Lun 04.08.2008

ECONOMíA  › IMPUESTO A LA RENTA FINANCIERA

Una de rentistas y especuladores

El Gobierno anunció la semana pasada que comenzará a cobrarles el impuesto a las Ganancias a los fideicomisos financieros. Dos especialistas coinciden en la necesidad de ampliar esa política que grava la especulación.

Precisar objetivos

Por Alejandro Otero *

Preguntan: “¿Hay que gravar la renta financiera?”. Nuestra respuesta es: “Por supuesto”. Preguntan: “¿Por qué hay que gravar la renta financiera?”. Nuestra respuesta: “Por una razón de estricta justicia. No parece razonable y enoja que mientras otros ingresos están alcanzados, tal como sucede con los del trabajo personal, la renta financiera permanezca indemne”. Preguntan: “¿Por qué en nuestro país la renta financiera no está gravada?”. Nuestra respuesta: “El problema no es que no esté gravada, sino cómo está gravada”. En efecto, en nuestro país la renta financiera (intereses, dividendos, títulos públicos, etc.), tiene un tratamiento complejo y no uniforme. No puede afirmarse que la renta financiera no esté gravada. Por ejemplo, los intereses de depósitos a plazo están gravados por el impuesto a las ganancias en cabeza de las empresas. Y no lo están para personas físicas. Algo parecido sucede con los Títulos Públicos. Los dividendos están exentos, pero las empresas están gravadas por sus utilidades a la tasa máxima del 35 por ciento.

De modo que la cuestión es compleja. Y en la medida en que la economía se ha globalizado y las opciones financieras crecen, más. Ahora bien, desde una perspectiva más general, la cuestión de gravar la renta financiera debe ser considerada en el marco de los objetivos estratégicos buscados por la política económica y tributaria. En otros términos, para introducir un tratamiento tributario novedoso (sobre renta financiera o cualquier otro) es recomendable tener en claro qué se quiere lograr, además de mejorar la recaudación.

El tratamiento laxo que le cupo a la renta financiera fue coherente con el régimen de acumulación impuesto por la dictadura. De hecho ahí se inicia una larga contrarreforma tributaria. Esa contrarreforma, ligada al cambio en la correlación de fuerzas en la sociedad argentina, mantuvo el trato generoso a la renta financiera y a las ganancias de capital, amplió y aumentó el alcance del IVA y eliminó el impuesto a la herencia, entre otras medidas semejantes que nos legaron un esquema tributario muy regresivo. El caso de la renta financiera fue tan marcado, que incluso a nivel provincial logró liberarse del impuesto sobre los ingresos brutos. Recientemente, Uruguay ha dado un paso histórico en materia de reforma tributaria. La novedad no es menor y generó fuertes tensiones. Al tratar la renta financiera, se buscó evitar convertir al país en un paraíso fiscal, pero sin desalentar la histórica y estratégica capacidad de captar ahorro externo que lo caracteriza. Así se preservó el secreto bancario y se la gravó en pago único y a tasa preferencial.

La situación de la Argentina debe resolverse atendiendo a sus objetivos estratégicos. En este sentido, conviene precisar cuáles debieran ser los objetivos a alcanzar en una reforma tributaria (sea que se aplique en conjunto o en dosis homeopáticas) y a los cuales el tratamiento de la renta financiera debiera contribuir. Si vamos a aprovechar la nueva situación internacional para consolidar un modelo de desarrollo productivo, diversificado y redistributivo, entonces al repensar el sistema tributario resultará consistente a) favorecer el nacimiento de emprendimientos productivos, b) mejorar la distribución de la riqueza y los ingresos, c) alentar la inversión y d) fortalecer el federalismo fiscal, es decir mejorar la capacidad de autofinanciamiento de las jurisdicciones.

No es poco lo que puede contribuir al logro de estos objetivos la forma en que se grave la renta financiera. Hay que resolver cuestiones técnicas relevantes por sus efectos económicos y de administración. Por ejemplo: ¿las utilidades reinvertidas merecen el mismo tratamiento que las distribuidas? ¿Las distribuidas se gravan en cabeza de quién? ¿Mismo tratamiento para inversores locales y del exterior? ¿Colocaciones de corto y largo plazo se gravan por igual? ¿Los intereses de los depósitos a plazo: todos gravados? ¿Y los fideicomisos? ¿Convendrá impulsar un “blanqueo” junto con un cambio del gravamen sobre las rentas financieras? Sin embargo, la pregunta más relevante es de otro orden. Es política. ¿Cuál es la coalición que es capaz de llevar adelante estos cambios? Esa coalición, se ha visto, no está dada y requiere ser construida, de lo contrario se corre el riesgo de perder en el intento y consolidar la situación actual.

* Presidente Frente Grande Capital.


Tiene coronita

Por Rodrigo López *

En pleno debate por las retenciones móviles los dirigentes de las entidades rurales se pronunciaron sobre lo justo que sería gravar la renta financiera, la cual se encuentra prácticamente exenta en el país. Pero no fue hasta que lo mencionó el Gobierno (a través del ex jefe de Gabinete) que al día siguiente la prensa ligada al establishment económico cubrió el tema con notas reprobatorias, cargadas de expresiones con tonos tajantes e inapelables, como quien quiere dar vuelta de página y cerrar un debate no sea cosa que empiece. Pongamos el dedo y empecemos.

Efectivamente las rentas financieras gozan de numerosos beneficios impositivos: están exentas, es decir, no necesitan evadir ni eludir, porque el propio Estado les concede por ley el sueño burgués de no pagar nunca más los impuestos. Las ganancias derivadas de los intereses de plazos fijos, títulos públicos y acciones no tributan. Tampoco lo hacen ciertas transferencias como la compraventa, la donación ni la herencia. Esto no parece justo en un sistema altamente regresivo, no sólo por el peso de los impuestos indirectos como el IVA, que pagan hasta los indigentes, sino por la inequidad en los impuestos directos donde ciertos asalariados deben pagar “ganancias” (sic), otros trabajadores deben cumplir puntualmente con el monotributo, y otros tantos informales contribuyen al fisco si tienen el infortunio de cobrar con cheque.

Este escenario generoso para la renta financiera no existe en los países centrales, lo que en parte explica que la presión tributaria en dichas sociedades alcance o supere la mitad del PBI. Incluso, en los países vecinos más admirados por los liberales, Brasil y Chile, la renta financiera paga los impuestos que en nuestro país están exentos. En definitiva, el argumento de que los capitales se irían del país en caso de ser gravados nos lleva a preguntarnos a dónde podrían irse. Es más, ni siquiera saldrían de las entidades financieras. A no ser que alguien (muchos) piense(n) que el interés cero en el colchón (apelmazado por una leve inflación) sea una opción más redituable que tener ganancias positivas contribuyendo al fisco.

Desde Keynes (algunos desde Silvio Gesell) sabemos que atesorar no es lo mismo que ahorrar, pero nunca se ha expresado, ni en la teoría ni en la práctica, que dicha decisión se tome a partir de un impuesto. Por lo tanto, también debemos descartar las amenazas de caída del ahorro. Mucho menos afectaría a la inversión, más bien todo lo contrario. En el esquema actual un emprendimiento productivo está en desventaja pues debe pagar ganancias; en cambio, la pasividad rentística y la especulación financiera están fiscalmente premiadas y alentadas. Levantar dichas exenciones canalizaría mayores capitales hacia las inversiones productivas. La expresión “industria financiera” es por demás incorrecta, inventada por Martínez de Hoz y sólo reproducida por ámbitos afines.

¿De cuánto estamos hablando? El sector financiero amplifica la dispar distribución de la riqueza en nuestra sociedad. Los depósitos están altamente concentrados. En plazo fijo en pesos los titulares del sector privado para montos superiores a los 250.000 pesos representan el 1,8 por ciento del total de los certificados, concentrando el 50 por ciento del monto de los depósitos. En dólares, ese tramo representa el 0,5 por ciento y se lleva el 30 por ciento. Gravando los depósitos de más de 250.000 pesos, es decir, dejando exento al 98,2 por ciento de los plazos fijos en pesos y el 99,5 por ciento en dólares se recaudarían 1081 millones de pesos. De sumar acciones, títulos públicos, obligaciones negociables y demás entramados en fideicomisos y fondos de inversión se superarían los 4000 millones de pesos.

La distribución del ingreso es una discusión que la sociedad se debe acostumbrar a dar. El Estado debe revalorizar la contribución que hace la población, sobre todo los sectores populares, es justo hacerles saber lo involucrados que están con el mantenimiento económico del Estado. Del conflicto por las retenciones móviles quedó claro que el poder se hace sentir en sus efectos. La política del Gobierno fue enfrentada por un poder económico que algunos daban por desterrado, gravar al sector financiero requerirá afianzar el poder popular.

* Investigador del Cefid-Ar.

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