Amnistía Internacional, el CELS y Abogados del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales (Andhes) recordaron ayer que “Milagro Sala fue detenida en una causa promovida para criminalizar las protestas que lideraba” y que desde hace dos años “permanece privada de la libertad de manera arbitraria, en contra de lo indicado por las instancias más importantes del sistema internacional de protección de los derechos humanos”. La detención de la dirigente de la Túpac Amaru, de la que se cumplieron dos años, “continúa siendo violatoria del principio de inocencia, del principio de legalidad, del derecho de defensa en juicio, de la cosa juzgada y de la prohibición de ser investigado por comisiones ad hoc”, enumeraron.

El comunicado conjunto de tres de las organizaciones que litigan a nivel nacional e internacional ante las violaciones a los derechos humanos del Estado argentino se titula “Milagro Sala: dos años de detención arbitraria” y repasa los principales hitos en el derrotero de la militante jujeña. Arranca por su detención el 16 de enero de 2016 “por haber participado de un acampe frente a la casa de gobierno de Jujuy”, una causa penal “iniciada por el ejercicio del derecho a la protesta”. En octubre de ese año el Grupo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas constató que desde la asunción de Mauricio Macri como presidente y Gerardo Morales como gobernador “hubo un entramado de ‘acusaciones consecutivas’, un despliegue de causas judiciales y un contexto de vulneración de la independencia judicial destinados a sostener la privación de libertad de manera indefinida”.

En julio del año pasado la Comisión Interamericana (CIDH) le ordenó al Estado “que adopte medidas alternativas como el arresto domiciliario debido a que estaba en riesgo su integridad personal”. El 3 de noviembre, como el Estado incumplió esa decisión, la CIDH dio intervención a la Corte Interamericana, que el 27 de noviembre ordenó adoptar de manera inmediata las “medidas de protección que sean necesarias” para garantizar la vida, integridad personal y salud de Sala. El tribunal agregó que, de prolongarse la prisión preventiva, el Estado debe implementar el arresto domiciliario en su casa o cualquier otra medida “aún menos restrictiva de sus derechos, como una tobillera o la retención de su pasaporte”. Finalmente, en diciembre de 2017, la Corte Suprema de Justicia “determinó que el Poder Judicial de Jujuy debía cumplir la resolución de la Corte IDH y disponer el arresto domiciliario de Milagro o cualquier otra medida menos restrictiva de sus derechos”.

Pero nada detuvo a Morales. El 15 de diciembre Sala fue trasladada otra vez a la casa del dique La Ciénaga, donde “cumple un arresto domiciliario cuyas características se asimilan a las condiciones de detención en la prisión de Alto Comedero y no cumplen lo establecido por la medida provisional de la Corte IDH”, recordaron Amnistía, el CELS y Andhes. “Actualmente la dirigente social sigue detenida preventivamente y esto viola las garantías del debido proceso y su presunción de inocencia”, recordaron.

El 4 de enero la sala penal del Superior Tribunal de Feria resolvió la prórroga extraordinaria de la prisión preventiva por un año más, justo cuando “estaba por cumplirse el plazo máximo de dos años dispuesto por ley para este tipo de medidas privativas de la libertad”, apuntaron. “Esta decisión se tomó a pesar de que, como ha dicho el Grupo de Trabajo de la ONU, en ninguna de las causas penales en su contra las autoridades pudieron justificar adecuadamente que es necesario mantener presa a Sala porque existe peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación”, remarcaron.