Mar 17.01.2012

ECONOMíA  › LA ADMINISTRACIóN DEL COMERCIO, AHORA Y EN TIEMPOS DE ALFONSíN

El ‘12 queda muy lejos del ‘85

La decisión del Gobierno de exigir información previa a las operaciones de importación fue rápidamente comparada con el régimen que rigió a mediados de los años ’80. Sin embargo, un análisis detallado de uno y otro muestra grandes diferencias.

› Por Javier Lewkowicz

El nuevo esquema de administración de comercio definido por el Gobierno, que supone la presentación de una declaración jurada anticipada de importaciones, fue catalogado en distintos ámbitos de la opinión pública como la reedición de las medidas que el ex presidente Raúl Alfonsín, en los años ’80, aplicó al comercio exterior. Sin embargo, la intensidad de la regulación en uno y en otro caso son notablemente dispares. El gobierno radical en los primeros años de la recuperación de la democracia dividió todo el abanico de importaciones en tres grandes grupos. Al primero se le prohibió directamente la entrada, otro se mantuvo supeditado a la entrega de permisos y el tercer grupo, que comprendía artículos de primera necesidad, permaneció con mayores libertades.

La aplicación de un régimen regulatorio más permisivo en la actualidad respecto de los ’80 puede ser explicado por factores internos y externos. Su equiparación es reflejo de la deslegitimación que tiene la administración del comercio, producto de la todavía vigente hegemonía neoliberal.

El Gobierno, mediante una resolución de la AFIP, definió que los importadores deben presentar, desde febrero, una declaración jurada anticipada de importaciones en forma previa a la emisión de la orden de pedido al exterior. La Secretaría de Comercio Interior, en un lapso no mayor a los quince días hábiles, debe pronunciarse respecto de cada operación. Si bien en el texto oficial no se especifica de qué manera se hará esa devolución, sectores del Gobierno y empresarios coinciden en que el mecanismo servirá para que el secretario Guillermo Moreno y su par de Comercio Exterior, Beatriz Paglieri, puedan restringir la entrada de productos que consideren que tienen reemplazo por la industria nacional. Además, impulsarán a los importadores a que generen negocios de exportación. El esquema es similar al utilizado en el sector automotor, maquinaria agrícola o edición de libros, por ejemplo.

La medida fue rápidamente comparada con el esquema de administración de comercio del gobierno de Raúl Alfonsín. En efecto, el decreto 4070, publicado el 28 de diciembre de 1984, estableció en su primer artículo que “la importación de mercadería para consumo quedará sujeta al régimen de certificados de declaraciones juradas de necesidades de importación”. El visto bueno del Gobierno se daría “en el caso de mercaderías necesarias para las actividades productivas, cuando la producción nacional no sea sustitutiva de la importación en razón de sus características técnicas, innovaciones tecnológicas o calidades diferenciales o cuando así lo aconsejen razones de abastecimiento”, explicaba el decreto que llevó la firma de Alfonsín y Bernardo Grinspun, ex ministro de Economía.

Sin embargo, los bienes sujetos a la obtención de esa declaración jurada de necesidad de importaciones comprendían un conjunto relativamente favorecido por la administración de comercio alfonsinista, ya que el segundo artículo establecía la prohibición lisa y llana, hasta mediados de 1985, de una amplia lista de productos que, en planillas anexas, eran detallados por el Poder Ejecutivo. Por último, el decreto establecía que un conjunto de insumos vinculados con, por ejemplo, la salud y defensa nacional, tendrían un tratamiento más flexible.

Tanto la economía local como el contexto internacional eran sumamente diferentes respecto de la situación actual. Por un lado, explica Ricardo Aronskind, investigador de la UNGS, la guerra de Malvinas y la crisis que estalló en México en 1982 determinó que la dictadura militar tuviera que establecer muy severas restricciones a las importaciones, “que permitió que luego Alfonsín tuviera más margen de maniobra a nivel interno para administrar el comercio”. “En los ’80 los precios internacionales estaban por el piso y había una carga muy pesada de intereses de deuda. La situación externa era gravísima”, agrega Aronskind.

Por otro lado, en el plano internacional la creación de la Organización Mundial de Comercio (OMC) en 1995 acotó mucho la capacidad de los gobiernos de aplicar política comercial. “El actual marco jurídico internacional es completamente diferente. Hay mucha legislación y casos ya resueltos que permiten aplicar medidas de tratamiento recíproco por parte de países afectados”, destacan especialistas de la Sociedad Internacional para el Desarrollo (SID). Por su parte, Federico Vaccarezza, de la Untref, agrega que “la falta de un sistema de nomenclatura armonizado para el comercio en los ’80 era permeable a la aplicación de barreras burocráticas. Además, Alfonsín subió los aranceles hasta un nivel que rondaba el 45 por ciento”.

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