ECONOMíA › PáGINA/12 ACCEDIó AL DICTAMEN DE LA COMISIóN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
La comisión antimonopolio asegura que anuló la fusión porque “se violaron los compromisos fijados para que las ganancias de eficiencia que generaba la fusión beneficiaran a los usuarios”. La empresa denunció “hostigamiento” y dijo que apelará ante la Justicia.
› Por Fernando Krakowiak
Cablevisión confirmó ayer que apelará ante la Justicia la nueva resolución oficial que ratificó la anulación de su fusión con Multicanal y la obliga a dar marcha atrás con la operación en un plazo de seis meses. La empresa del Grupo Clarín sostuvo a través de un comunicado que “la resolución ha sido dictada violando las normas y los procedimientos de la administración pública y debe ser vista e interpretada como una pieza más de la campaña sistemática de hostigamiento desplegada por algunos sectores del Gobierno”. El ministro de Economía, Amado Boudou, reiteró que la decisión obedece al incumplimiento de los compromisos pactados en diciembre de 2007, para que las ganancias de eficiencia que generaba la fusión se volcaran en beneficio de los usuarios. “Estamos preparados porque algún embate judicial van a intentar hacer”, concluyó el ministro. Lo que sigue es un detalle de los incumplimientos que la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia asegura haber detectado y que llevaron al Gobierno a anular la fusión:
- Libre disponibilidad de las señales propias en condiciones equitativas para otros operadores de televisión paga. La fusión fortaleció el poder del Grupo Clarín en el mercado del cable a nivel horizontal y vertical, porque amplió su participación en el segmento de distribución de señales con Cablevisión y logró una mayor integración con sus productoras de contenidos. Para monitorear que dicha concentración no afectara la competencia, la CNDC le fijo en la resolución 36/08 la obligación de aportar trimestralmente un listado de los contratos firmados con otros operadores de televisión paga. Además, la obligó a comunicar los incrementos en los valores de los contratos y acompañar esa información con los estudios de costos que avalaran las subas.
En el dictamen 778, difundido ayer, se remarca que antes de que se decidiera anular la fusión, en diciembre de 2009, “la empresa se negó sistemáticamente a presentar la información”. Por el contrario, lo que ofreció fue un informe con indicadores ad hoc, elaborado por la consultora GPR, donde se probaba que supuestamente el compromiso había sido cumplido. La CNDC descartó por “improcedentes” esos indicadores y realizó ejercicios comparando el precio de las señales entre localidades donde competía Cablevisión y donde no, deflactado por el tamaño potencial de esos mercados relevantes. El organismo informó sobre la existencia de fuertes aumentos y disparidad de los precios que pagan los operadores en las distintas áreas: “Una misma señal puede resultar gratuita para un operador, o costarle seis veces más a un competidor suyo en comparación con otro cableoperador con el que no compite”.
Luego de que la Justicia dejara en suspenso la anulación de la fusión, Cablevisión presentó la evolución de los precios promedio de las señales, donde se reconoce un aumento, y propuso comparar esa variación con los índices de precios elaborados por Indec y Ecolatina. La CNDC respondió que el precio promedio no permite determinar la existencia de equidad en los valores cobrados a los cableoperadores y se negó a comparar el aumento promedio con la variación de los índices mencionados. “¿Cuál es el sentido económico de deflactar el precio de una señal con una canasta de bienes que consumen los individuos?”, dice el dictamen y aclara que la empresa nunca informó el precio de cada una de sus señales y los costos asociados a las mismas.
- Ubicación en las grillas de programación. Cuando se autorizó la fusión, se fijó el compromiso de “garantizar una ubicación en la grilla a las señales televisivas, sean o no competidoras de sus empresas controladas”. En el dictamen 770 de diciembre de 2009, la CNDC informó que el compromiso no estaba cumplido porque no se les garantizaba a las señales competidoras una ubicación similar a la asignada a las señales propias. Cablevisión respondió que la exigencia era garantizar un lugar, pero no una “ubicación competitiva”. Ante lo cual la CNDC respondió que “es absurdo pensar que esta Comisión, por no incluir en esta cláusula las palabras ‘ubicación competitiva’, dejaría de evaluar el cumplimiento del compromiso en función de lo mencionado”. En el dictamen difundido ayer la CNDC reiteró que “no sólo la exclusión de una señal deriva en el incumplimiento de la cláusula de compromiso sino también todas aquellas prácticas que resulten discriminatorias, tales como el movimiento de una señal hacia un segmento al cual no pertenece” y reafirmó el incumplimiento de este punto.
- Pluralismo y libertad de información. La CNDC consideró que la empresa no proveyó una variada oferta de señales televisivas en los segmentos de noticias, internacionales, deportes, música y variedades para asegurar el pluralismo y la libertad de información. Para demostrar que cumplió con lo previsto, Cablevisión puso a disposición una pericia contable basada en la oferta de señales de los segmentos mencionados. Sin embargo, la CNDC consideró “inadmisible” esa prueba. “¿Cómo o de qué manera un perito contador va a poder expedirse acerca de la no afectación al pluralismo y a la libertad de información?”, se remarca en el dictamen donde a su vez se deja constancia de que esa evaluación fue realizada por la propia CNDC.
- Transferencia de las ganancias de eficiencia. Cablevisión se comprometió en diciembre de 2007 a ejecutar un plan de inversiones que beneficiaría a los consumidores a partir de una expansión de la televisión paga e Internet y la digitalización gradual del servicio para ampliar la programación y mejorar la imagen y el sonido. La CNDC realizó una investigación en el segundo semestre de 2009 y detectó numerosos incumplimientos, incluyendo el trazado del anillo óptico que debía conectar distintas localidades de las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe. A fin de acreditar el traslado a los usuarios de los supuestos beneficios que produjo la fusión, Cablevisión presentó otra prueba pericial contable que también fue descartada. En el dictamen se aclara que los puntos de pericia eran inconducentes porque el compromiso contenía metas físicas y no financieras. Por lo tanto, “el hecho de que las partes hayan pagado o contratado obras, no significa que las mismas se encuentran habilitadas y en servicio”.
- Servicio social. La compañía del Grupo Clarín también se había comprometido a ofrecer un servicio social de televisión paga con un mínimo de diez señales adicionales a las de la televisión abierta, el cual debía estar disponible para más del 5 por ciento de los hogares servidos por la red propia en el Area Metropolitana. La Comisión aseguró que la información numérica proporcionada por la empresa permitía inferir “a simple vista” que se “habría cumplimentado el requerimiento”, pero la empresa no informó el detalle de los usuarios y cuando la CNDC se apersonó con inspectores en cinco sucursales de la compañía no supieron informarle cuantos clientes habían adherido a ese servicio ni mostrarle algún contrato firmado que comprobara la existencia del mismo.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux