La sola mención de las cifras da cuenta del magro balance a favor del fallo en el juicio oral por la llamada Masacre de Magdalena. En el hecho ocurrido el 16 de octubre de 2005 en la Unidad 28 de esa localidad  murieron 33 detenidos en medio de un incendio atroz, sin poder escapar de las celdas, convertidas en trampa mortal. Los familiares y las organizaciones que reclaman justicia tuvieron que esperar más de 12 años para la realización de la audiencia oral. Al juicio llegaron como acusados 17 miembros del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), de los cuales 14 fueron absueltos y apenas tres condenados, en un caso por “homicidio culposo”, un cargo menor, y sólo dos por “abandono de persona seguido de muerte”, que fue lo que ocurrió porque el escenario estaba montado en forma previa para que se escribiera la trágica historia. El 9 de marzo se conocerán los fundamentos del fallo del Tribunal Oral 5 de La Plata y el monto de las penas para los únicos tres condenados. Los querellantes señalaron que, una vez más, quedó sin ser juzgada la responsabilidad del poder político (ver aparte). 

Las penalidades recayeron sobre el entonces director de la Unidad Penitenciaria 28 de Magdalena, Daniel Oscar Tejeda, quien fue acusado por la Fiscalía por “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”, y sobre el secretario del penal, Raimundo Fernández, y el oficial Rubén Montes de Oca. La fiscal Florencia Budiño pidió 15 años de prisión para Fernández y 10 años para Montes de Oca. Por su parte, la querella integrada por los abogados Agustina Lloret y Mariano Lanziano del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Margarita Jarque, de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y Sofía Caravelos del Colectivo de Investigación y Acción Judicial (CIAJ), pidieron penas para todos los involucrados en el proceso judicial.  

Caravelos, del CIAJ, en nombre de la querella, dijo al final de la audiencia de ayer que el primer punto es que se trata de “una sentencia tardía” cuando “un caso de violencia institucional, para que pueda ser saneado en términos de reparación social no puede llegar 12 años después”. La llegada a juicio se postergó porque hubo “muchos intentos del SPB de evitar que fueran acusados los agentes que estuvieron esa noche en el penal”. Sobre el fallo, señaló que “absolvieron a la mayoría de los que participaron en la represión previa al incendio” que provocó la muerte de los 33 detenidos, por asfixia o calcinados. 

“Nos sorprende la sentencia porque en el juicio efectivamente se probó cuál fue la responsabilidad que le cupo a cada uno de los penitenciarios y sin embargo nos encontramos con una absolución”. La querellante manifestó que además “los fundamentos se van a conocer dentro de un mes porque nosotros caímos en la trampa de aceptar ese plazo, creyendo que íbamos a tener un fallo condenatorio ejemplar”. Estimó que los jueces se van a tomar este tiempo “para explicar absoluciones cuando hubo 33 muertes” y anunció que apelarán la sentencia. 

Por su parte, la CPM criticó la sentencia señalando que “el Estado mata y la Justicia absuelve”. Lamentó la decisión de los jueces, que no tomaron en cuenta lo que viven “las familias y las personas que todavía hoy padecen los crímenes que diariamente se cometen en el sistema de encierro en la provincia de Buenos Aires, porque una vez más se consagró la impunidad”.

La CPM recordó que la noche de la tragedia 33 jóvenes, de un total de 60 que estaban en la unidad penal 28 de Magdalena la noche del 16 de octubre de 2005 “fueron encerrados en un pabellón en llamas para que murieran”. Concidieron en que en el juicio se comprobó que está “debidamente probada la responsabilidad de los agentes penitenciarios por acción y omisión”. La CPM aseguró que “los funcionarios encargados de la seguridad y el cuidado incumplieron sus deberes” y además señaló que “en todos estos años las condiciones que hicieron posible la masacre de Magdalena sólo han emporado, y el poder político no tuvo ninguna iniciativa para revertirlas.

En la audiencia se demostró que las bombas que debían proveer de agua para apagar el fuego no funcionaban hacía meses, que los matafuegos estaban sin carga por una decisión administrativa, que no existían planes de contingencia ni elementos de seguridad adecuados frente a un incendio.

Todo eso, precisamente, hacía esperar “un fallo ejemplar, pero, una vez más, la Justicia consagró la impunidad y convalidó el grave deterioro de las condiciones en que se encuentra el sistema de encierro en la provincia, y los padecimientos y vulneración de derechos a que son sometidos cotidianamente las personas que permanecen allí alojadas”.