Jue 16.08.2012

ECONOMíA  › NUEVAS MEDIDAS PARA COMBATIR LA EVASIóN FISCAL

Más control de la AFIP

La AFIP dispuso nuevas medidas para combatir posibles prácticas de evasión fiscal acortando los plazos de presentación de datos a lapsos mensuales para seis regímenes de información vigentes. La modificación afecta a las cuotas de colegios privados, pago de expensas en countries y edificios de propiedad horizontal, registros de representantes en el país de sujetos del exterior, operaciones de Bolsa y mercado abierto, donaciones deducibles del Impuesto a la Ganancias, liquidaciones a productores de seguros.

Hasta el momento, la frecuencia de cumplimiento de estos registros era cuatrimestral, semestral y en un caso anual. La metodología de presentación de datos permanecerá sin modificaciones a través de los aplicativos en la página de la AFIP. Desde el organismo informaron que “ahora contaremos con detalles de operaciones económicas que antes tardábamos más de un año en obtener. La idea es tratar de anticipar la información para poder actuar con mayor velocidad”. También aclararon que “esto no recae sobre los contribuyentes, sino que se acortan los lapsos, pero se mantienen los agentes de información”.

“La medida se enmarca dentro de los tres pilares en los que se apoya la nueva estrategia de fiscalización de la AFIP: la utilización al máximo de la tecnología disponible, la explotación centralizada de la información y los controles tanto ‘ex ante’ como en línea de las operaciones”, explica el comunicado de la entidad.

Desde la entidad explicaron que en el control “ex ante” se adoptan acciones de prevención para evitar que se efectúen operaciones con inconsistencias. Luego se aplica el control “en línea”, que es cuando se constituye el hecho imponible que permite disparar alertas de inconsistencias en forma temprana. Y el tercero es el control “ex post”, que se efectúa luego del hecho imponible.

Las medidas se enmarcan en los mayores controles que está llevando adelante el organismo, como el control sobre los gastos de los monotributistas con las empresas de agua, luz, gas y telefonía. Las empresas tienen que informar sobre los consumos que superen los mil pesos o su equivalente cuando el período de facturación sea diferente al mensual y en el caso de los inscriptos en el régimen simplificado siempre se tendrá que informar su consumo. En los casos en que se constaten irregularidades, la AFIP puede excluir de oficio a los contribuyentes que estén facturando o que realicen gastos en exceso, como, por ejemplo, si superan los 6666 pesos de gastos mensuales, que es el límite de los monotributistas.

En momentos en que la recaudación impositiva se desacelera debido a una merma en la actividad económica, se decide una mayor presión en el control de los datos. Por eso, el objetivo del organismo recaudador es mejorar los controles para tratar de detectar posibles casos de evasión impositiva.

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