Vie 08.02.2002

ECONOMíA  › SIGUE EL FERIADO CAMBIARIO Y SE LEVANTA EL BANCARIO

Versión IV para el corralito

El Banco Central informó ayer que se extiende el feriado cambiario hasta el lunes, y se levantan casi todas las restricciones para la operatoria bancaria. Las entidades sólo podrán realizar transacciones que “impliquen exclusivamente la utilización de pesos o movimientos de pesos”, precisó el Central. Y añadió que “no se admitirá la cancelación de financiaciones, excepto que se refieran al pago de saldos en pesos de resúmenes de tarjetas de crédito”. Al tiempo que el Gobierno oficializó ayer la nueva versión del corralito financiero, que permitirá extraer la totalidad del dinero de las cuentas sueldo y de las cajas de ahorro previsionales.
La Resolución 46/2002, publicada ayer en el Boletín Oficial, establece además que “las personas físicas podrán requerir la desafectación de las sumas percibidas en concepto de indemnizaciones por desvinculaciones laborales y seguros de vida por fallecimiento, incapacidad o accidente”, aunque “hasta 30 mil pesos”. Por otro lado, para cajas de ahorro comunes y cuentas corrientes “se admitirán retiros semanales de 300 pesos”, en tanto que los saldos no extraídos “se acumularán, indefinidamente, para poder ser retirados en las semanas posteriores”. Respecto de los certificados de plazos fijos en pesos, se reprograma el calendario de devoluciones de la siguiente forma:
- Desde 400 hasta 10 mil pesos en 4 cuotas mensuales desde marzo del 2002.
- Más de 10 mil hasta 30 mil pesos en 12 cuotas mensuales a partir de agosto del 2002.
- Más de 30 mil pesos, en 24 cuotas mensuales a partir de diciembre del 2002.
Para los depósitos en dólares convertidos a pesos el cronograma es:
- 1200 hasta 7 mil pesos, 12 cuotas a partir de enero del 2003.
- 7 mil a 14 mil pesos, 12 cuotas desde marzo del 2003.
- 14 mil a 42 mil pesos, 18 cuotas desde junio del 2003.
- Más de 42 mil pesos, 24 cuotas desde septiembre del 2003.
Se establece que todas las imposiciones reprogramadas “devengarán una tasa de interés equivalente al 7 por ciento anual pagadera sobre saldos”, y se autoriza a pasar hasta 7 mil pesos a cuentas a la vista para su retiro, quedando el saldo sujeto al cronograma. La norma estipula que los certificados en dólares se pesifican a 1,40 peso por unidad y se dispone que los saldos de cuentas corrientes superiores a 14 mil pesos que pertenezcan a personas físicas se conviertan en un plazo fijo sujeto al cronograma de devolución.

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