La paridad de género en ámbitos de representación política fue publicada en el Boletín Oficial, el 15 de diciembre del 2017. La norma, aprobada en el Congreso de la Nación el 22 de noviembre del año pasado, establece que las listas de candidatos/as que se presenten para la elección de senadores/as y diputadas/os nacionales y parlamentarias/os del Mercosur deben intercalar a mujeres y varones desde el primer candidato titular hasta la última suplente. Ninguna lista que no cumpla con la paridad de género va a poder ser oficializada en los futuros comicios.
Paula Bertol, Secretaria de Relaciones parlamentarias y administración de la Jefatura de Gabinete y recientemente nombrada Embajadora argentina ante la Organización de Estados Americanos (OEA) recalca: “Más allá de la capacidad, el trabajo y el esfuerzo, si no hubiera sido por la ley de cupo, tal vez hoy no estaría ocupando el lugar que ocupo dentro de la función pública. Así que soy una defensora de medidas como la paridad de género. Son importantes las políticas que buscan garantizar la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres”.
En 1991, en Argentina, se votó la ley de cupo femenino (24.012) que fue pionera en América Latina y fruto de la unión multipartidaria de mujeres y que estableció un piso del treinta por ciento de legisladoras y senadoras. El cupo fue esencial para el impulso de mujeres en la actividad pública y para la discusión y aprobación de leyes con una agenda de género sustancial que implicó la aprobación de la anticoncepción gratuita, la lucha contra la trata, la sanción de la violencia de género, la obligación de la educación sexual integral, entre otras medidas. La apuesta por la paridad sube la vara de la participación política de mujeres y trans.