La Corte Suprema le puso punto final a la causa por la apropiación ilegal de Papel Prensa al confirmar los sobreseimientos de Héctor Magnetto, CEO del Grupo Clarín, y de Bartolomé Mitre, directivo del diario La Nación. El máximo tribunal eligió no tratar el tema de fondo y declaró “inadmisible” el recurso extraordinario presentado por Lidia Papaleo, sobreviviente del circuito Camps y viuda de David Graiver, dueño de Papel Prensa hasta el 7 de agosto de 1976, cuando murió en un accidente aéreo.
Hace casi un año el juez Julián Ercolini decidía el sobreseimiento en primera instancia para Magnetto, Mitre y Ernestina Herrera de Noble, una de las propietarias del multimedio, fallecida en junio de este año. Los tres estaban acusados por el “desapoderamiento extorsivo” de la empresa Papel Prensa a la familia Graiver durante la última dictadura.
Ercolini, que demoró la causa durante cinco años y rechazó llamar a declaración indagatoria a Magnetto, Noble y Mitre, entendió que la venta de la principal productora de papel a los diarios La Nación, Clarín y La Razón no se realizó a precio vil y que no hubo vínculo entre esa operación y los delitos de lesa humanidad sufridos por familiares y allegados a Graiver. En cambio, vinculó las “coacciones, intimidaciones y amenazas” que recibieron hasta ese momento a “deudas previas o por relaciones entre el grupo empresario y la agrupación Montoneros”.
En mayo de este año la Sala I de la Cámara Federal porteña confirmó los sobreseimientos y, a pesar de considerar acreditada la persecución a la familia Graiver para vender las acciones de la empresa, no consideró responsables de la apropiación a los empresarios de Clarín y La Nación, los grandes beneficiarios de esa operación.
Ante la decisión de no apelar tomada por la Secretaría de Derechos Humanos al mando de Claudio Avruj, sumada a la postura del fiscal ante la Cámara Federal, Germán Moldes, de desistir del recurso de apelación, la querella de Lidia Papaleo apeló ante Casación. Esa instancia desestimó el recurso, dejando como última opción recurrir en queja a la Corte Suprema.
Al igual que Casación, la Corte también eligió no tratar el planteo. En una resolución de una carilla con las firmas del presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda, el máximo tribunal declaró “inadmisible” la apelación y se escudó en el artículo 280 del Código Procesal, Civil y Comercial que la habilita a no dar tratamiento a un recurso extraordinario “por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”. De esta manera, con una resolución de solo una carilla y sin tocar el tema de fondo, confirmó la impunidad para uno de los casos emblemáticos de la complicidad civil con los crímenes de la dictadura.