Dom 17.02.2002

ECONOMíA  › EL CASO EXTRADER, EJEMPLO DE PACTO ENTRE DEUDORES Y ABOGADOS

Depositantes bancarios, resígnense

Tres síndicos de la quiebra del Extrader serán indagados y tienen prohibido salir del país. Ese fraude enseña lo que pueden esperar los acreedores de un banco cuando éste quiebra.

› Por Julio Nudler

Quien quedó con sus ahorros secuestrados en el corralito debería poder aspirar, como mínimo, a recuperar su dinero a través de la cobranza de los créditos concedidos por el banco que le tocó en desgracia. La idea de armar fideicomisos para devolverles la plata a los depositantes no prosperó, sin embargo, quizá porque el propósito central del Gobierno es licuar las deudas privadas, en lugar de intimar su cancelación o ejecutar las garantías. De todas formas, la experiencia nacional en esta clase de asuntos no es esperanzadora. Sirve como muestra el caso del Banco Extrader, cerrado por el BCRA el 27 de enero de 1995, y cuyo titular, Marcos Gastaldi, fue procesado seis largos años después. Ahora, el juez Vicente Cisneros, accediendo a una solicitud del fiscal Pablo Lanusse, decidió indagar a los tres síndicos titulares de la quiebra, Horacio Andrés Cama, Arnaldo David Moskovich y Mario Oscar Resconi, a quienes además les prohibió la salida del país. Los tres habían presentado el lunes pasado la eximición de prisión, que les fue rechazada porque pesa sobre ellos la sospecha de haber organizado una asociación ilícita, además de ocho fraudes, en perjuicio de los acreedores de la quiebra, que no son otros que los depositantes e inversores del Extrader. Entre éstos fueron mencionados muchos personajes de relieve público, desde Franco Macri a Marcelo Tinelli, y desde Daniel Hadad a Martín Redrado, actual número dos de la Cancillería. En la causa se relatan acuerdos impresentables, sellados entre los síndicos por un lado, con patrocinio de un conjunto de abogados y varios grandes deudores por el otro, todo ello regado con cuantiosos honorarios y bendecido por el juez Héctor Foiguel López, cuyas homologaciones fueron posteriormente anuladas. Lo concreto es que los abogados lograron alzarse con 1.686.511 pesos, entonces equivalentes a dólares. Aunque el fiscal incluyó a Foiguel, a los abogados y a varios empresarios –entre ellos Eduardo Bakchellian, Avelino Porto y Luis Ernesto Lonardi– en su pedido de indagatoria, por el momento Cisneros sólo citó a los síndicos. A continuación una breve síntesis de algunos de los convenios con los que se perjudicó a los acreedores de ese banco tan consustanciado con el menemismo.
- Caso Gatic. Los síndicos Cama, Moskovich y Resconi, con el patrocinio de Alberto G. Malimovca, se presentaron el 22 de agosto de 1995 solicitando la aprobación judicial de la propuesta de pago presentada por Gatic. En el acuerdo alcanzado por ellos con Eduardo Ietvart Bakchellian se determinó que Gatic le debía a Extrader 802.929 dólares, deuda que pagaría en 18 cuotas mensuales, haciéndose cargo además de los honorarios profesionales. El juez actuante (hoy ex), Héctor Foiguel López, homologó el convenio a fines de setiembre. Pero la firma de los Bakchellian sólo pagó nueve cuotas. A pesar de esto, recién en abril de 1998 los tres síndicos suplentes (Antonio Artuso, Carlos Alberto Rabaglia y Alberto Emilio Ron) pidieron que se intimara a la deudora y se la amenazase con la ejecución. Por otro lado, comprobaron que, en realidad, y después de haber efectuado pagos parciales y fuera de término, Gatic adeudaba 4.283.818 dólares, más de cinco veces lo homologado por Foiguel López. Se estableció además que la fábrica deportiva había estado pagándoles honorarios a los abogados de los síndicos titulares (que debían ocuparse del recupero de los créditos) mientras incumplía sus obligaciones con la quiebra. Para el juez Rómulo Di Iorio, los presuntos honorarios eran un mero disfraz: “Se ha enmascarado el valor de la conformidad y el riesgo de actuar con deslealtad profesional contra los intereses confiados (los de los acreedores de la quiebra)”.
- Caso Fundación Universidad de Belgrano. Esta, presidida por Avelino José Porto, le debía al Extrader 8.259.890 dólares, con garantías hipotecarias por casi el 90 por ciento. Esto al 3 de enero de 1995, cuando ya se encontraba en mora. Casi quince meses más tarde, Porto y los síndicos Cama, Moskovich y Resconi, en este caso con el patrocinio del abogadoHéctor Arturo Kigel, acuerdan en 10.143.890 millones. El juez Foiguel López homologó ese acuerdo a fines de 1995. El convenio incluía un suculento honorario de 890 mil pesos más IVA para Kigel. La UB debía saldar su deuda en 60 cuotas mensuales, con una tasa de interés del 12 por ciento anual o incluso inferior (tasa libor, aumentada en un 75 por ciento), cuando el interés pactado con el banco era del 18 por ciento. Es más: la Fundación ya había sido condenada en juicios hipotecarios a pagar a la quiebra esa tasa. Para el juez Di Iorio, de acuerdo a una resolución de mediados de 1998, “la reducción de los intereses del 18 al 12 por ciento es ilícita y fraudulenta... Se trata de la generosa contrapartida de abultados honorarios ilícitos pagados a los abogados de la sindicatura...”
- Caso Perkins Argentina. Luego de muchas dilaciones, a mediados de 1996 se acuerda que esta compañía pagará algo más de 29 millones de dólares, en cuotas que culminarán en mayo de 2005. En cambio, los 450 mil reconocidos como honorarios para los letrados de la sindicatura (los montos más generosos fueron para los abogados Héctor Kigel, Luis Adolfo Estoup, Eugenia Grynszpan y Alberto Malimovca) debían quedar abonados en abril de 1998. El primer pago venció incluso antes de la presentación del acuerdo, lo cual sería interpretado por el juez Di Iorio como “un pago contra la entrega de la conformidad”. Como en los demás casos, contadores y abogados se mostraron muy poco ávidos por recuperar rápidamente los créditos, ejecutando las garantías, pero sí apurados por embolsar sus enormes honorarios. El acuerdo con Perkins, que no llegó a ser homologado porque Foiguel renunció antes, también fue anulado por Di Iorio, considerándolo “fraudulento e inmoral”.
- Caso El Detalle. En éste, los abogados Alberto Malimovca y Alberto Liascovich, con derecho a percibir una retribución de 106.780 pesos, reclamaron más de 536 mil por el concepto de ajuste de honorarios. Pero según Di Iorio, “los dos abogados carecen totalmente de derecho a pactar honorarios con El Detalle”.

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux