ECONOMíA › DICTAMEN DE GILS CARBó
› Por Sebastián Premici
“Los jueces han expresado, genéricamente, su determinación de invadir la esfera de otros poderes del Estado para anular las leyes dictadas por el Poder Legislativo en favor de las Fábricas Recuperadas. La gravedad institucional del caso requiere que el recurso sea admitido por la Corte Suprema de Justicia.” La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, le solicitó al máximo tribunal que habilite la venta directa de la fábrica Adzen Sacif a una cooperativa de trabajadores. La recuperación de esta fábrica fue avalada en un fallo de primera instancia, pero la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial la rechazó. Según la interpretación de la procuradora, que ya había intervenido en el caso cuando todavía se desempeñaba como fiscal general, la resolución de la Cámara “vació de contenido uno de los pilares de la reforma a la ley de quiebras y concursos, cuyo objeto fue reconocer y regular los derechos de las cooperativas de trabajo frente a la insolvencia del empleador”. Ahora, la Corte deberá analizar si acepta el recurso para resolver el conflicto que tiene en vilo a los operarios de la fábrica de heladeras y freezers.
El fallo de la Sala A, integrada por los camaristas Alfredo Kolliker Frers, Isabel Miguez y María Elsa Uzal, revocó la sentencia del juez Alberto Aleman, que había cedido la venta de la fábrica quebrada a la Cooperativa de trabajadores que recuperó la empresa, tal como lo autoriza la Ley de Concursos y Quiebras reformada en junio de 2011. La modificación de la ley incluyó el derecho exclusivo de las cooperativas a comprar en forma directa los activos de una quiebra para continuar con su explotación.
“La sentencia recurrida por la Sala A deslegitima a las cooperativas de trabajo para obtener la adjudicación directa, salvo que se trate de bienes de escaso valor o difícilmente vendibles. En cambio, las obliga a competir con otros oferentes en procesos de licitación, subasta o mejora de oferta, negándoles un derecho cuyo reconocimiento fue el motor de la reforma legal introducida por la Ley 26.684”, manifestó Gils Carbó en su dictamen del 3 de mayo de 2012. En aquella oportunidad, la funcionaria ocupaba el cargo de fiscal general. Ahora, como procuradora, insiste con reclamarle a la Corte una solución favorable para los trabajadores.
La Cooperativa 2 de Diciembre, integrada por ex trabajadores de Adzen SA, comenzó a explotar la planta fabril en 2003, cuando todavía Adzen SA estaba tramitando su concurso preventivo. La planta había dejado de operar en 2002. El 15 de abril de 2003 los trabajadores, ya constituidos como cooperativa, acordaron con la concursada un contrato de arrendamiento con el objetivo de continuar con la explotación de la empresa. Luego de varias idas y vueltas, la Cooperativa, junto a la empresa Latincredit SA, presentó una propuesta de compra conjunta que fue aceptada por el juez de primera instancia, Alberto Aleman, quien dispuso la venta directa.
Los camaristas Kolliker Frers, Miguez y Uzal rechazaron el fallo bajo el argumento de que no se habían verificado ninguno de los presupuestos que autorizan el mecanismo de venta directa regulado por la Ley 26.684. “Los jueces se arrogaron facultades legislativas para vaciar de contenido la reforma de la Ley de Concursos y Quiebras. El objetivo de la reforma fue priorizar la subsistencia de las empresas, para asegurar la continuidad de su producción y la generación de empleos”, concluyó Gils Carbó.
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