Jue 10.11.2005

ECONOMíA

Premian pagar los aportes del personal doméstico

El Senado convirtió en ley el Plan Antievasión II. Uno de los capítulos centrales establece la deducción de Ganancias para quienes declaren a su empleada. La AFIP tendrá más facultades.

El Senado convirtió ayer en ley la última parte del Plan Antievasión II, que otorga mayores facultades a la AFIP. La norma incluye un capítulo que promueve el blanqueo del personal doméstico, al permitir a los empleadores deducir del impuesto a las Ganancias una parte de lo que pagan en salarios por ese concepto. El incentivo fiscal apunta a lograr mayores grados de formalización en una actividad con 900 mil personas en servicio, de las cuales apenas 53 mil están declaradas. La AFIP lanzará una campaña de “inducción” para que los empleadores realicen los aportes, que consistirá en el envío de unas 600 mil cartas con esa sugerencia.
El Plan Antievasión II completa la batería de facultades que el Gobierno pidió para la AFIP. Su eje es cerrar canales a la evasión previsional. La medida más fuerte en ese sentido es el aumento de las penas para quienes no realicen los aportes. Los empresarios que en lugar de efectuar el depósito que exige la ley se queden con el dinero descontado a sus trabajadores se harán pasibles de condenas de dos a seis años de cárcel, cuando el fraude supere los 10 mil pesos.
La iniciativa fue aprobada por amplia mayoría, con 43 votos a favor y la única oposición del socialista Rubén Giustiniani y el radical Norberto Massoni. En su tramo central, la ley habilita a la AFIP a determinar de oficio, a partir de presunciones, las deudas por aportes patronales cuando el contribuyente omita presentar la declaración jurada correspondiente.
El mecanismo se hará extensivo a fiscalizaciones de distintas actividades en las que se sospeche que se evadieron aportes. A modo de ejemplo, en la AFIP comentaron que, “si para levantar una torre de 45 pisos una constructora declaró sólo 30 personas, se considerará que hubo evasión y se le cobrará lo adeudado”. El organismo recaudador se manejará con parámetros para cada actividad que definirá con información aportada por las propias cámaras empresarias, entre otras fuentes. En el caso anterior, si la tabla de la AFIP establece que para edificar una torre de 45 pisos se necesitan 200 personas, la constructora deberá pagar los aportes de los 170 obreros no declarados. La presunción invierte la carga de la prueba y es la empresa la que tiene que demostrar que no evadió las cargas patronales.
Ese mismo sistema se aplicará para las cooperativas de trabajo, que funcionan con un grupo de personas asociadas. Son muy comunes en el interior del país, especialmente para realizar trabajos para el sector público. La ley pone bajo sospecha a las cooperativas, las cuales deberán demostrar que son realmente legales y no una fuente de evasión. En la AFIP comentaron que esa estructura legal suele esconder relaciones de dependencia no declaradas. “Hay un caso reciente de un restaurante en Puerto Madero que figuraba como cooperativa de trabajo, pero era el negocio de un empresario que tenía de ese modo a todo su personal en negro”, señalaron. Giustiniani cuestionó con dureza este punto de la ley, por la sospecha a las cooperativas.
Por el oficialismo, el responsable de defender el proyecto fue el senador Jorge Capitanich, quien aseguró que el Plan Antievasión II “permitirá aumentar la recaudación del sistema de seguridad social, combatir la evasión y lograr el incentivo de la formalización de los trabajadores en negro”. En ese sentido, destacó el capítulo del empleo doméstico. La ley autoriza a los empleadores a deducir de Ganancias hasta un máximo de 4020 pesos por año de lo que paguen por ese servicio. La AFIP creó hace tres años un régimen simplificado por el cual el empleador tiene que pagar 36,4 pesos por una persona que trabaja en su casa hasta 11 horas semanales, 48,4 si lo hace entre 12 y 15, y 59,4 si son más de 16. Con ello, la empleada tiene acceso a una obra social –puede optar por las mismas que integran el régimen de monotributistas– y acumula aportes previsionales.

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