ECONOMíA › LOS USUARIOS QUE RECHAZARON AUMENTOS SIGUEN AMPARADOS
La Justicia ratificó la decisión legal que impide a las distribuidoras eléctricas cortar el suministro de luz a aquellos usuarios morosos de facturas emitidas en base al nuevo cuadro tarifario. La imposibilidad de que Edenor, Edesur o Edelap les corten la luz a quienes no paguen las boletas con aumentos había sido establecida en primera instancia y ayer la confirmó la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. El tribunal de segunda instancia confirmó además que los usuarios que hayan recibido facturas con aumento deberán realizar un “pago a cuenta” en base al régimen tarifario anterior, hasta que se resuelva la cuestión de fondo planteada en la Justicia, es decir la constitucionalidad de las normas que fijaron el aumento.
La decisión de la Sala V deja en firme una medida cautelar tomada por la jueza de primera instancia Cecilia Madariaga de Negre. Los jueces coincidieron en que los cortes de luz que sufrieron los clientes morosos conforman “una privación absoluta de la prestación de uno de los servicios públicos esenciales, sin el cual los usuarios afectados quedarían sumidos en un situación de verdadera menesterosidad social”.
La medida regirá hasta que se resuelva la cuestión de fondo planteada ante la Justicia, referida a la validez constitucional de los aumentos de tarifas del servicio de energía eléctrica. La decisión fue tomada por los camaristas Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Federico Alemany. Los jueces confirmaron que no podrá haber cortes de luz al explicar que en este tipo de causas lo que debe primar “es la protección del derecho más vulnerable”.
La Cámara deja en claro que “los jueces no resolvieron sobre la validez o no de los aumentos”, y enfatiza que a los “usuarios afectados por los incrementos se les debe permitir que paguen el importe de la factura calculada de acuerdo con el régimen tarifario anterior al dictado de las resoluciones administrativas impugnadas con el carácter de pago a cuenta y hasta tanto se dicte la sentencia definitiva que ponga fin a esta causa”. Esta fue la actitud que tomaron numerosos usuarios cuando recibieron las boletas con aumentos, siguiendo el consejo de entidades de consumidores, pero muchos de ellos padecieron los cortes de luz. Ahora quedan amparados.
La demanda inicial contra el incremento de tarifas la inició la Defensoría del Pueblo de la Nación contra el Ministerio de Planificación y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad por las resoluciones que autorizaron aumentos de tarifas eléctricas y anularon los beneficios para quienes consumieran menos de 1000 kilowatios por bimestre. Desde la Defensoría del Pueblo que denunció incrementos del 110 al 400 por ciento en la facturación eléctrica, señalaron que “seguimos reclamando la anulación de los últimos incrementos”.
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