ECONOMíA › LAS COMPRAS EN EL EXTERIOR CON TARJETA DE DEBITO Y POR INTERNET TAMBIEN PAGARAN ANTICIPOS DE IMPUESTOS
Los consumos fuera del país y por la web tendrán un adicional de 15 por ciento a cuenta de Ganancias y Bienes Personales. La medida rige desde hoy para las tarjetas de crédito y desde el lunes para las de débito y las compras a través de Internet.
Este lunes la AFIP extenderá a los consumos con tarjeta de débito fuera del país y a los pagos por Internet a páginas del exterior realizados con tarjeta de crédito el mecanismo de cobrar por adelantado una parte del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Se trata del mismo régimen de percepción del 15 por ciento sobre los gastos que el organismo recaudador puso en marcha ayer a través de dos resoluciones para las compras con tarjetas de crédito fuera del país. Por cada 100 pesos que una persona pague con su tarjeta de crédito o débito en un viaje, la AFIP sumará 15 pesos que serán retenidos como anticipo para el pago de aquellos tributos. En el caso de las tarjetas de débito, ese agregado se producirá en el mismo momento de la compra. La AFIP aclaró que cuando las percepciones sufridas excedan el monto que el individuo debe abonar por esos impuestos, el saldo podrá ser aplicado para cancelar otros gravámenes. Aquellas personas a las que no les corresponde pagar Ganancias ni Bienes Personales podrán recuperar el dinero mediante un trámite en la AFIP.
El organismo que encabeza Ricardo Echegaray detectó que muchos viajeros frecuentes realizan gastos abultados con distintos medios de pago electrónico aunque sus ingresos y bienes declarados no permiten explicar esos niveles de consumo. Para evitar que esas personas evadan, la AFIP decidió cobrar los impuestos por anticipado a través de los consumos fuera del país que se cancelan con tarjetas de crédito y débito y sobre las compras por Internet como una reserva de hotel o un libro. La medida presentada el jueves sólo incluyó a las tarjetas de crédito, pero el fisco publicará el lunes las resoluciones para alcanzar a los pagos con débito y por la web. Para quienes están en regla, la medida implica un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales.
En la Casa Rosada consideran que la decisión forzará a los individuos que evaden impuestos y fugan divisas a utilizar sus dólares guardados “abajo del colchón” o los llevará a comprar moneda extranjera en el mercado negro, donde deben pagar un sobreprecio en lugar de acceder al tipo de cambio oficial. “La medida tiene un objetivo recaudatorio y también desincentiva los consumos en el exterior, preferimos que se queden en el país esquiando”, reconoció Echegaray anteayer. Así, el mecanismo se suma a los distintos controles y restricciones para el acceso al mercado de cambios aplicados por el Banco Central y la AFIP desde fines de octubre del año pasado.
Para instrumentar la medida el organismo estableció un nuevo régimen de información para que las entidades emisoras de las tarjetas de crédito le informen mensualmente todos los gastos realizados en el exterior de sus clientes así como el país donde se realizan y el nombre del comercio.
- Quiénes: Las personas que consumen en el exterior con tarjetas de crédito o débito y los que compren con tarjeta por Internet a páginas fuera del país.
- Cuándo: Las medidas comenzarán a correr con las liquidaciones de tarjetas que se realicen a partir del primer día de octubre, correspondientes a los consumos de septiembre. Lo mismo sucederá cuando se publiquen el lunes las resoluciones para débito y compras por Internet.
- Cómo: El recargo a cuenta del pago de los impuestos aparecerá en el resumen o liquidación de la tarjeta y se pagará ese mes, aun cuando el saldo se abone en forma parcial. Para las tarjetas de débito, el 15 por ciento se agregará junto con la compra. Según establece la AFIP, el importe del anticipo deberá consignarse –en forma discriminada– y el resumen constituirá el comprobante de las percepciones sufridas.
- Saldo a favor: Según afirma la resolución 3375 de la AFIP, “cuando las percepciones sufridas generen saldo a favor en el gravamen, éste tendrá el carácter de ingreso directo y podrá ser aplicado para la cancelación de otros impuestos” o solicitar la devolución. El mismo camino deben seguir monotributistas y autónomos.
- Casos particulares: Las personas con ingresos por debajo del mínimo no imponible de Ganancias y con patrimonios inferiores a los 305 mil pesos –piso para comenzar a pagar Bienes Personales– que viajan al exterior con su tarjeta de crédito y débito son pocas, asegura la AFIP. Los que están en esa situación pueden solicitar el reintegro del dinero en un trámite en una agencia del organismo.
- Relación de dependencia: Los asalariados que pagan Ganancias deberán informarles a sus empleadores cuando realicen consumos con tarjetas en el exterior para que les apliquen una retención mensual menor.
- Extensiones: Los gastos que realice un familiar con la extensión de una tarjeta de crédito generarán un anticipo para el pago de Ganancias o Bienes Personales del titular del plástico. Esa dinámica se aplicará incluso si quien utiliza la tarjeta paga el impuesto.
- Límites: Echegaray aseguró que el Gobierno no analiza poner límites a las compras con tarjetas de crédito en el exterior.
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