ECONOMíA › UNA JUEZA FEDERAL RECHAZó UNA MEDIDA PARA FRENAR LA CADUCIDAD DE LA LICENCIA DE FIBERTEL
La jueza federal de San Martín, Marina Forns, no dictó una cautelar para detener la resolución de la Secretaría de Comunicaciones que dispuso la caducidad de la licencia de Fibertel. Se apoyó en jurisprudencia de la Corte y reclamó un informe al Estado.
La jueza federal de San Martín, Marina Forns, rechazó dictar una medida cautelar para frenar la resolución de la Secretaría de Comunicaciones que declaró la caducidad de la licencia de Fibertel y otras empresas prestadoras de servicios de telecomunicaciones. El fallo desiste de congelar la decisión del Poder Ejecutivo y asegura su legalidad rechazando los argumentos esgrimidos por dos usuarios.
El texto de la jueza apela en su decisión a la restrictiva tradición de la Corte Suprema para adoptar medidas cautelares respecto de las acciones estatales. La jueza dispuso, además, notificar al Estado nacional para que produzca un informe relacionado con el objeto de la demanda y que precise con detalle cuáles son las empresas que prestan el servicio de acceso a Internet en la zona.
En esta oportunidad la Justicia sostuvo que no era coherente dictar una medida cautelar y rechazó los argumentos de los usuarios sobre la ilegalidad de la medida así como las apreciaciones técnicas que presentaron, a las que calificó como conjeturales. El documento judicial sostiene que la resolución 100/2010 de la Comisión Nacional de Comunicaciones fue dictada en uso de las atribuciones legales que le corresponden a esa dependencia.
Con la petición de una medida cautelar la carga de la prueba sobre la inminencia del daño y su gravedad recaen en el demandante. La jueza Forns consideró, por el momento, insuficientes los argumentos presentados por los clientes de la empresa del Grupo Clarín, quienes argumentaron que la norma lesiona la libertad de comercio al restringirles el derecho a elección.
“Cuando se solicita una medida cautelar, que constituye una decisión excepcional, porque altera el estado de hecho y de derecho existente al tiempo de su dictado y configura un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa, se exige mayor prudencia en la apreciación de los recaudos que hacen a su admisión”, sostiene el texto. En ese sentido, el fallo de la jueza de San Martín exigió “un severo examen en cuanto a la verosimilitud del derecho y la existencia de peligro en la demora”.
La posición de la magistrada Forns contrasta con el guiño judicial que recibió la proveedora de Internet a fin de septiembre pasado cuando un juez de La Plata, Elvio Bautista Sagarra, sí autorizó ese recurso suspendiendo la medida. Hasta ese momento los fallos judiciales se limitaban a intimar al Gobierno a asegurar la provisión del servicio. En cambio, la medida de Sagarra sostiene que es Cablevisión quien debe garantizar el servicio.
La medida del juez platense, cuestionada en ese momento por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner desde Nueva York, fue apelada por el Estado nacional. Mediante la red social Twitter, la mandataria sostuvo que “es como si tuvieramos una Justicia para el monopolio y otra para el resto de la sociedad, sean empresas o ciudadanos”. En tanto, el Ministerio de Planificación Federal que encabeza Julio De Vido argumentó en un comunicado que ningún juez podía frenar la resolución del Gobierno: “No puede dictarse ninguna decisión que frene el cierre de Fibertel, ya que Fibertel no existe como empresa desde que se disolvió en 2009”.
Cablevisión no puede proveer servicio de acceso a Internet con la licencia asignada a Fibertel, ya que se trata de una empresa que no existe legalmente, cuyo permiso para prestar el servicio caducó en agosto pasado. Sin embargo, el Grupo Clarín posee otras licencias que continúan vigentes y le permitirán seguir prestando el servicio e incorporando clientes. Incluso si esas licencias no están en orden, Cablevisión también puede vender servicios de Internet a nombre de un tercero con una licencia válida.
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