La Justicia Nacional de la Ciudad de Buenos Aires obligó, en un fallo sin precedentes, a una mujer a realizar 150 horas de tareas comunitarias por “calumniar e injuriar” a un hombre a través de las redes sociales. La decisión judicial se convirtió en un caso testigo para resolver los agravios entre particulares cuando son difundidos en medios masivos.
La causa se inició el 3 de mayo con una presentación por parte de Marcelo Frydlewsky, quien se sintió “agraviado” a raíz de una serie de tuits publicados por Mónica Lang.
El delito por calumnias e injurias está tipificado en los artículo 109 y 110 del Código Penal, pero nunca había sido aplicado en la Argentina para agravios vertidos en las redes sociales.
Frydlewsky realizó la presentación de la acción penal a través de su abogado Jorge Monastersky, quien explicó que “de ahora en más los tuits con agravios no serán gratuitos”. “Se consiguió poner un límite y de ahora en más, decir cualquier cosa en las redes va a ser castigado”, precisó el abogado.
Daniel Monastersky, especialista en derecho informático del mismo estudio, aseguró que estos delitos “no son difíciles de demostrar pero pocas veces se denuncian. Lo original y positivo de esta resolución es que muchas personas se den cuenta de que sí pueden hacerlo y de que hay un fallo de la Justicia que los apoya. Es importante porque hoy en día sos quien Google dice que sos”.
En noviembre pasado, según dijo, se celebró la audiencia de conciliación prevista para este tipo de delitos y en la oportunidad la querella solicitó a Lang que publique una retractación por tres días en dos diarios de circulación nacional. El querellante también exigió el pago de una suma importante de dinero y aseguró que lo donaría a una entidad de bien público. Lang “contestó que no tenía los medios para afrontar dicha suma” y a partir de esa situación la querella solicitó al juez del Tribunal Oral Criminal 22, Ángel Gabriel Nardiello, que la mujer realice 150 horas de tareas comunitarias en una entidad de bien público.
En la audiencia “se hizo alusión que hay que tomar conciencia de que acusar falsamente en las redes sociales, en este caso Twitter, a una persona de la comisión de un delito, es un hecho grave que causa un gran daño en lo personal y profesional a esa persona y que la Justicia no puede permitir que estos hechos no tengan consecuencias”, señaló el abogado.
Nardiello sobreseyó a la imputada de un castigo económico, pero le impuso 150 horas de tareas comunitarias en un Centro Caritas y le exigió publicar la parte resolutiva de la sentencia durante tres días seguidos en dos diarios de circulación nacional.
Para Monastersky, el fallo fijó “un antes y un después en la jurisprudencia de Argentina, lo que deja claro que si acusas a una persona escondiéndote en las redes sociales no es más gratis, tendrás que pagar y/o en su defecto trabajar para mínimamente reparar el daño ocasionado”. En este caso la Justicia imputó a Lang haber lesionado el honor de Frydlewsky “a raíz de los comentarios publicados en la red social Twitter el 22 de febrero de 2017 bajo la cuenta EVAargentina20”.
Según un relevamiento realizado por la ONG Defendamos la Argentina, cada mes se inician en el país un número estimado de 180 causas penales originadas en el intercambio de información, datos filiatorios, fotografías y videos en las redes sociales. La entidad precisó que cada día se producen al menos seis ataques en Facebook en el ámbito de la Argentina, con delitos que terminan en la Justicia criminal o correccional o en la civil y comercial, lo que totaliza más de 180 casos al mes.