Mié 12.10.2005

ECONOMíA  › RECHAZAN PEDIDO DE CONJUECES POR LA PESIFICACION

La Corte no entrega la causa

La Corte Suprema rechazó ayer la posibilidad de nombrar conjueces para dictar un nuevo fallo que ponga fin al conflicto por la pesificación de los depósitos en dólares, un tema de “mayor relevancia” sobre el que se buscará consenso entre los jueces titulares del máximo tribunal.
Los ministros advirtieron que “la cuestión continúa siendo objeto de estudio y de intercambio de opiniones” con miras a “alcanzar una solución en la que coincidan la mayoría de los jueces, sin que puedan considerarse agotadas las posibilidades de lograr un consenso que permita dictar sentencia sobre las cuestiones planteadas”.
En una resolución de sólo dos carillas se rechazó el planteo de un particular, el reconocido profesor de Contabilidad Enrique Fowler Newton, quien había pedido que el máximo tribunal se complete con conjueces-presidentes de cámaras federales de apelación para dictar un fallo definitivo. Actualmente, la Corte no alcanza la mayoría necesaria de cinco votos para volver a pronunciarse sobre la constitucionalidad de la pesificación.
Esta situación se acentuó con la renuncia de Augusto Belluscio el 1º de setiembre último y la destitución de Antonio Boggiano. Los ministros aclararon que la idea será dictar un fallo que siente “doctrina” y sea precedente para la innumerable cantidad de causas abiertas en todo el país.
En un primer fallo al respecto, el máximo tribunal avaló la pesificación dictada por el gobierno de Eduardo Duhalde, pero el voto del ministro Eugenio Zaffaroni marcó una diferencia al considerar que debía devolverse la moneda de origen a los ahorristas con menos de 70 mil dólares. Esto hizo variar los criterios de los tribunales inferiores y llevó a la necesidad de dictar un nuevo fallo que resuelva de manera definitiva esta cuestión. “No escapan a quienes suscriben la presente, la trascendencia institucional de la mencionada cuestión ni el interés de un amplio sector de la población en la definitiva decisión del problema”, explicaron los ministros. Y por ese motivo, “el Tribunal siempre consideró a tales causas entre las de mayor relevancia, y las trató en innumerables acuerdos, según el trámite establecido en la acordada 36/03”.
Ante la necesidad de dictar doctrina, “resulta innegable la conveniencia de que tal decisión sea adoptada por esta Corte por medio de sus jueces titulares, pues es a éstos a quienes les ha sido confiada constitucionalmente la responsabilidad de pronunciarse de modo final sobre tan delicadas cuestiones”, concluyeron.

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