Lun 20.05.2002

PLáSTICA  › PROYECTO PARA COMBATIR LOS DELITOS INFORMATICOS

Contra los hackers criollos

La iniciativa, redactada por el Ministerio de Justicia y la Procuración, castiga la intrusión en sistemas informáticos, los ataques con virus y la violación de correo electrónico.

Las intrusiones cometidas por hackers o los ataques con virus informáticos, hasta hoy sin castigo en la Argentina, van camino a convertirse en figuras del Código Penal. Un proyecto en ese sentido, elaborado en forma conjunta por el Ministerio de Justicia y la Procuración General de la Nación, está ya en el Congreso, a la espera de tratamiento legislativo. La iniciativa apunta a equiparar los delitos cometidos a través de Internet, tales como alteraciones de datos, comisión de estafas, o violación de correos electrónicos privados, con figuras penales ya existentes. También prevé castigar con prisión de un mes a dos años el acceso ilegítimo a un sistema informático, aunque el hacker no cometa perjuicio alguno.
El proyecto fue presentado después de que la Corte Suprema de Justicia reclamara ante el Ejecutivo la sanción de una ley que castigue las intrusiones en Internet. Lo hizo después de que un juez federal absolviera a un grupo de hackers, los X-Team, acusados de atacar la página oficial de la Corte, en la que aparecieron inscriptas leyendas tales como “Yo maté a Cabezas, yo dejé que los militares asesinos anden sueltos, yo voy a dejar que tu hijo se muera de hambre”, entre otras.
Más allá de que las frases podrían ser suscriptas por cualquiera de los que manifestaron contra la Corte, la ausencia de una normativa específica convierte en impune cualquier intrusión en sitios públicos y privados, con riesgo para los datos almacenados. Lo dijo claramente el juez federal Sergio Torres al absolver a los acusados en esa causa: el Código Penal, tal como está redactado, sólo protege a personas, cosa o bienes pero no elementos inmateriales como las páginas de Internet.
La existencia de una ley no evita la intrusión, como lo demuestran los casos ocurridos en los Estados Unidos o en países europeos, donde desde hace años rigen penas contra los hackers. Se trata, en todo caso, de llenar un vacío legal que “ya completaron otros países latinoamericanos, como Chile o Brasil”, apunta el abogado Marcos Salt, asesor del Ministerio de Justicia y miembro de la comisión mixta redactora del proyecto.
“Para elaborarlo, se pasó revista a todo el Código Penal y se actualizaron todos los capítulos que quedaron retrasados en lo tecnológico”, dijo a Página/12 el fiscal general ante la Cámara del Crimen, Ricardo Sáenz, quien también integró la comisión redactora. “Hemos tomado en cuenta los avances legislativos producidos en los países más adelantados”, agregó Salt.
La comisión mixta, integrada por cinco miembros, elaboró un proyecto de catorce artículos cuya síntesis es la siguiente:
u Se incluye en la figura de daño (hasta ahora contemplada sólo para proteger para personas, animales o bienes) a los datos o programas contenidos en soportes magnéticos, electrónicos o informáticos. Se impondrá prisión de un mes a dos años a quien destruya, borre o altere esa información.
u En el capítulo destinado a estafas y otras defraudaciones, se incluye a los que introduzcan datos falsos o produzcan alteraciones mediante manipulación informática, para producir un perjuicio patrimonial a terceros. La pena será de un mes a seis años de prisión.
u Prisión de un mes a cuatro años al que destruya o sustraiga documentación destinada a servir de prueba contenida en soportes informáticos.
u Seis meses a dos años de prisión al que interrumpa o entorpezca comunicaciones electrónicas o informáticas.
u Un mes a un año de prisión al que acceda en forma ilegítima a un sistema informático ajeno o de acceso restringido. El máximo se eleva a dos años cuando el sistema pertenezca a un organismo oficial o a una entidad bancaria o financiera.
u Un mes a dos años de prisión, más inhabilitación hasta cuatro años, al funcionario que revele datos contenidos en soportes informáticos que por ley deben ser secretos.
u Un mes a dos años de prisión al que acceda, sin conocimiento del damnificado, a conversaciones, mensajes, imágenes, correos electrónicos o documentos digitales. Esta modificación puede despertar debates y polémicas, dado que podría castigar la realización de cámaras ocultas con fines periodísticos. “Esto puede ser discutido y mejorado por los legisladores”, aclaró el fiscal Sáenz.
Este no es el primer proyecto que llega al Congreso: desde hace años, las iniciativas para actualizar la legislación se van perdiendo ante otras urgencias, vinculadas a la coyuntura económica o la inseguridad ciudadana.

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