Desde 1922 el Código Penal establece aborto legal por las siguientes causales: peligro para la vida, peligro para la salud y violación. Sin embargo, el acceso a estos abortos ha sido prácticamente nulo y persisten barreras de acceso .
Actualmente 15 provincias y la ciudad de Buenos Aires cuentan con protocolos para realizar un aborto legal por causales. Sin embargo, no todos establecen estándares y procedimientos para una atención de salud segura, de calidad y oportuna.
Diez jurisdicciones tienen protocolos que se adecuan a los estándares fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el Fallo FAL de 2012 (Nación, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego). Siete jurisdicciones tienen protocolos que imponen requisitos por fuera de los estándares que fija la Corte (CABA –suspendido parcialmente por orden judicial–, Córdoba –suspendido parcialmente por orden judicial–, La Pampa, Neuquén, provincia de Buenos Aires, Río Negro y Salta). Ocho jurisdicciones aún no tienen protocolos ni han adherido al protocolo del Ministerio de Salud (Catamarca, Corrientes, Formosa, Mendoza, San Juan, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán).
Fuente: “Las cifras del aborto en la Argentina”, elaborado por el Cedes, ELA y Redaas.