ECONOMíA › CAPITANICH DIJO QUE SE ESTUDIA LA RESOLUCIóN DE LA CORTE SOBRE LAS RETENCIONES
Los supremos decretaron la inconstitucionalidad de las retenciones que no sean decididas por el Congreso. El Gobierno analizará el fallo en detalle, pero descartó que influya sobre los actuales derechos de exportación.
El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, anunció ayer que el Gobierno pedirá un dictamen exhaustivo para evaluar el impacto del fallo de la Corte Suprema de Justicia que, al tratar el caso presentado por una pesquera, decretó la inconstitucionalidad de las retenciones a las exportaciones que no sean decididas por ley del Congreso. No obstante, el funcionario advirtió que “los derechos de exportación oportunamente delegados se basan en una ley aprobada por el Congreso y (son) una delegación de facultades estrictamente reservada para el Poder Ejecutivo”, y agregó que, “en consecuencia, el fallo de la Corte no tiene incumbencia respecto de la aplicación efectiva de estos derechos de exportación”.
El martes pasado, la Corte falló a favor de una empresa pesquera, en un litigio planteado al reclamar la inconstitucionalidad de la regulación que la obligaba a pagar retenciones. La causa fue promovida por la empresa Camaronera Patagónica SA, que cuestionó las resoluciones 11/2002 y 150/2003 del Ministerio de Economía que fijaban retenciones (que iban del 5 al 10 por ciento) en la exportación de ciertas mercaderías en el contexto de la crisis de 2001.
Todos los jueces de la Corte –excepto Highton de Nolasco, que no firmó– coincidieron en que las retenciones son impuestos y sólo el Congreso tiene la potestad para fijar tributos, incluso en situaciones de emergencia. Sin embargo, hubo discrepancias al momento de interpretar los alcances temporales de la inconstitucionalidad. Cuatro magistrados consideraron que las retenciones tienen validez desde el momento en que se expidió el Congreso, mientras que otros dos plantearon la inconstitucionalidad amplia porque desconocen las leyes ratificatorias de facultades delegadas.
La conclusión es que la declaración de inconstitucionalidad del alto tribunal se ciñe al período que va entre marzo y agosto de 2002, ya que con posterioridad una ley del Congreso ratificó la legislación delegada. En lo que atañe a ese lapso, corresponderá un reembolso de impuestos para la pesquera. El supremo Eugenio Zaffaroni señaló en sus fundamentos que los pescados y crustáceos comercializados por la pesquera representaban menos del 3 por ciento de los derechos de exportación percibidos anualmente, por lo que la decisión judicial no debería repercutir macroeconómicamente.
Es una decisión con más implicancias institucionales que impacto económico, ya que en la actualidad las retenciones tienen aprobación parlamentaria. No obstante, y si bien cada fallo es para el caso particular en discusión, la decisión de la Corte podría motivar reclamos de empresas que se encuentren en una situación similar.
Por ese motivo, el jefe de Gabinete aseguró que el caso se está analizando en detalle. “Pedimos a las áreas correspondientes un dictamen técnico con análisis exhaustivo para evaluar el impacto de este fallo, desde el punto de vista de los derechos de exportación”, señaló. De todos modos, el funcionario volvió a respaldar el gravamen. “Los derechos de exportación se han fijado oportunamente con las atribuciones legales competentes. Punto. O sea, están correctamente aplicados”, concluyó.
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