ECONOMíA › AMPLIAN REGULACIONES A OPERACIONES CAMBIARIAS Y OBLIGAN A LIQUIDAR COBROS EN DIVISAS EN EL MERCADO INTERNO
Quienes compren más de 250 mil dólares al año en la plaza cambiaria deberán demostrar no sólo capacidad económica, sino además cómo lograron el efectivo. Los residentes que vendan sus activos a extranjeros deberán liquidar las divisas en el país.
› Por Tomás Lukin
El Banco Central introdujo una nueva normativa para regular las operaciones especulativas en el mercado cambiario. Las personas o empresas que compren más de 250 mil dólares al año deberán demostrar que los fondos aplicados a esa transacción estén justificados fiscal y patrimonialmente. La medida apunta a dificultar el financiamiento de la fuga de capitales a través de la operatoria denominada “contado con liquidación”, la compra con pesos de activos en el mercado local que cotizan en el exterior para luego venderlos en esas plazas y recibir los dólares. En el equipo económico estiman que el efecto de la medida asciende hasta un máximo de 300 millones de dólares mensuales que dejarán de fugarse. Adicionalmente, la entidad que encabeza Mercedes Marcó del Pont dispuso que las divisas originadas por la venta a extranjeros de empresas y otros activos que son propiedad de argentinos residentes deben liquidarse en el mercado local. Se trata del mismo tratamiento al que están sujetas las actividades productivas y que desde ayer también alcanza a las mineras y petroleras.
La última semana el Gobierno desplegó distintos instrumentos para garantizar la oferta de divisas, limitar la fuga de capitales y desincentivar las operaciones especulativas en el mercado cambiario. Esas herramientas van desde el despliegue de inspectores para detectar coleros hasta la decisión de que las aseguradoras traigan de regreso al país inversiones en el exterior por 1700 millones de dólares. La cotización del dólar se mantiene estable en 4,26 pesos, el mismo precio que exhibió todo el mes de octubre, pero el Banco Central debe intervenir activamente para satisfacer la demanda de divisas. Ayer la entidad vendió 170 millones de dólares y suma más de 1500 millones de dólares en el mes. El stock de reservas internacionales terminó en 47.622 millones de dólares. Por su parte, la fuga de capitales supera los 18.000 millones de dólares.
Una de las medidas definidas ayer contempla la profundización de las regulaciones existentes para aquellas personas o empresas que compren más de 250 mil dólares por año sin destino específico. Hasta ayer esas personas tenían que responder requerimientos adicionales, pero éstos se limitaban a establecer la compatibilidad de la adquisición de moneda extranjera con sus declaraciones de bienes personales. Así, la posesión de un departamento valuado en 500 mil dólares era evidencia suficiente para comprar más de 250 mil dólares en el año. Con la nueva normativa los individuos deberán demostrar que cuentan con los fondos específicos líquidos para destinar a la compra de las divisas.
“Estas medidas permitirán aumentar la transparencia de las operaciones del mercado de cambios y mejorar los controles para evitar el uso de fondos no justificados desde el punto de vista fiscal y de la prevención de lavado de dinero”, explicó ayer Marcó del Pont. Los requisitos que establece la nueva norma apuntan a garantizar el origen genuino de las operaciones cambiarias y limitar las maniobras relacionadas con recursos provenientes de actividades informales, no declaradas. La medida está orientada fundamentalmente a limitar la operatoria del llamado “contado con liquidación”.
A través de ese mecanismo, quien pretende sacar fondos al exterior eludiendo el mercado cambiario simula realizar una inversión en un título público. Compra ese papel denominado en dólares en el país usando pesos y lo vende en el exterior a cambio de moneda extranjera. La operación es fondeada por especuladores que acceden formalmente al mercado de divisas local, transfieren esos recursos al exterior y con esos fondos compran los títulos a quien buscaba fugar las divisas. La operatoria continúa cuando ese especulador vende esos bonos en el país –el precio en el exterior es más bajo que en el mercado local– y se hace de los pesos para volver a concurrir al mercado de divisas y reiniciar la secuencia.
“Una prestanombre que contaba inicialmente con 100 mil dólares podía repetir esa operación 20 veces al mes hasta comprar el límite de 2 millones de dólares mensuales y así financiar la fuga de capitales. Ahora va a tener que demostrar que tiene cada mes el flujo líquido necesario para comprar los 2 millones de dólares”, explicaron a Página/12 desde la autoridad monetaria. Los nuevos requerimientos no apuntan a limitar la venta de títulos públicos en los mercados externos, sino que se financien esas operaciones con dólares provenientes de la plaza local. Estimaciones preliminares realizadas por el equipo económico determinaron que la medida limitará la fuga de hasta 300 millones de dólares mensuales.
El segundo instrumento establece la obligación de ingresar al mercado de divisas local los dólares provenientes de la venta de empresas y otros activos como inmuebles. Es la misma obligación que el martes fue aplicada sobre los sectores mineros y petroleros y que poseen el resto de las actividades productivas. La disposición no implica ninguna limitación a las operaciones con moneda extranjera de esos individuos. Si, por ejemplo, durante la venta del Banco Patagonia al Banco Itaú de Brasil el instrumento hubiera estado vigente, el ingreso que genera esa operación a los dueños argentinos debe ser liquidado en el mercado local y no depositado directamente en una cuenta bancaria en el exterior. Si desean atesorar los dólares, los individuos podrán adquirir los fondos en la plaza cambiaria.
[email protected](Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux