Mié 10.02.2010

ECONOMíA  › LA JUSTICIA RECHAZO EL RECURSO DE AMPARO DE PINO SOLANAS

Sin aval para frenar el canje

La Justicia rechazó el recurso de amparo presentado por diputados de centroizquierda encabezados por Pino Solanas, que buscaban frenar el canje de deuda que lleva adelante el Gobierno. El juez a cargo desestimó el pedido antes de evaluar los argumentos. Consideró que, en su calidad de legisladores, los demandantes no están habilitados para actuar en juicio, ya que sus funciones sólo las pueden desempeñar en el Congreso. El fallo está en línea con el pronunciamiento de la Corte acerca de la no injerencia de la Justicia en cuestiones de definición política.

Según los diputados, la reapertura del canje es lesiva e ilegítima, puesto que la deuda que se pretende renegociar está siendo investigada por presunto fraude. “La Argentina debe pagar todo lo que es legítimo, pero no deudas que están siendo investigadas por estafa y fraude”, argumentó Solanas. Los diputados reclamaban a la Justicia que ordenara al Ejecutivo suspender la negociación hasta que se definiera la legitimidad de las obligaciones contraídas con los tenedores de bonos que quedaron fuera del canje efectuado en 2005. Argumentaron que la deuda externa es actualmente materia de tres investigaciones que tramitan en la Justicia federal penal, en cuyo marco se habría determinado la ilegitimidad parcial del endeudamiento en el período 1976/1983. “Se está hipotecando el futuro de la Argentina”, resaltaba la presentación que realizaron.

Sin considerar si esa deuda fraudulenta es la que está próxima a renegociarse, el juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Ernesto Marinelli, desestimó el pedido. No llegó a tratar el fondo del asunto, es decir la legitimidad de la deuda, ya que la traba provino por las características de la acción y la “calidad” de los demandantes.

Siguiendo la línea de la Corte Suprema, que está buscando evitar la definición judicial de temas políticos (que de por sí tienen la capacidad de resolverse por la vía parlamentaria), el juez concluyó que “los legisladores carecen de legitimación para actuar en juicio en razón del cargo que detentan. Esa calidad sólo los habilita como tales en el ámbito del órgano que integran y con el alcance otorgado a tal función por la Constitución”. “Tampoco se advierte que mediante el decreto (impugnado) se esté cercenando a los accionantes el ejercicio de sus atribuciones como legisladores”, agrega. Por las razones esgrimidas es que el juez rechazó “in limine” (de plano, sin tramitarla) la acción de amparo y ordenó el archivo del expediente. La acción había sido promovida por Solanas, Claudio Lozano, Victoria Donda, Miguel Bonasso, Alcira Argumedo y Liliana Parada.

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