Un fallo del juez neoyorquino Thomas Griesa a favor de bonistas locales no será aplicado por la Justicia argentina, según resolvió la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. El tribunal sostuvo que la medida tomada por el juez Griesa, que beneficiaba a un grupo agropecuario con sede en Córdoba, “afecta principios de orden público del derecho argentino”, en un tácito aval a los canjes de deuda implementados por el Gobierno a partir de 2005 a los que los bonistas no adhirieron. El grupo, no identificado en la resolución, se presentó ante Griesa y logró que el magistrado neoyorquino fallara en diciembre del 2007 a su favor. Con la resolución de Griesa, luego los bonistas se presentaron en la Justicia argentina para que se les reconozcan derechos. “La sentencia dictada por tribunales extranjeros afecta principios de orden público del derecho argentino”, señalaron los camaristas de la Sala II, José Luis López Castiñeira, Luis María Márquez y María Caputi, al fundamentar el rechazo. Los magistrados afirmaron que las leyes de emergencia económica dictadas a partir del 2002 incluyeron “sucesivos mecanismos adoptados para el tratamiento de la deuda pública” como la cesación de pagos, diferimientos y reestructuraciones”. La Cámara consideró que hacer lugar al planteo de los bonistas “importaría consagrar un inadmisible tratamiento de privilegio a los accionantes, frente a la masa de acreedores que participaron del proceso de canje”.
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