Los empleadores deberán informar a la AFIP los conceptos que se encuadran como “no remunerativos” antes de liquidar los salarios de sus trabajadores, informó el ente recaudador. Los montos no remunerativos son aquellos sobre los que no se aplican descuentos de previsión y seguridad social. La entidad que conduce Ricardo Echegaray creó un registro de información para que el empleador comunique esos montos, como así también la normativa “en la se avala” estos pagos y el importe al que ascienden. La información se debe comunicar en el micrositio “Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos”, en la web del organismo. El régimen pretende evitar la planificación laboral nociva y las prácticas de evasión al sistema de seguridad social, destaca el organismo.
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