La modificación del cálculo de los beneficios previsionales constituye un verdadero retroceso histórico en materia de derechos sociales. En primer lugar, la movilidad seguirá la inflación anulando el efecto virtuoso de la sancionada en 2009. Por otro lado, la ley recientemente aprobada en Diputados afectará la situación futura de los actuales activos, ya que se altera de forma regresiva el cálculo del haber inicial correspondiente al ingreso al sistema jubilatorio. En tercer lugar, se sienta un peligroso antecedente que puede derivar en un cambio en los parámetros actuales, al flexibilizar la edad mínima a partir de la cual el empleador puede demandar al trabajador que cese en sus funciones. El huevo de la serpiente es la falacia del 82 por ciento móvil. Más allá de la consigna vacía de contenido, la capilaridad real de esta tasa de reemplazo es sumamente restringida, al punto de que será marginal la cantidad de jubilados que logren una mejora sustantiva por ese coeficiente.
La conveniencia de la anterior movilidad estaba en el hecho de que participaba al jubilado en la mejora de la actividad general. Esto no es solo recomponer poder adquisitivo recuperando capacidad de compra del adulto mayor. Cuando se contrasta la trayectoria de las series de precios, en función a cualquier índice de inflación aceptado, se encuentra una sustancial mejora en el poder adquisitivo para el período de vigencia de esa movilidad. Utilizando el IPC de la consultora de Miguel Bein en el segmento 2009-2015 resulta un avance en el ingreso real de los trabajadores pasivos del 52 por ciento. Esto se explica por una inflación acumulada del 343 por ciento en comparación a haberes que aumentaron 523 por ciento en igual período. Si bien la inflación de 2016 erosionó la mejora en el poder adquisitivo de los haberes, el análisis “punta a punta”, seguía siendo positivo en este año. El crecimiento acumulado de haberes por sobre inflación era cercano al 35 por ciento a mitad del corriente año.
La modificación de la fórmula echa por tierra este principal efecto deseable. El trasfondo del cambio dista de ser inocente. Ocurre que, en el marco de la Ley de Reforma Laboral que el Gobierno pretende aprobar, se incorpora un ambicioso blanqueo sobre trabajadores no registrados. En un escenario posible donde, en los próximos meses, los recursos de la seguridad social se incrementen considerablemente producto de esta regularización laboral, esto hubiera redundado en una presión al alza sobre la fórmula de movilidad, en mayor proporción que la inflación. La intencionalidad es clara: utilizar los recursos de la seguridad social como válvula de equilibrio del esquema fiscal.
En ese mismo sentido, la reforma previsional se debe entender como una parte de un todo integral donde el Ejecutivo pretende simultáneamente llevar adelante una reforma impositiva en todos los niveles de gobierno y compensar a las provincias por la baja en la recaudación. La única variable de ajuste para que no se descompense el escenario fiscal puede ser el conjunto de beneficios de la seguridad social. En el agregado, se trata de una transferencia de recursos de entre 85.000 y 100.000 millones de pesos.
Lejos de explicarse por un rapto de originalidad del mejor equipo de los últimos 50 años, estas transformaciones sobre el sistema se desprenden de un pedido expreso del Fondo Monetario Internacional. En su informe de evaluación anual de noviembre de 2016, en el marco del artículo IV, el organismo argumentó explícitamente sobre la necesidad de modificar la fórmula de movilidad: “los beneficios jubilatorios están vinculados al crecimiento salarial y la recaudación de la Anses por aportes y contribuciones. Esta fórmula provoca que los beneficios se incrementen a tasas superiores al índice de inflación (…). Indexar los beneficios de acuerdo a la inflación, desde 2019 en adelante, reduciría el déficit actual en alrededor de 20 puntos porcentuales del PIB”.
Lo peor aún no llegó. Los otros dos “consejos” del FMI también tienen consecuencias nocivas para el bienestar de jubilados y pensionados. El primero, apunta a reducir la tasa de sustitución –relación entre el ingreso laboral activo y el haber pasivo– que en Argentina se posiciona en el 60 por ciento promedio. Parte de esa recomendación ya será aplicada a partir de la ley aprobada. En su artículo tercero define que la Anses calculará el haber inicial de los futuros jubilados a partir de un índice distinto al actual, lo que redundará en una actualización casi 40 por ciento menor de los últimos salarios.
El último aspecto marcado por el FMI tiene que ver con el pedido de aumentar la edad de jubilación de las mujeres. Como se sabe, la falsa “reparación histórica” fue el primer mojón en este sentido, ya que la Pensión Universal para el Adulto Mayor se fijó en 65 años, tanto para hombres como mujeres. Cabe recordar que esta futura Ley es sólo el mascarón de proa de la reforma previsional integral, en función a los parámetros que consigne la comisión creada en 2016 bajo la órbita del Ministerio de Trabajo.
Un párrafo aparte merece la técnica legislativa de formulación de la reforma previsional. Al igual que ocurrió con la Ley de “reparación histórica”, la modificación del sistema de ART y la participación público-privada, entre otras, el modus operandi de Cambiemos es la inclusión de algún artículo aparentemente auspicioso, con el propósito de hacer más digerible el ajuste o desviar el foco de atención. La reforma previsional no es la excepción, ya que se incorpora el restrictivo beneficio del 82 por ciento móvil sobre la jubilación mínima, a ser aplicado tan sólo sobre el 10 por ciento de jubilados que cobran la mínima y cumplimentan los 30 años de aportes efectivos. Este recurso no fue más que un señuelo para salvar el derrotero argumental de los legisladores oficialistas que defendieron el proyecto en el recinto.
Por un lado, como diversos analistas ya han indicado, la jubilación mínima en la actualidad ya está virtualmente al borde del simbólico 82 por ciento móvil. El incremento real que garantizaría la inclusión de este artículo sería de 19 pesos. Pero un aspecto no menor se vincula con el concepto mismo de movilidad atada a la evolución de un ingreso. La tasa de sustitución, técnicamente, se concibe en relación a las remuneraciones del trabajador durante su vida activa, con lo cual la movilidad, en todo caso, tiene que ver con el virtuosismo del proceso de puja salarial. En cambio, el atamiento propuesto respecto del salario mínimo, vital y móvil está sujeto a la voluntad del Poder Ejecutivo.
El resultado de las dos últimas rondas anuales de negociación del Consejo del SMVM fue un deterioro acumulado de entre 7 y 10 puntos porcentuales. Esto muestra que el 82 por ciento móvil se aplicará sobre un concepto muy devaluado. Con todo, la transferencia positiva de ingresos subyacente al 82 por ciento móvil se estima en alrededor de 1200 millones de pesos, monto que representa poco más de 2 por ciento de los 60.000 millones de pesos que el conjunto de jubilados perderá por la aplicación de la nueva fórmula.
El ajuste a costa de los jubilados ya está en marcha. En la anécdota quedará esa insólita burla que integraba el proyecto original, el cual adicionaba un incremental de 50 centavos por cada punto de crecimiento de la economía y cada 1000 pesos de haber jubilatorio. Con el trascurso de los días y el paso de comedia de las ínfimas modificaciones que se agregaron con el propósito de obtener dictamen de comisión, la impresión que queda es que estas aparentes incongruencias son técnicas distractoras para desviar la discusión de fondo, relativa al desmantelamiento de derechos adquiridos en el marco de la seguridad social.
La primera avanzada para allanar el terreno está dada por la habilitación “voluntaria” para que el trabajador permanezca en el puesto hasta los 70 años. Se sabe que, en un contexto de tendencia declinante de la relación entre ingresos activos y pasivos, junto con desocupación creciente, la tentación para no salirse del mercado laboral puede ser grande, constituyendo un antecedente insoslayable para una futura obligatoriedad generalizada. Uno por uno se tiran por la borda los aspectos más positivos del actual sistema, no existiendo un solo aspecto favorables y significativo que atenúe en el largo plazo los efectos perniciosos de esta verdadera regresión previsional
* Director de la Licenciatura en Economía Undav. Integrante del colectivo de Economía Política para la Argentina (EPPA).