ECONOMíA › LA SUBA DE LA TARIFA DEL SUBTE FUE HABILITADA POR UN FALLO EN PRIMERA INSTANCIA
El pedido de una medida cautelar para frenar el incremento del subte a 2,50 pesos fue rechazado por el juez Juan Lima. Las asociaciones de usuarios denunciantes se quejaron porque el magistrado no evaluó la falta de una audiencia pública previa, eje de su reclamo.
El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Fernando Juan Lima, rechazó la medida cautelar presentada por distintas asociaciones de usuarios y partidos políticos con el fin de frenar el aumento en la tarifa del subte que dispuso el gobierno porteño. El fallo, dado a conocer ayer, indica que “en el actual estado del proceso no se ha acompañado elemento alguno que permita afirmar que la postura adoptada por la Administración resulte manifiestamente irrazonable o arbitraria”, al punto de hacer necesaria la urgente intervención de la Justicia. Si bien la medida cautelar –de carácter excepcional– fue rechazada, el magistrado dio trámite a la acción de amparo, sobre la que la Cámara deberá expedirse con mayores elementos de prueba. Las asociaciones de consumidores criticaron el hecho de que el tribunal no se haya expedido respecto de la necesidad de una audiencia pública para estos casos, idea sobre la que se basa la presentación de las organizaciones, al tiempo que los delegados anunciaron una reunión para hoy (ver aparte).
No bien se formalizó el traspaso del subte, de la órbita del gobierno nacional al porteño, la administración Macri dispuso el 27 de diciembre un incremento de 127 por ciento en el boleto, el cual pasó de 1,10 a 2,50 pesos. La suba se hizo efectiva el 6 de enero. Casi todo el arco de la oposición porteña y las principales entidades de usuarios presentaron los pedidos de amparo y medidas cautelares para suspender el aumento de manera inmediata. El principal argumento era que se había incumplido con la convocatoria a una audiencia pública previa a la aplicación de la nueva tarifa.
El juez Juan Lima rechazó las ocho cautelares. “Más allá de que no se desconoce la entidad de la modificación en el monto que efectivamente se abona para viajar en el transporte subterráneo de esta ciudad, con la incidencia económica que ello puede tener en las distintas economías personales o particulares, no se advierte que los riesgos de permitir que continúe la situación actual hasta el dictado de la sentencia definitiva sean mayores que los que podrían derivarse del dictado de la cautelar pedida”, detalla el fallo. El texto considera además que el supuesto daño “tampoco sería irreparable, excesivamente gravoso o no susceptible de reparación posterior”. “Por la verosimilitud del derecho, el peligro en la demora y la no frustración del interés público, no queda sino concluir en que la medida peticionada debe ser rechazada”, concluye el fallo.
Las asociaciones de consumidores consultadas por este diario coincidieron en criticar el hecho de que el juez no se haya expedido en el tema de la audiencia pública. No obstante, el macrismo anticipó que realizará una audiencia, pero dentro de tres meses, para resolver modificaciones en el contrato de concesión. El gobierno porteño argumenta que la Ciudad no tiene presupuestado en 2012 el monto del subsidio que pagaba la Nación, pero que tampoco tenía obligación de llamar a una audiencia pública, ya que el convenio original estipulaba una tarifa de 3 pesos, que nunca se aplicó gracias al aporte del Estado nacional.
El rechazo de la cautelar no implica un aval al aumento de la tarifa, de acuerdo con la explicación que dio el propio juez Juan Lima. “El amparo es el proceso principal. No sólo no fue rechazado sino que está en trámite. Lo que sucede es que la cautelar es una vía excepcional, de trámite rápido. Y si bien las medidas cautelares son admisibles, su procedencia es muy excepcional. En este caso, la decisión no es un aval al aumento. Lo único que se dice es que la cuestión no es tan clara, ni tan urgente como para hacer lugar a esa medida excepcionalísima”, sostuvo el magistrado. De esta manera, todavía queda abierta la puerta a que la Justicia disponga más adelante congelar el aumento, luego de hacer un análisis sobre los argumentos del gobierno porteño en torno de que el servicio no puede funcionar sin este reajuste.
En el fallo, el juez Juan Lima aprovechó la oportunidad para criticar lo actuado por los denunciantes: “No deja de llamar la atención la actitud algo despreocupada que han asumido algunos de los demandantes, que al tiempo que acuden a una vía urgente demoran días en traer tres o cuatro copias o acreditar debidamente su personería”.
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