ECONOMíA › ADECUA DENUNCIA A BANCOS Y OTRAS EMPRESAS COMERCIALES QUE DAN FINANCIAMIENTO
Las entidades financieras les cobran a los deudores seguros de vida con sobreprecios exorbitantes. Es un interés adicional encubierto que encarece el costo financiero total de los préstamos.
› Por Cledis Candelaresi
En representación de los tomadores de préstamos personales y prendarios, incluyendo a los 24 millones de usuarios de tarjetas de crédito del país, la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios (Adecua) se dispone a presentar una medida cautelar para que la Justicia ordene a los bancos cobrar los “valores de mercado” que corresponden a los seguros de vida que cubren los saldos deudores, en lugar de la tarifa que imponen arbitrariamente y que implica un sobrecosto a veces superior al 1000 por ciento para los usuarios. Ese diferencial ya dio lugar a decenas de demandas presentadas por Adecua en tribunales, que implican en conjunto un reclamo total superior a los 3000 millones de pesos, monto que deberían devolver todas las entidades que operan como financieras, incluidas renombradas casas de ventas de electrodomésticos y administradoras de planes de ahorro. El otro paso planeado será denunciarlas ante Defensa de la Competencia por presunta cartelización, ya que todos los dadores de préstamos al consumo coinciden en utilizar aquel ardid recaudador. El tema fue planteado días atrás al secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, a quien desvelan las tasas de interés en constante ascenso.
Tasas y cuotas del seguro de vida están vinculadas. Para Adecua, el sobrecosto de las pólizas no es otra cosa que un interés encubierto que encarece el costo financiero total de los distintos préstamos. Con el agravante de que se configura evasión fiscal, ya que los intereses tributan IVA mientras que los seguros no. La Asociación esparció cerca de cincuenta demandas por varios juzgados civiles y comerciales contra conocidas entidades bancarias y otras empresas comerciales que dan financiamiento (Falabella o Garbarino, entre otras varias). Se trata de una práctica “abusiva” por varias razones, comenzando por la enorme brecha entre el costo real de los seguros de vida (para garantizar el saldo de la deuda) y lo que se les cobra a los deudores.
Una póliza colectiva contratada por el Estado cuesta mensualmente 16 centavos por cada 1000 pesos asegurados, prima que sube hasta 40 centavos para las contrataciones que hacen grandes empresas privadas. Pero los bancos, financieras y demás cargan sobre sus clientes un valor que puede llegar a 99 pesos por mes en las tarjetas de crédito, a 25 en los préstamos personales, a 30 en los préstamos prendarios y a 8,5 pesos en créditos hipotecarios. Sobre esta base, los abogados de la entidad que preside Sandra González hicieron una estimación de cuál es la diferencia de la que se apropian las entidades, teniendo en cuenta que el sobreprecio también difiere según el tipo de préstamo. Así llegan a una estimación oficiosa del perjuicio: 3000 millones de pesos, considerando los préstamos tomados en la última década.
A través de un amparo en preparación, exigirán ahora a los jueces que entienden en las causas que esa deuda deje de engrosarse por la vía de retrotraer el valor de las primas que cobran las financieras al de las tarifas reales. Ese sobrecosto, de hecho una utilidad injustificada, no es la única falencia de la contratación denunciada que, vale destacarlo, ni siquiera es obligatorio hacerla (los seguros de vida sólo son forzosos en el caso de que exista hipoteca o prenda). En los casos bajo estudio tampoco se honra la obligación de buscar a la aseguradora que ofrezca mejor relación prestación-precio: generalmente los bancos contratan a la compañía de su propio grupo, a la que le asignan el grueso de su cartera.
Tampoco se redistribuyen entre los clientes las “utilidades que generan las pólizas”, es decir, la diferencia entre las primas y los siniestros pagados, dinero que queda en las financieras. Estas suelen actuar como “mandatarias” de las aseguradoras, cobrando por ellos honorarios que, según el estudio de campo hecho por Adecua, a veces supera el 90 por ciento de las primas. Esto, sin embargo, no es garantía de que en caso de fallecimiento de un deudor los herederos estén eximidos de pagar el saldo. El oscuro sistema de información hace que ellos muchas veces desconozcan ese dato, que nadie se ocupa en proporcionarles, lo que de hecho habilita un doble cobro.
En valores absolutos, el perjuicio individual es no es mucho, pero el monto global en juego resulta extraordinario y la práctica –técnicamente un “desplazamiento patrimonial”–, como tal, una treta más de las entidades para obtener en cuentagotas, casi inadvertidamente, recursos que legalmente no les corresponden. Informalmente, las entidades admiten que si no “inflan” los gastos, el sistema no cierra. Pero este argumento difícilmente pueda ser utilizado en las contestaciones de demanda que comenzaron a elevar a los tribunales.
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