La Cámara Laboral le reconoció a un trabajador despedido el derecho a ser indemnizado por un monto calculado sobre el salario que percibía antes de sufrir dos rebajas en sus haberes, aplicadas en momentos de crisis económica. Los jueces de la Sala Tercera, Elsa Porta, Roberto Eiras y Ricardo Guibourg, convalidaron el reclamo de un ex jefe de departamento de la firma Argencard, cuyo sueldo fue disminuido en agosto de 2000 y enero de 2002. Eiras y Porta señalaron que “la rebaja salarial, ya sea que resulte de un acuerdo de partes o de la voluntad unilateral del empleador, resulta injustificada e inválida cuando –como en el caso– se demuestra que el trabajador siguió realizando las mismas tareas y cumpliendo el mismo horario”.
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