El interés económico general, consistente en poder adquirir el mejor producto posible al mejor precio, es el objetivo de la Defensa de la Competencia. Así que la mejor forma de proteger a los consumidores es aferrarse a ello, montando una estructura judicial especializada autónoma, para sancionar duramente las conductas que distorsionen los mercados. Además, eso conlleva la seguridad jurídica que reclaman los inversores y asegura la sustentabilidad de los logros, algo que el gobierno actual no conseguirá concertando directamente con los formadores de precios. Entonces, como se vuelve a hablar de la aplicación de los resabios vigentes de la derogada Ley de Abastecimiento en rubros monopólicos –combustibles, medicina prepaga, etc.–, lo que es persistir en un grave error, yo reitero que el único camino es aplicar la Ley de Defensa de la Competencia vigente, Nº 25.156. Pero también poner en funcionamiento, de una vez por todas, el Tribunal Nacional Autárquico de la materia, creado por ella para su aplicación. Pese a la suerte de que importantes medios ya me hayan publicado decenas de cartas con esta prédica, todas han sido ladridos a la Luna y el resultado está a la vista.
Dardo Marchesini
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