ECONOMíA › PROYECTO PARA COMBATIR LA EXPLOTACIóN LABORAL
El Gobierno presentará hoy una iniciativa para erradicar los talleres textiles clandestinos y el abuso de la figura del trabajo a domicilio. Se viene un estatuto doméstico y rural.
› Por David Cufré
La presidenta Cristina Fernández anunciará hoy el envío al Congreso de un proyecto de ley para regular el llamado “trabajo a domicilio”, una figura legal desdibujada que terminó encubriendo graves casos de explotación laboral. El ejemplo más extremo es el de los talleres textiles clandestinos, adonde personas hacinadas trabajan de sol a sol. La iniciativa buscará corregir las inconsistencias legales que terminan habilitando el fraude y la precarización. En la misma línea, a ese proyecto se le sumarán otros dos antes de fin de año para crear un estatuto específico para el empleo doméstico y otro para el trabajo agrario. El objetivo que se fijó el Gobierno con el paquete de leyes es resguardar los derechos de más de dos millones de trabajadores encuadrados en esas actividades, que registran los niveles más altos de informalidad.
La primera de las iniciativas que llegará al Congreso está referida al trabajo a domicilio. La Presidenta tiene previsto adelantar hoy sus lineamientos centrales, durante un acto con trabajadores portuarios en Mar del Plata. La propuesta fue consensuada por la cartera laboral con la cámara de la indumentaria y con los sindicatos del sector. La ley actual ha quedado obsoleta. Fue aprobada en 1941, cuando regían condiciones muy distintas a las que existen hoy. Sirvió para darles un marco a las empresas textiles para que pudieran encargar trabajos a talleristas, que a su vez los delegaban en personas (“costureros”) que los hacían desde sus casas. Con el tiempo, las cosas se fueron desvirtuando y facilitaron situaciones extendidas de precarización laboral.
Lo que ocurre por estos días es que numerosos talleristas son apéndices de grandes compañías textiles, que los utilizan para bajar costos. Esos talleristas ya no encargan las tareas a domicilio, sino que concentran trabajadores en galpones o departamentos en pésimas condiciones y les pagan salarios miserables. El proyecto del Gobierno apunta a clausurar el fraude. Por un lado, avanza en precisiones sobre las características del trabajo a domicilio, que seguirá existiendo, pero con los derechos de las personas que lo desempeñan bien delimitados. Por otro, obliga a los talleristas a declarar su actividad y convierte a las empresas que los contratan en solidariamente responsables de lo que allí ocurra.
El paso siguiente que dará el Gobierno es remitir al Congreso –antes de fin de año– otros proyectos de ley de fuerte relevancia en materia laboral: creará un estatuto para el trabajo doméstico y otro para el empleo rural. A través de ellos fijará los derechos y obligaciones de trabajadores y empleadores. En estos rubros se registran los índices más elevados de contrataciones informales o “en negro”. De acuerdo con una estimación oficial, entre los tres proyectos de ley se atenderá la situación de más de dos millones de personas. “El primer objetivo fue generar empleo para bajar la desocupación. Ahora nos preocupa la calidad de los puestos de trabajo”, indicaron a este diario fuentes oficiales. Los mayores problemas del trabajo a domicilio son los siguientes:
- Se pagan salarios indignos, por debajo de los exigidos legalmente.
- Las jornadas de trabajo exceden lo permitido.
- Se violan normativas de seguridad, higiene y salubridad.
- Grandes fabricantes confeccionan el 80 por ciento de su producción a través de estos talleres clandestinos.
PáginaI12 accedió a los puntos principales del proyecto de trabajo a domicilio, que fija las condiciones para su continuidad:
- Define como trabajador a domicilio a quien realice una actividad en forma habitual en su casa, sin que el empleador efectúe un seguimiento presencial de control de la tarea encomendada.
- El salario será como mínimo igual al de un trabajador de la misma o similar categoría profesional correspondiente al sector de la actividad que se trate.
- Garantiza un descanso anual al trabajador a domicilio y establece que percibirá y gozará de vacaciones proporcionales a los servicios prestados en el año calendario, a razón de un día de vacaciones por cada dos quincenas trabajadas.
- Impone una multa al empresario, intermediario o tallerista que reduzca, suspenda o suprima arbitrariamente la dación de trabajo al obrero a domicilio.
- La empresa principal estará obligada a exigir a los terceros, contratistas o subcontratistas que acrediten documentadamente el cumplimiento de sus obligaciones.
- El incumplimiento de alguno de los requisitos hará responsable solidario al principal junto con los terceros, contratistas o subcontratistas respecto de los trabajadores a domicilio.
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