres, según el cual las alumnas embarazadas accedían a un plazo máximo de inasistencias justificadas, continuas o fraccionadas, no computables a los fines de la reincorporación, de 45 días, mientras que los alumnos que acreditaban su paternidad disponían de 5 días.

Con la nueva ley, se eleva a 30 la cantidad de ausentes que podrán tener los alumnos varones padres y también se agregan 15 días en situaciones excepcionales para ambos padres, como embarazo riesgoso o nacimiento con discapacidad.  Las faltas otorgadas podrán “ser utilizadas antes o después del parto, continuas o fraccionadas, no computables a los fines de la reincorporación”. El régimen será aplicable a solicitud del alumno y la alumna, quien debe presentar certificado médico que acredite el estado y período de gestación en caso de embarazo o partida de nacimiento del hijo o hija.