ECONOMíA
› CONSULTAS INFORMALES EN LA CORTE
Esperan el per saltum
› Por Irina Hauser
La Corte Suprema esboza un “ni” ante el anuncio del Gobierno de que recurrirá a un “per saltum” para frenar los amparos de la industria en reclamo de la continuidad del suministro de gas. El sector del tribunal que lleva la batuta, liderado por Enrique Petracchi, está dispuesto a acceder a una medida de ese tipo que saltearía los tribunales inferiores, pero pone condiciones. Advierte que se debe legislar o reglar por decreto el uso de esa herramienta jurídica y que el Estado debería demostrar que la provisión de fluido a las empresas implica una situación de emergencia tal que, por ejemplo, pondría en riesgo su llegada a las casas.
El famoso “per saltum”, que en los noventa permitió la privatización de Aerolíneas Argentinas, es una apelación directa ante el máximo tribunal que suprime los escalones judiciales previos. La norma que lo regulaba (el artículo 195 bis del Código Procesal Civil y Comercial) fue derogada en abril de 2002 cuando el Congreso sancionó la ley tapón destinada a frenar el goteo del corralito.
El Gobierno anunció que se prepara para usar ese recurso excepcional con la esperanza de detener una posible seguidilla de amparos favorables a las industrias con contratos interrumpibles de provisión de gas que reclaman que no les corten el servicio. El otro camino para llegar a la Corte sería el del recurso extraordinario común, pero el temor oficial es que en el ínterin se multipliquen las medidas cautelares concedidas. Ya hubo, de hecho, por lo menos tres fallos a favor de grandes consumidores.
En la reunión plenaria que la Corte tuvo ayer casi no se habló de la presentación que haría el Gobierno, pero algunos ministros intercambiaron opiniones en privado a pesar de que hasta ahora, dicen, “no recibimos nada ni fuimos consultados por nadie del Ejecutivo”. En esas conversaciones informales que mantuvo Petracchi al menos con Juan Carlos Maqueda, Antonio Boggiano y Raúl Zaffaroni, sólo habría consenso para aceptar una medida tan polémica como el “per saltum” si se cubren ciertos requisitos. Por un lado, que el Congreso legisle sobre su aplicación o el Ejecutivo lo reglamente en un decreto de necesidad y urgencia (que podría reponer el artículo 195 bis). Pero sería crucial, explicó un miembro del alto tribunal, “que el Gobierno acredite la gravedad y la emergencia que implicaría para la red domiciliaria, la continuidad en el suministro de gas a las industrias que presentan amparos, esto debe quedar bien explicitado”.