ECONOMíA
› UN INSTRUMENTO INEDITO DE RECUPERO FISCAL
Abriendo la caja de Pandora
› Por Raúl Dellatorre
Puede haber valores propios o de terceros, con valor monetario o simplemente afectivo. Desde simples recuerdos a documentación comprometedora en otros delitos. Todo puede ocurrir y aparecer cuando se abran las cajas de seguridad de los cuatro contribuyentes morosos contra los que la Justicia de Mercedes ordenó el embargo, y en los casos que en adelante corran la misma suerte. ¿Es válido que la pretensión de cobro del fisco avance sobre ese “ámbito de privacidad” que es la caja de seguridad de un banco? ¿Traspasa la decisión del juez mercedino algún límite jurídico o institucional? La resolución judicial destapó la controversia. Con la llegada del oficial de Justicia y el cerrajero al banco para cumplir la orden, lo que puede abrirse es una caja de Pandora.
Los especialistas en temas fiscales consultados por Página/12 –dos ex directores generales de la DGI y un ex director de la misma repartición, todos en diferentes gobiernos– coinciden en que el recurso de echar mano a las cajas de seguridad es absolutamente válido, aunque nunca se haya utilizado anteriormente. “Es como extender el criterio del allanamiento de domicilio a otra propiedad privada”, sintetizó uno de ellos.
Sin embargo, mientras unos opinaron en favor de embargar las cajas por deudas impositivas como criterio general, otro advirtió que los jueces deberían estudiar cada caso en particular para definir cuándo corresponde la aplicación de la medida. “No es la deuda lo que debería motivar el allanamiento sino que exista un grave riesgo de incobrabilidad para el fisco, por ejemplo que haya presunción de ocultamiento de riqueza por parte de un contribuyente que se declara insolvente para hacer frente a la deuda fiscal”, se explayó el especialista. “Embargar una caja de seguridad implica que se infiere, al menos, que allí hay plata o valores que no han sido declarados, constituyendo entonces una conducta delictiva”, agregó.
Entre los especialistas hubo otro tipo de objeciones parciales al embargo de las cajas. “Desde el enfoque fiscal me parece correcto, jurídicamente puede ser discutible, pero en este momento político, creo que es una decisión inoportuna”, advirtió uno de los expertos que aceptó opinar off the record. Apuntó que la difusión pública y en especial en el exterior de la medida “va a amplificar esa sensación de inseguridad jurídica que existe sobre el país; hay otros medios para cobrar las deudas, como ejecuciones, embargos a bienes inmuebles, que deberían haberse aplicado antes que éste”. “Aplaudo la decisión de combatir la evasión, pero hay que andar con cuidado”, agregó, concluyendo que “la relación costo-beneficio de una medida como ésta es negativa”.
No sólo es la falta de antecedentes en la materia: también la sensación de falta de independencia de la Justicia cuando se trata de meterse con la propiedad privada en favor del fisco genera desconfianza en el público en general. Ayer, ante demandas similares del fisco bonaerense, un juez mercedino falló a favor del embargo de las cajas y un colega platense lo hizo en contra. El fisco, la Justicia, los funcionarios de gobierno, son todos sujetos de descrédito frente a la opinión pública, y no es extraño que no puedan remontar su prestigio ni siquiera por encima de los evasores en general, porque a los grandes esa misma “opinión pública” cree que nunca se los tocará. Habrá que caminar mucho para revertir esa imagen. Este puede ser un paso en tal sentido, o un nuevo paso en falso. Quién sabe.